Regimen Intermediario. Articulo 127
yazaries16 de Mayo de 2013
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CALCULO DEL REGIMEN INTERMEDIO
Hemos agotado explicaciones sobre qué es el Regimen de Intermedio por medio del cual los contribuyentes pueden pagar sus impuestos siempre y cuando sean personas físicas que están abocadas al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, cuando estimen que sus ingresos o ventas no excederán de $4’000,000.00 en el año.
Recuerde que, en todo caso, la cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.
También debemos rememorar las pautas para acogerse al régimen de intermedio:
Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes
Expedir comprobantes a sus clientes por la venta de sus bienes o servicios y debe solicitar dichos comprobantes a sus proveedores
Llevar la contabilidad de los ingresos que obtiene y de los gastos, compras o inversiones indispensables para para su negocio.
Presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas
Cumplir con las demás obligaciones del régimen
Es de destacar que, a través del régimen de intermedio se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
Impuesto sobre la renta
Impuesto al valor agregado
Impuesto al activo
Dependiendo del tipo de negocio que tenga, también puede ser sujeto del impuesto especial sobre producción y servicios.
Ahora, si lo que deseamos es realizar el Calculo de Regimen Intermedio se tomarán en cuenta 4 factores para poder obtener la base del impuesto y sobre ésta se calculará el 5%. Ejemplo:
Ingresos acumulados (menos)
Deducciones acumuladas (menos)
Pérdidas fiscales (menos)
P.T.U.
= Base del Impuesto
por el 5%-à cálculo del Estado
Claro está, hay que hacer un cálculo con las Tablas, y otro del 5% para la Entidad Federativa y de acuerdo al que sea más alto se hace el pago a la Entidad Federativa y a la Federación.
Cómo calcular el ISR de Régimen de Intermedio:
Ingresos Acumulados
( – ) Gastos Acumulados
( = ) Base del Periodo
( – ) Limite Inferior
( = ) Excedente Lim. Inf.
( * ) % Aplicable de L.I.
( = ) Impuesto Marginal
( + ) Cuota Fija
( = ) Impuesto según Art. 113
Luego, tomamos la base de ingresos menos gastos:
Base Gravable
( – ) Limite Inf. Art. 114
( = ) Excedente Lim. Inf.
( * ) % Aplicable del Lim. Inf.
( = ) Impuesto Marginal
( * ) % Impuesto Subsidio
( = ) Subsidio s/Imp. Marg.
( + ) Cuota Fija
( = ) Impuesto según Art. 114
Luego, determinamos lo siguiente:
Impuesto según Art. 113
Impuesto según Art. 114
- Pagos Provisonales hechos con anterioridad
= Pago Provisional
Con esto ya obtuvimos el Pago Provisional según el Art. 127, y para el cálculo del 5% de la Entidad Federativa es así:
Base del Impuesto (Ingresos menos Egresos)
( * ) 5%
( = ) Total Entidad Federativa
http://losimpuestos.com.mx/regimen-intermedio-calculo/
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