“REFORMA CONSTITUCIONAL DEL PODER LEGISLATIVO”
Elizabeth Rosario Cardenas AguilaTrabajo28 de Noviembre de 2016
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UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
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SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL
“REFORMA CONSTITUCIONAL DEL PODER LEGISLATIVO”
INTEGRANTES:
Cardenas Aguila Elizabeth Rosario
Huaynate Espinoza, Nicolle María
Quiroz Castro Cyntia Pamela
Tenorio Rivera Evert Walter Manuel
Lima
Noviembre / 2016
UNIVERSIDAD RICARDO PALMA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA
SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL
“REFORMA CONSTITUCIONAL DEL PODER LEGISLATIVO”
INTEGRANTES:
Cardenas Aguila Elizabeth Rosario
Huaynate Espinoza, Nicolle María
Quiroz Castro Cyntia Pamela
Tenorio Rivera Evert Walter Manuel
“Trabajo presentado en cumplimiento de las exigencias académicas de la facultad de Derecho, en el curso de Seminario de Derecho Constitucional”
Lima
Noviembre / 2016
“La bicameralidad es una exigencia de la democracia.”
Alberto Borea
Índice
Introducción
REFORMA CONSTITUCIONAL DEL PODER LEGISLATIVO
CAPÍTULO I: PODER LEGISLATIVO
1.1. Definición
1.2. Funciones
1.2.1. Función Representativa
1.2.2. Función Legislativa
1.2.3. Función de Control
1.2.4. Funciones Especiales
1.3. Forma
1.3.1. Unicameralidad
1.3.2. Bicameralidad
CAPITULO II: UNICAMERALIDAD Y BICAMERALIDAD EN EL PERÚ REPUBLICANO
2.1. En las Constituciones:
a. Constituciones Unicamerales
b. Constituciones Bicamerales
c. Constitución Tricameral
2.2. Virtudes del Sistema Bicameral
2.3. Diferencias entre el Sistema Unicameral y el sistema Bicameral
CAPITULO III: REFORMA CONSTITUCIONAL
3.1. Definición
3.2. Tipos
3.3. Modalidades de aprobación
CAPÍTULO IV: PROPUESTA PARA RETORNAR AL SISTEMA BICAMERAL DEL PODER LEGISLATIVO
4.1. Problemática al Sistema Unicameral actual del Perú
4.2. Propuesta para retornar al Sistema Bicameral
BIBLIOGRAFÍA
Introducción
La división de poderes del Estado, considera la creación de un Poder denominado Legislativo, cuya función originaria es, como indica su nombre, legislar (entendida como el ente que ha de elaborar, derogar o modificar leyes, entre otras). Sin embargo, existe otra función, la representativa, que busca la existencia de la participación política de toda la población del país por medio de la elección de personas que cumplirán el rol de representatividad.
Por ello, el sistema parlamentario que se encuentra vigente en el Perú, es de carácter unicameral, es decir, presenta una única cámara que reúne todas las funciones y facultades que le son atribuibles. Mas no cumple a cabalidad las funciones correspondientes, ya sea por falta de institucionalidad, entre otras deficiencias
Con el presente trabajo, se trata de analizar la Reforma Constitucional del Poder Legislativo, ordenando el trabajo en cuatro capítulos.
El primero, abordando el Poder Legislativo desde los conceptos, funciones y formas que presenta.
El segundo capítulo aborda las formas del Poder Legislativo que se han dado en el Perú, y conforme a ello, señalar cuáles han existido y a qué forma se han adecuado. Lo mismo se aplica para determinar las virtudes del Sistema Bicameral y sus diferencias con el Sistema Unicameral.
En el tercer capítulo, se toma en consideración la Reforma Constitucional, como son la definición y los tipos más las modalidades que se encuentran vigentes en la Constitución Política actual.
Para concluir, el cuarto capítulo toma la posición de ideas por parte del grupo de estudiantes para determinar cómo se debe retornar a la Bicameralidad.
REFORMA CONSTITUCIONAL DEL PODER LEGISLATIVO
CAPÍTULO I: PODER LEGISLATIVO
Definición
Es uno de los tres poderes junto al Ejecutivo y al Judicial, en la clásica división de los poderes del Estado propuesta por el filósofo iluminista del siglo XVIII, Montesquieu, con el fin de que éstos se controlen recíprocamente para limitarse y no concentrarlo, como sucedía en las Monarquías absolutas, donde el rey establecía las normas a su antojo, gobernando a su capricho.[1]
El poder legislativo es conocido ,tanto en parte de la doctrina como en la práctica constitucional, con diversos nombres, como “Parlamento”, ”Congreso”, “Cortes”, ”Dieta”, etc. dicha nomenclatura depende en gran medida del criterio de los constituyentes y de la tradición institucional.
Es un órgano del estado, de carácter colegiado, pluralista, es decir, que las personas que lo integran tienen diferentes ideologías o pertenecen a distintos partidos políticos, cuyas funciones están ligadas al control político del estado, a la elaboración de la ley y a la obligación de preservar la vigencia del estado, cuidando el cumplimiento de las principales funciones estaduales y el respeto a los derechos fundamentales. Puede estar compuesto por una o dos cámaras legislativas[2].
También es un órgano deliberante porque no solo discuten y debaten opiniones, posiciones o incluso las formas fundamentales de organización de los grupos humanos, sino que además, permiten la posibilidad real de su implementación a través de decisiones políticas. El Congreso cuenta con diversos instrumentos para servir de contrapeso político y fiscalizar a la administración pública[3].
Entonces decimos que el Poder legislativo emana de la voluntad popular, órgano principal que se va ocupar de la vigencia del estado a través del establecimiento de normas en armonía con la constitución y a los Derechos Humanos.
Funciones
Como uno de los poderes del Estado, el Poder Legislativo tiene adscritas funciones propias para lograr sus fines, las cuales se encuentran en la Constitución Política de 1993[4] y en el Reglamento del Congreso de la Republica[5], las cuales son: Representativa, Legislativa, De Control y Especiales, las que a continuación pasaremos a desarrollar:
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