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RESOLUCIONES JUDICIALES Y MEDIOS DE IMPUGNACION

borres18 de Agosto de 2014

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INDICE.

Pág.

INTRODUCCION. …………………………………………………………………………………………………………………….. 1

1. IMPUGNACION DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES. ………………………………………………………………………….. 2

1.1. Concepto, admisión, efectos, resolución y motivación. …………………………………………………… 2

1.2. Clasificación. ……………………………………………………………………………………………………………………… 3

1.3. Vías de impugnación. ………………………………………………………………………………………………………… 4

2. COSA JUZGADA. ……………………………………………………………………………………………………………………. 6

2.1. Concepto. ………………………………………………………………………………………………………………………….. 6

2.2. Clases. ………………………………………………………………………………………………………………………………. 7

2.3. Limites. …………………………………………………………………………………………………………………………….. 7

2.4. Tratamiento procesal. ………………………………………………………………………………………………………. 9

2.4.1. Eficacia de las sentencias penales en la vía civil. ……………………………………………………………. 9

3. RESOLUCIONES JUDICIALES. ……………………………………………………………………………………………… 12

3.1. Concepto. …………………………………………………………………………………………………………………………. 12

3.2. Resoluciones judiciales formales. ……………………………………………………………………………………... 12

3.3. Resoluciones judiciales sustanciales. ………………………………………………………………………………… 13

3.4. Efectos de las resoluciones judiciales. …………………………………………………………………………….. 13

4. PRUEBA. ………………………………………………………………………………………………………………………………. 14

4.1. Medios de prueba. …………………………………………………………………………………………………………… 15

5. NULIDAD DE LOS ACTOS PROCESALES. ……………………………………………………………………………….. 16

Pág.

5.1. Principios que rigen en materia de nulidades procesales. …………………………………………. 15

5.2. Formas de promover la nulidad procesal. …………………………………………………………………… 18

5.3. Clases de nulidad procesal. ………………………………………………………………………………………... 18

5.3.1. Nulidad absoluta. ………………………………………………………………………………………………………. 18

5.3.2. Nulidad relativa. ……………………………………………………………………………………………………….. 18

5.3.3. Actos inexistentes. …………………………………………………………………………………………………… 18

6. PROCESO Y PROCEDIMIENTO. …………………………………………………………………………………………. 19

6.1. Concepto de proceso. ………………………………………………………………………………………………….. 19

6.2. Concepto de procedimiento. ……………………………………………………………………………………… 19

6.3. Diferencia entre proceso y procedimiento. …………………………………………………………………. 20

CONCLUCIONES. ………………………………………………………………………………………………………………….. 21

BIBLIOGRAFIA. ……………………………………………………………………………………………………………………... 22

INTRODUCCION.

Toca dentro de este temario redactar algunos temas indispensables del Derecho Procesal, no solo para su conocimiento, sino también para su entendimiento. Es necesario señalar que son temas un poco complejos, y que se trato de hacerlos mas comprensibles.

Veremos temas como, cosa juzgada, impugnaciones a las resoluciones judiciales, temas donde el juzgador resuelve la controversia y la parte que no se vio beneficiada, hace o pide una inconformidad hacia otra instancia.

1. IMPUGNACION DE LAS RESOLUCIONES JURISDICCIONALES

Son los medios a través de los cuales se combate la validez o legalidad de los actos u omisiones del órgano jurisdiccional.

El concepto de medios de impugnación alude, precisamente a la idea de luchar contra una resolución judicial, de combatir jurídicamente su validez o legalidad.

Es la pretensión de resistir la existencia, producción o efectos de cierta clase de actos jurídicos.

1.1 Concepto: admisión, efectos, resolución, motivación

Concepto: Los medios de impugnación son los procedimientos a través de los cuales las partes y los demás sujetos legitimados, combaten la validez o la legalidad de los actos procésales o las omisiones del órgano jurisdiccional, y solicitan una resolución a que anule, revoque o modifique el acto impugnado.

Los medios de impugnación son procedimientos que regularmente se desarrollan dentro del mismo proceso en el que se emitió el acto impugnado en el que se incurrió en la conducta omisiva.

Admisión y Efectos: Una vez interpuesto los medios de impugnación, normalmente el propio juez debe resolver si admite o desecha el medio de impugnación. Esta resolución debe tomar en cuenta exclusivamente si el medio de impugnación cumple o no los requisitos formales:

- Sí el acto es impugnable por el medio interpuesto.

- Sí este se hizo valer en las condiciones de tiempo, lugar y forma, etc.

Ésta resolución inicial no puede decidir si la impugnación es o no fundada, sólo si se debe tramitar o no.

También el propio juez debe resolver en qué efectos admite el medio de impugnación, de acuerdo a lo que dicten las leyes.

1. En el efecto devolutivo o en un solo efecto, éste no impide la actuación del proceso o la ejecución de la sentencia.

2. En ambos efectos: O en el efecto suspensivo: Éste impide el curso del proceso o la ejecución de la sentencia.

Cuando el medio de impugnación debe de ser conocido y resuelto por un juzgador distinto, éste debe decir en definitiva sobre la admisión y los efectos de aquél.

Una vez determinados la admisión y los efectos del medio de impugnación, continuará la sustanciación de éste, en la que normalmente se dará oportunidad a la contraparte para expresar sus argumentos sobre los motivos de su inconformidad (agravios) aducidos por el impugnador; y eventualmente, se podrán practicar pruebas y formular alegatos. La sustanciación varía de acuerdo con el medio de impugnación de que se trate. Concluida la sustanciación, el juzgador deberá proceder a dictar su resolución.

Resolución: El procedimiento termina con la resolución que pronuncia el órgano jurisdiccional competente sobre si resultaron fundados o no los motivos de inconformidad (o agravio)

expresados por el impugnador; y se declara la validez o la nulidad del acto impugnado o determina su confirmación, revocación o modificación.

1.2. Clasificación

Para clasificar

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