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Quién Defiende Al Consumidor


Enviado por   •  18 de Mayo de 2014  •  830 Palabras (4 Páginas)  •  182 Visitas

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QUIÉN DEFIENDE AL CONSUMIDOR

El viernes 2 de julio pasado, mientras hacía acuerdos con el tiempo y escogía sin premura las lecturas del puente que se avecinaba, muy de mañana leía en la primera página del diario financiero PORTAFOLIO un título que decía Quejas verbales son derechos de petición .

El viernes 2 de julio pasado, mientras hacía acuerdos con el tiempo y escogía sin premura las lecturas del "puente" que se avecinaba, muy de mañana leía en la primera página del diario financiero PORTAFOLIO un título que decía "Quejas verbales son derechos de petición".

Para hacerme un concepto más amplio, seguí la sugerencia del diario y llegué a la pagina 11 en donde de manera "portentosa" se anunciaba entre "música, bombos y platillos" que el gobierno junto con las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios de la Costa Atlántica (Electrocosta, Elerctricaribe y Metroaguas), habían suscrito en el VI Congreso de dichos servicios celebrado en Cartagena, un Acta de Acuerdo para tener como derecho de petición, los reclamos verbales.

Ese mismo escrito y a manera de ejemplo, refería que Empresas Públicas de Medellín (EPM) y Codensa en Bogotá, el bendito acuerdo ya se encontraba funcionando.

Cuando leí ese artículo, realmente, me dieron ganas de llorar. Y me interrogaba. En manos de quién estamos por Dios? Quién defiende al consumidor y a los usuarios de los servicios públicos domiciliarios?, y me hacía mil conjeturas.

Pues no se concibe que los usuarios de esos servicios, sean del estrato que sean, vivamos a merced de personas que realmente lo único que saben hacer es cobrar un cheque quincenalmente y vegetar hasta la llegada de su copiosa pensión.

Cómo es posible que a estas alturas cuando la Ley 142 de 1994 ha cumplido 10 años de existencia, los mal llamados defensores de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios no se hayan percatado que esa Ley impuso a las empresas que los prestan, la obligatoriedad de recibir y tramitar las peticiones verbales de sus usuarios, como para que hoy a ese trámite, que es un acto obligatorio, las empresas del susodicho "acuerdo" lo quieran hacer parecer como un "acto dadivoso", resultado de un encuentro neuronal en el seno del citado Congreso de la República, siendo que ese "donativo" ya se encuentra consagrado como deber en el Artículo 153 desde el 11 de julio de 1994, fecha en la cual la referida ley fuera publicada en el Diario Oficial No. 41.433.

Por ello, esas empresas del "célebre" acuerdo y todas aquellas que así lo pretendan, no están formulando nada lo que por Ley y obligación deben proporcionar.

"A mí, solo el sacamuelas me mete los dedos a la boca", repetía hasta el cansancio en mi pueblo de la Victoria,

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