ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA ESCOLAR


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2022  •  Trabajos  •  1.156 Palabras (5 Páginas)  •  59 Visitas

Página 1 de 5

Proyecto del reglamento bibliográfico de la Biblioteca Salesiana Ceferino Namuncura

  1. La Biblioteca Salesiana Ceferino Namuncurá, dependiente del Colegio Salesiano “Gral.  Belgrano”, efectuará dos tipos de prestamos:

  1. Prestamos internos.
  2. Prestamos externos.

PRESTAMOS INTERNOS

  1. El  préstamo interno será realizado por  las encargadas, según corresponda, siendo responsables de la correcta y eficiente atención. Horario de 8.00 hs. a 11y45 hs. y de 14.00 hs. a 19 .hs..-

  1. El préstamo interno será concedido a todo miembro de esta comunidad Salesiana en busca de material de estudio, consulta en recreación, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
  1. Firmar el Libro de Registro
  2. Recibir el volumen, para consultar dentro de la sala de lectura, y reintegrarla, a más tardar, diez minutos antes de la hora de cierre;
  3. Entregar el volumen en el mismo estado en que lo recibió.
  4. Observar un comportamiento correcto y respetar el silencio de la sala y el clima de estudio.
  1. Cada lector podrá solicitar simultáneamente hasta un  total de dos(2) obras, caso de excepción debidamente fundada ante la Encargada de Biblioteca, quién autorizará  los préstamos adicionales.

 

  1. Queda terminantemente prohibido retirar de la biblioteca el material bibliográfico solicitado en préstamo interno. El lector que incurra en tal falta será suspendido por un período de hasta un mes, salvo que con la debida autorización sea llevado a un aula  u otra dependencia de la institución. Su reincidencia, podrá llegar hasta la privación definitiva del uso del material de biblioteca.

  1. El lector deberá solicitar los libros a la encargada, no retirarlos por si mismos de los estantes.

  1. Cualquier deterioro verificado en el material prestado obligará al usuario a reponer una obra nueva, de acuerdo a las exigencias que  se especifican en  el Art. 20°del presente reglamento.

   

PRESTAMOS EXTERNOS

  1. El material bibliográfico podrá  ser facilitado en préstamos externos según las condiciones establecidas en el presente reglamento y las disposiciones particulares de ésta biblioteca.

  1. Quedan excluidos de los préstamos externos los siguientes tipos:
  1. las obras de consulta, llamada también de reserva.

Ediciones antiguas, raras o agotadas, ejemplares únicos y colecciones valiosas que se conservan por algunas características especiales, como ser, la calidad de la impresión  de la riqueza de la encuadernación, las ilustraciones, los ejemplares autobiografiados, etc

  1. Cuando razones especiales lo justifiquen, las obras de consultas podrán ser facilitadas en préstamos externos por el tiempo en  que la biblioteca vaya a permanecer cerrada, pero su devolución deberá hacerse indefectiblemente en la fecha y hora fijada por la Encargada de Biblioteca.

  1. La encargada fijará  la duración de los préstamos  externos y se reservará el derecho de acortar dicho plazo en situaciones especiales.
  1. El lector no podrá retirar otro libro mientras no haya devuelto los que adeuda.-
  1. Para renovar los préstamos, el interesado deberá concurrir a la biblioteca con el volumen, motivo del préstamo.-
  1. El préstamo externo se limitará  a las siguientes categorías de personas:
  1. Maestros, profesores, y todo personal que forme parte del plantel docente  del Colegio Salesiano Gral. Belgrano en  los distintos niveles (Inicial, primario y secundario).
  2. Alumnos del Colegio Salesiano Gral. Belgrano en los distintos niveles (Inicial, primario y secundario).
  3. Empleados dependientes del Colegio Salesiano Gral. Belgrano en las distintas áreas.
  4. Ex-alumnos del  Colegio Salesiano Gral. Belgrano que  acrediten una continua relación con el mismo y con domicilio permanente en la Provincia.
  5. Miembros Activos de los distintos sectores que forman esta Familia Salesiana. Como ser Unión de Padres, Exploradores de Don Bosco, …………. El responsable de cada una deberá hacer llegar a biblioteca a principio de cada año una nómina de las personas que se encuentran en actividad, para poder cumplimiento con éste artículo.
  1. Las personas suscriptas en el registro de lectores, y que cumplan en lo establecido en el Art. 14, recibirán gratuitamente el carnet de lector que servirá de credencial y permitirá al titular  solicitar obras en préstamo en la biblioteca, sometiéndose  a lo establecido en el presente reglamento así también como a las disposiciones propias de ésta institución .
  1. El carnet consignará los siguientes datos: apellido y nombre del lector, tipo de  número de documento de identidad, domicilio y teléfono , fecha de vencimiento del carnet y número de lector. Llevará además una fotografía  y las firmas de la responsable de biblioteca y del titular  del carnet. –
  1. El control de lectores a quiénes se expida el carnet habilitante para  retirar libros de la biblioteca, se hará mediante los siguientes registros;
  1. de lectores  - planilla dónde se anotará: fecha de inscripción, N° de lector (que se asignará  en orden correlativo), apellido y nombre del solicitante, domicilio y teléfono y N° de documento de identidad.
  2. De fichas,  en una base de datos; con los datos personales del interesado, fecha de vencimiento del carnet. En la misma quedaran registradas las sanciones que se apliquen u otra información.

El carnet tendrá validez por dos (2) años, pero deberán  actualizarlo  en forma anual. Las  categorías mencionadas en el Art. 14° inciso (a) y (c; estarán eximidos

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.5 Kb)   pdf (79.7 Kb)   docx (12.8 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com