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Renta De Primera Categoria


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  2.130 Palabras (9 Páginas)  •  259 Visitas

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Cuáles son las rentas de Primera Categoría?

• El arrendamiento o subarrendamiento de predios.

• El valor de las mejoras introducidas en el bien por el arrendatario o subarrendatario, las cuales no son reembolsadas por el propietario constituyendo un beneficio para este.

• La cesión gratuita o a precio no determinado de predios efectuada por el propietario a terceros

¿Quién es el contribuyente del Impuesto a la Renta por rentas de Primera Categoría?

El contribuyente es la persona natural, sucesión indivisa, o sociedad conyugal que optara por tributar como tal, que obtengan rentas producidas por arrendamiento, subarrendamiento, cesión temporal, por el valor de las mejoras realizadas por el arrendatario o subarrendatario no sujetas a reembolso, o por cesión de predios gratuita o a precio no determinado (renta ficta).

¿Debo estar inscrito en el RUC para declarar y pagar el impuesto?

Así es. Si aún no tienes número de RUC el trámite es sencillo y gratuito. Puedes inscribirte en el RUC seleccionando la opción Inscripción al RUC por Internet en el Portal de SUNAT www.sunat.gob.pe , zona "Opciones sin Clave SOL" También puedes hacerlo presencialmente en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente o dependencia de SUNAT y en los Centros Móviles.

Dos datos básicos para incluir cuando te inscribas en el RUC:

Actividad económica

(CIIU) 7010-9 Alquiler de viviendas, departamentos, alquiler de edificios no residenciales.

7111-8 Alquiler de vehículos (automóviles).

Para otros tipos de alquiler consultar los Códigos CIIU aquí

Tributo afecto

3011- RTA1ERACP – RENTA - 1ERA CATEGORÍA - CTA.PROPIA

¿Cómo se determina el Impuesto a la Renta de Primera Categoría?

El impuesto por pagar se determinará aplicando la tasa del 6.25% sobre la renta neta de primera categoría. La renta neta la obtenemos deduciendo por todo concepto el 20% del total de la renta bruta (Ej.- monto del alquiler).

El mismo resultado se obtiene de aplicar la tasa efectiva del impuesto (5%) a la renta bruta.

Por ejemplo, en el caso de un alquiler mensual pactado en mil Nuevos Soles (S/. 1,000) el impuesto a pagar será de cincuenta Nuevos Soles (S/.50).

El pago del impuesto se debe realizar siempre dentro del cronograma de obligaciones mensuales aprobado por la SUNAT, considerando el último dígito del número de RUC. Excepto en el caso de Renta Ficta en que el impuesto de declarará y pagará al momento en que deba presentarse la declaración jurada anual correspondiente.

Importante: En caso de arrendamiento de predios amoblados se considera como renta de primera categoría el integro de la merced conductiva.

Recuerde que:

El arrendador debe declarar y pagar aun cuando el inquilino no hubiera cancelado el monto del alquiler (criterio de lo devengado).

Palabras clave en rentas de primera categoría:

Alquiler: También llamado contrato de locación-conducción, es aquel contrato por el cual el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida.

Arrendador o locador: Es la persona que cede temporalmente un bien a cambio de un pago.

Arrendatario: Es la persona que toma en arrendamiento algún bien. Cuando se trata de bienes inmuebles se le llama también inquilino.

Subarrendamiento: Es el arrendamiento total o parcial de un bien arrendado que celebra, a su vez, el arrendatario o inquilino de un bien con un tercero (subarrendatario).

Mejoras: Son reparaciones, arreglos, u ornatos que se efectúan en los bienes con el fin de evitar que se destruyan o deterioren, también con el fin de aumentar su valor o simplemente para procurar un mayor lucimiento o comodidad.

Bienes accesorios: Son los bienes que, sin perder su individualidad, están orientados permanentemente a un fin económico u ornamental con respecto a otro bien. Son bienes que dependen o complementan otros bienes que poseen existencia independiente y propia. Por ejemplo, los muebles de sala que forman parte del departamento que se alquila como departamento amoblado.

Merced conductiva: Es el monto que paga el arrendatario o inquilino al arrendador por la cesión temporal de un bien. En suma equivale al monto del alquiler pactado.

Importante

Cuando las personas jurídicas dan en alquiler sus bienes no generan rentas de Primera categoría sino de Tercera Categoría, por lo que el comprobante de pago que emiten debe ser factura o boleta de venta, según corresponda.

Para la declaración y pago electrónico del Impuesto a la Renta de Primera Categoría (Arrendamiento):

1.Ingrese a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), ubique la sección Declaración y Pago e ingresar con su Usuario y Clave SOL . Si no cuenta con su Clave pídala gratuitamente (llevar original y fotocopia simple del DNI / C.E. o documento de identidad) en cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT.

2. Seleccione el formulario Arrendamiento e ingrese la información requerida siguiendo las indicaciones del sistema, y hacer click en “Agregar a Bandeja”.

3. Elija la opción de pago:

a. Pago mediante débito en cuenta: Seleccionando el banco con el cual tiene afiliación al servicio de pagos de tributos con cargo en cuenta o;

b. Pago mediante tarjeta de débito o crédito: En el caso que sea tarjeta VISA deberá estar afiliada previamente a Verified by VISA.

4. El sistema generará automáticamente el Formulario Virtual N° 1683 – Impuesto a la Renta de Primera Categoría, con el contenido de lo declarado y del pago realizado.

5. Finalmente, se debe imprimir un ejemplar de la constancia

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