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Reconocimiento Forzoso


Enviado por   •  26 de Abril de 2014  •  1.292 Palabras (6 Páginas)  •  1.074 Visitas

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DEMANDA DE RECONOCIMIENTO FORZOSO DE UNA MENOR POR EL PROCESO ABREVIADO NO DISPOSITIVO. QUE SE DECRETE PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL A FAVOR DEL LA MENOR.- CITACION.- AUDIENCIA.-SENTENCIA.- ANEXOS.-PODER.

Juzgado de Letras de Familia del Departamento de Francisco Morazán

YO, EUGENIO ROMERO RAMIREZ, mayor de edad, soltero, hondureño y de este domicilio, inscrito en el Honorable Colegio de Abogados de Honduras bajo carné Número 11970, con teléfono móvil 99908273, correo electrónico: eugenio_romero@yahoo.com para recibir notificaciones de este Honorable Tribunal en su condición de DIRECTOR de SINDY SARAHI CASTRO RIVERA, mayor de edad, soltera, hondureña, y de este domicilio, con carné de Procuración 412-14 otorgado por el Honorable Colegio de Abogados de Honduras, con teléfono móvil 87873108, correo electrónico sisacarii7@hotmail.com en su condición de PROCURADOR ambos con Despacho Profesional en las oficinas del Consultorio Jurídico de la Universidad Católica de Honduras, ubicado en el Barrio Morazán, Bulevar Suyapa, Edificio de por medio de la Iglesia San Martin de Porres, Tegucigalpa MDC, con Número Telefónico 2232-4043; actuando en la condición de APODERADO JUDICIAL de la Señora OLGA HONDINA LOPEZ COREA soltera, hondureña, mayor de edad, Ama de casa, con tarjeta de identidad número: 1206-1977-00043 y con domicilio en el Barrio Guadalupe, Boulevard Suyapa Contiguo a Plantas Tropicales . Quien actúa su condición de madre y en Representación Legal de la menor DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA con el debido respeto comparezco ante usted promoviendo DEMANDA DE RECONOCIMIENTO FORZOSO DE UNA MENOR POR EL PROCESO ABREVIADO NO DISPOSITIVO.-QUE SE DECRETE PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL A FAVOR DE LA MENOR en contra del señor: POLICARPO GARCIA LOPEZ , hondureño, mayor de edad, Policía de Tránsito, soltero y de este domicilio, pero para efectos de citación y emplazamiento puede ser localizado en su centro de trabajo en el Escuadrón de Transito ubicado en la primera entrada de la colonia Kennedy frente a la farmacia Alexa ; a fin de que mediante Sentencia Definitiva se, , DECLARE CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA DE RECONOCIMIENTO FORZOSO DE LA MENOR DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA: Y SE DECRETE PENSION ALIMENTICIA A SU FAVOR DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA ; demanda que fundamento en los hechos y preceptos de Derecho que a continuación expongo:

HECHOS

PRIMERO: Que en el año 2000, mi representada y el demandado dieron inicio a una relación, en el transcurso de dicha relación con el hoy demandado la Señora: OLGA HONDINA LOPEZ COREA con el Señor: POLICARPO GARCIA LOPEZ nació la menor: DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA día 1 del mes de Agosto del año 2001, extremo que acredito con la Certificación de Acta de Nacimiento No. 8958334, extendida por el Registro Nacional de las Personas.

SEGUNDO: Que una vez nacida la menor hija, mi representada se vio en la necesidad de proceder a inscribirla con sus apellidos: GARCIA LOPEZ hecho que igualmente se acredita con la misma Certificación de Nacimiento.

TERCERO: El padre biológico de dicha menor, aun estando consciente de ser el padre, se niega a llevar acabo el trámite de reconocimiento de su menor hija DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA.

CUARTO: En virtud de todo lo antes expuesto, mi cliente se ve en la necesidad de recurrir ante este Honorable Tribunal a su digno fin de que mediante orden judicial se declare que el demandado es el padre de la menor DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA, quien con posteridad será conocida como DANIELA ELIZABETH GARCIA COREA.

QUINTO: Que ante la conducta irresponsable del señor POLICARPO GARCIA LOPEZ, la responsabilidad de asistir en la manutención, cuidado y satisfacción de necesidades de su hija DANIELA ELIZABETH LOPEZ COREA ha recaído enteramente en mi representada, desde el período de la gestación hasta la actualidad, encontrándose en una situación precaria pues sus ingresos no resultan suficientes para cubrir la totalidad de los gastos, a los que también debe contribuir el PADRE dela menor, el señor POLICARPO GARCIA LOPEZ.

OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA

Para acreditar los extremos de dicha demanda se ofrecen los siguientes Medios Probatorios:

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