Que es la defensa de la constitución
lupitapgTrabajo16 de Mayo de 2016
554 Palabras (3 Páginas)511 Visitas
Que es la defensa de la constitución:
Conjunto de instrumentos procesales destinados a salvaguardar el contenido alcance y evolución de una ley
Que es la jurisdicción;
Privativa de órganos especializados en resolver asuntos derivados de la interpretación y aplicación de preceptos constitucionales (voluntario y contencioso, judicial y arbitral y local federal)
En México a quien corresponde la jurisdicción constitucional:
A la SCJN
Que es el tribunal constitucional:
Órgano judicial, puede pertenecer o no al poder judicial con independencia en su denominación, resuelve conflictos, de controversia de una norma de la constitución, también es jurisdicción creada para conocer especial y de asuntos en materia de lo contencioso constitucional.
El derecho procesal constitucional pertenece a:
Derecho procesal
Interpretación constitucional:
Conjunto de procesos lógicos para comprender aclarar o declarar el significado de una norma o que describan el sentido de sus enunciados.
Diferencia normas constitucionales y normas ordinarias:
Fuente u origen: la constitucional nacen de un poder constituyente las ordinarias el poder legislativo
Estructura lógica: pues una norma proviene de otra superior y pues las constitucionales se conforman por la parte orgánica que es la organización del estado parte dogmática derechos fundamentales y por el procedimiento de la creación de leyes.
Tres principios de interpretación constitucional:
Unidad de la constitución interpreta la constitución
Coherencia coordinación de normas}
Eficacia
Control difuso:
Extendido por toda america tipo de control que confía a cualquier juez sin importar su fuero la regularidad de la constitucionalidad de las leyes
Control concentrado:
Desconoce de la jurisdicción ordinaria en materia de defensa de la constitucionalidad encargado i solo órgano con integración y funciones específicas e independiente de poderes públicos es abstracto porque los asuntos a resolver por un tribunal no entrañan una controversia entre partes.
Que es la interpretación judicial definitiva:
Se fija en sentencias que al reiterarse se traducen en criterios de observancia obligatoria de los órganos jurisdiccionales.
Que permite la interpretación sistemática del artículo 133 de la CPEUM:
Identificar el orden jurídico superior, de carácter personal integrado por la constitución federal, tratados internacionales y leyes generales.
Tribunales supranacionales:
Son órganos que defienden concentradamente un instrumento internacional
Derecho procesal constitucional mexicano:
Disciplina jurídica encargada de análisis sistemático de los medios de control constitucional en el país.
Jurisprudencias:
Es la interpretación y alcance de preceptos jurídicos que emite un órgano jurisdiccional que resuelve los asuntos que se le ponen en consideración, resultando obligatoria a otros órganos jurisdiccionales de menor jerarquía.
Cuales son las formas de hacer jurisprudencia:
Por reiteración de tesis o contradicción de tesis
Juicio de amparo:
Medio de protección constitucional que se hace valer a instancia de parte agraviada contra actos cometidos por una autoridad o leyes.
Tres principios que rigen el juicio de amparo:
Principio de iniciativa o instancia de parte agraviada
Principio de agravio personal o directo
Principio de relatividad
Controversia constitucional:
Es el juicio de única instancia en el que el estado, la federación DF, o municipio plantea ante la SCJN para demandar la reparación de un daño causado por una norma general
Contra quien procede la acción de inconstitucionalidad:
Contra normas generales en el carácter de leyes o decretos y tratados internacionales contrarios a la constitución.
...