ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

RELACIÓN DE POSIBLES PREGUNTAS DE DESARROLLO PARA EL EXAMEN DE HISTORIA Y FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2018  •  Resúmenes  •  32.049 Palabras (129 Páginas)  •  146 Visitas

Página 1 de 129

RELACIÓN DE POSIBLES PREGUNTAS DE DESARROLLO PARA EL EXAMEN DE HISTORIA Y FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL (TEMA 1)

Los principios generales del ordenamiento jurídico: unidad, coherencia y plenitud (PREGUNTA LARGA).

Con el fin de eliminar distorsiones en el ordenamiento se aplican una serie de principios

                                1. JERARQUÍA

        ESTRUCTURALES         2. COMPETENCIA                         para determinar el LUGAR QUE CORRESPONDE A CADA TIPO DE NORMA 

                                3. FUNCIÓN CONSTITUCIONAL

Si bien de una forma diríamos más general se aplican también 3 principios que se valen de estos tres principios estructurales citados y de otros

                                1. COHERENCIA

        GENERALES                2. PLENITUD                                 

                                3. UNIDAD

1. COHERENCIA o no contradicción interna 

- COHERENCIA = EXIGENCIA BÁSICA  pues un sistema contradictorio no es un sistema

- EL ORDENAMIENTO HA DE FUNCIONAR COMO UN TODO COHERENTE

- Se vale de los 3 principios estructurales dichos (jerarquía, competencia y función) más el de RESERVA para implantar UN ORDEN INTERNO

  ORDEN INTERNO tanto                 

                                        1º en la fase de producción de la norma

                                        2º como durante y después de su integración

- Por tanto, LAS POSIBLES CONTRADICCIONES QUE SE DEN, PUEDEN RESOLVERSE a través de estos principios que garantizan su coherencia:

        1.- HABILITACIÓN:         el ÓRGANO que dicta la norma DEBE TENER atribuida CAPACIDAD para ello, por una norma previa y válida.

                                    (en nuestra constitución existen habilitaciones generales, pero también existen habilitaciones específicas).

        2.- RESERVA:                 cuando se dicta una norma ésta adopta la FORMA ADECUADA A LA MATERIA que regule (ej. Ley Orgánica)

        3.- JERARQUÍA:         INFERIORES NO PUEDEN CONTRADECIR A LAS SUPERIORES

                                1º Constitución  2º Tratados internacionales y Dº.Comunitario 3º Leyes y rango de ley  4º Infrlegales

        *Estos 3 principios sólo pueden operar a un ordenamiento simple o subordenamiento. Pero según la CE nuestro Estado es compuesto y tiene 3         ESFERAS NORMATIVAS: (GENERAL ESTATAL, ESTATAL CENTRAL y AUTONÓMICOS) así que cuando entran en liza ORDENAMIENTOS         ENGARZADOS hay que recurrir a un 4º principio        

        

        4.- COMPETENCIA:         entre Leyes y Reglamentos del MISMO RANGO (estatales vs. CC.AA./ o de las CC.AA. entre sí)

habrá que estarse a la DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL establecidos por la constitución y los Estatutos pues:

        - hay materias donde el Estado legisla a todos los niveles,

        - otras donde el Estado legisla a nivel básico, pero las CC.AA. pueden desarrollar normas y ejecutar

        - y otras materias exclusivas de las CC.AA.

2. PLENITUD

El ordenamiento no es completo

                                                         deficiciencas técnicas

Pueden darse VACÍOS NORMATIVOS por         cambios sociales         POR LO QUE EL ORDENAMIENTO DEBE AUTOCOMPLETARSE

                                                        o simple ausencia

El Juez o Tribunal tienen la obligación de encontrar una solución jurídica a cualquier supuesto de hecho que carece de regulación

Y para ello el ordenamiento prevé MECANISMOS DE AUTOINTEGRACIÓN:

- ANALOGÍA:                 - A UN SUPUESTO QUE CARECE DE REGULACIÓN  SE LE APLICAN LAS CONSECUENCIAS DE OTRA NORMA

                          CUANDO SE TRATAN DE SUPUESTOS MUY SIMILARES (ej: en algunos casos PAREJAS DE HECHO = CÓNYUGES).

- SUPLETORIEDAD:         - NORMA JURÍDICA DE UN SECTOR  SE APLICA A UN SUPUESTO DE HECHO DE OTRO SECTOR

                          por existir en el segundo un vacío normativo.

                        - muy infrecuentes, pero en su día hasta que CC.AA. asumieron sus competencias, éstas asumían normativa estatal.

- REENVÍO:                 - VALIDEZ que confiere un ordenamiento A OTRO, distinto y EXTERNO, para que algunas de las normas de este                                       último puedan integrarse en el primero.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (78.7 Kb)   pdf (345.4 Kb)   docx (71.1 Kb)  
Leer 128 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com