Reporte de Investigación de la Carrera de Derecho de la universidad de Quintana Roo.
manjhoDocumentos de Investigación5 de Diciembre de 2016
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SISTEMAS JURÍDICOS APLICADOS EN LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS: COMPARACIÓN Y DEFICIENCIAS
UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO
LICENCIATURA EN DERECHO
AUTORES:
MARTÍNEZ ROMO PATRICIA
MENA YAH CARLOS EDUARDO
MONTEJO MAY MANUELA JHONA
OLIVARES CARDENAS BRENDA PAOLA
MAESTRO: M.E.S.P. MOISES ISRAEL IRAHETA AVILA.
30 DE NOVIEMBRE DEL 2016
CHETUMAL QUINTANA ROO
Índice
Resumen……………………………………………………………………………….3
Abstract………………………………………………………………………………...4
Introducción…………………………………………………………………………....5
Marco teórico…………………………………………………………………………..8
Método………………………………………………………………………………...11
Resultados de la investigación……………………………………………………..13
Conclusiones, recomendaciones e implicación…………………………………..21
Referencia bibliográfica……………………………………………………………..22
Índice de tablas
-Tabla de contenido 1.1. Autoridades involucradas en el procedimiento judicial estadounidense y sus funciones……………………………………………………….13
-Tabla de contenido 1.2. Autoridades involucradas en el procedimiento judicial mexicano y sus funciones……………………………………………………………….14
-Tabla comparativa 1.1.Derechos de los acusados y de las víctimas en los sistemas jurídicos de Estados Unidos y México…………………………………………………16
-Tabla de contenido 2.1.Etapas del proceso penal ordinario en México……………17
-Tabla de contenido 2.2. Etapas del proceso penal en Estados Unidos…………….18
Resumen
La siguiente investigación tiene como objetivo comparar los sistemas jurídicos aplicados en Estados Unidos y México, identificando sus similitudes y diferencias, estableciendo las deficiencias en el sistema mexicano en la resolución de juicios penales.
Desarrollamos la investigación con base en la técnica de uso de documentos públicos, utilizando fichas bibliográficas y de trabajo para la recolección de información.
Las autoridades involucradas y las diferentes etapas en el proceso son diferentes entre ambos sistemas jurídicos; sin embargo, la protección de los derechos de las víctimas y de los acusados se encuentran reconocidos y establecidos en los diversos documentos estadounidenses y mexicanos.
Llegamos a la conclusión de que los altos niveles de corrupción judicial representan para México sus deficiencias en la resolución de juicios en materia penal.
Descriptores: Sistema jurídico, comparación, deficiencias, resolución, juicio oral, materia penal.
Abstract
The following research aims to compare both legal systems, Identifying their similarities and differences, establishing the deficiencies in the mexican system for the resolution of criminal proceedings.
We developed the research based on the technique of using public documents, using bibliographical and work sheets for the collection of information.
The authorities involved and the different steps in the process are different from each legal systems, but the protection of the victims/accused are recognized and established in the americans and mexicans documents.
We conclude that the high levels of judicial corruption represent for Mexico its deficiencies in the resolution of criminal judgments.
Key words: Legal system, Comparation, Deficiency, Resolution, Oral trial, Criminal matter.
Introducción
El juicio oral se estableció en México por primera vez en el año 2008 y fue una respuesta ante la demanda de la ciudadanía que exigía soluciones inmediatas al problema de confianza en el sistema de justicia.
Este nuevo sistema ha sido objeto de diversos estudios en nuestro país, en los cuales se le compara con el aplicado en Estados Unidos.
Debido al interés particular del equipo por seleccionar este tema para nuestra investigación, nos dimos la tarea de buscar algunos de los estudios previos, y encontramos algunos autores, entre ellos se encuentran Alejandro Uriel Rosario Yáñez, un estudiante de la licenciatura en derecho de la Universidad del Valle de México, quien realizó un trabajo de grado titulado “Derecho comparado, derecho penal de los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos Americanos”, en el cual expone las diferencias entre ambos; Armando Bonilla es otro de los autores que con su investigación “Estudian similitudes y diferencias entre juicios orales en México y E.E.U.U”; el doctor Enrique Díaz Aranda, investigador del Instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM, en un proyecto de investigación orientado a determinar las diferencias y similitudes entre el sistema de juicio oral aplicado en México y Estados Unidos, mencionó que la principal similitud es la oralidad, pero que en el caso de México sus leyes llevan un proceso de elaboración y aplicación muy distinta que en Estados Unidos; por último, cabe destacar el trabajo de los autores Andrés Baytelman y Mauricio Duce, en su obra “Litigio penal, juicio oral y prueba”, mencionan que México al igual que otros países, como Chile, han incorporado este nuevo sistema de juicios orales al suyo, formando un híbrido.
Con nuestra investigación, pretendimos analizar ambos sistemas jurídicos, identificando las similitudes y diferencias entre ambos, estableciendo cuáles son las deficiencias en nuestro sistema para la resolución de juicios orales penales, tomando en consideración al sistema aplicado en Estados Unidos, durante el período 2008-2016.
Pretendimos identificar las figuras que intervienen en el proceso del juicio en ambos sistemas judiciales, cuáles eran los derechos de las víctimas y de los acusados y también cuáles eran las etapas en el procedimiento de cada sistema.
Los factores que motivaron el estudio fueron principalmente la disponibilidad del material judicial e investigaciones previas que facilitaron el desarrollo de la investigación; pero de igual forma, porque consideramos que el sistema judicial resulta ineficiente en nuestro país debido a que es costoso y muchas veces no satisface ni garantiza los derechos de las víctimas o de los acusados.
Los resultados arrojados en la sexta Encuesta Nacional Sobre Inseguridad (ENSI-6), realizada por el Instituto Ciudadano de Estudios sobre la Inseguridad (ICESI), determinaron que hay un bajo índice de denuncia por parte de las víctimas debido a la falta de confianza hacia las autoridades y a la lentitud de los trámites.
Con la investigación, pretendimos también responder si este nuevo sistema trajo un mejoramiento general en la aplicación de justicia, y si este fue la respuesta para terminar con la impunidad y la inseguridad en nuestro país.
El equipo de investigadores estableció, como hipótesis de investigación, que las diferencias observadas, que el procedimiento y las figuras involucradas entre ambos sistemas jurídicos (E.U.A y México) son las causas determinantes de las deficiencias en la resolución de juicios penales en nuestro país.
Debido a que nuestro planteamiento pretendió buscar una respuesta a este fenómeno nos basamos en un tipo de investigación explicativa para el desarrollo de nuestra investigación.
Los términos que utilizamos como guía fueron:
-Deficiencia, definido como defecto o imperfección del procedimiento y las funciones de las autoridades durante un juicio y medido a través de la observación y el análisis de los factores por los cuales los juicios en materia penal no sean resueltos entre el período 2008-2016.
-Resolución, definido como terminación, resultado o respuesta de un juicio y fue medido a través de la observación de los factores por los cuales los juicios en materia penal sean resueltos entre 2008-2016.
Marco teórico
El desarrollo de esta investigación tiene como objetivo analizar los sistemas jurídicos de México y Estados Unidos. Es por ello que se pretende conocer y comprender las diferentes definiciones que rodean el problema, las cuales son obtenidas de diferentes consultas que abarcan un número de investigaciones.
Inicialmente se entiende por deficiencia, al defecto o imperfección que tiene una cosa, especialmente por la carencia de algo.
Miguel Carbonell 2016 “la deficiencia en el nuevo modelo de justicia penal en México.”
Resolución, solución o respuesta que se da a un problema, una dificultad o una duda.
Luis enrique de la villa 2006, “las resoluciones judiciales responden a una amplísima tipología; entre las no jurisdiccionales (acuerdos, advertencias y correcciones), y las jurisdiccionales (providencias, autos y sentencias).”
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