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Responsabilidad Internacional Del Individuo


Enviado por   •  24 de Marzo de 2014  •  494 Palabras (2 Páginas)  •  355 Visitas

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Introducción

Puede ser sujeto de DIP en cuanto se le atribuya algún derecho u obligación de carácter internacional.

Puede hacer valer derechos y responder por la violación de obligaciones en el plano internacional.

Puede cometer un hecho internacionalmente ilícito.

El individuo:

puede infringir una norma jurídico-internacional, pero no ser responsable por ello.

puede tener capacidad para contraer responsabilidad internacional por hechos ilícitos.

puede ser internacionalmente incriminado, por DELICTA IURIS GENTIUM: piratería, trata de esclavos, tráfico de drogas, delitos contra personas internacionalmente protegidas, terrorismo.

Sanciones:

Jurisdicción nacional ampliada: pueden provenir del derecho interno conforme obligaciones internacionales asumidas por el Estado.

Ej: delitos contra la seguridad de la aviación civil (Tokio, 1963; La Haya, 1970; Montreal, 1971)

Jurisdicción internacional Penal: el derecho internacional imputa directamente al individuo mediante un procedimiento internacional.

TRIBUNALES INTERNACIONALES y AD HOC

La Comisión de Derecho Internacional de ONU en 1950 dictó los principios de Nuremberg y se abocó a la redacción de un Código internacional de delitos contra la paz y la seguridad de la humanidad. En 1996 se aprueba un proyecto que en su art. 19 recogía los crímenes internacionales, que de 12 bajaron a 6 en 1995: agresión, genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra excepcionalmente graves, terrorismo internacional y tráfico ilícito de estupefacientes. En 1996 se añaden los crímenes contra el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado.

TRIBUNALES INTERNACIONALES y AD HOC

Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (Res. CS 808 de 1992 y 827 de 1993)

Tribunal Penal Internacional para Ruanda (Res. CS 955 de 1994)

Tribunal Internacional Especial para Camboya para juzgar a los jemeres rojos por los delitos cometidos entre 1975 y 1979 (2003)

Cámara Especial para los Crímenes Graves en Timor

Cámara Especial para los Crímenes de Guerra en Bosnia-Herzegovina

CORTE PENAL INTERNACIONAL

Estatuto de Roma de 1998, en vigor en julio de 2002.

NORMATIVA QUE TIPIFICA DELITOS INTERNACIONALES

CONVENCION SOBRE LA NO APLICABILIDAD DE MEDIDAS DE PRESCRIPCIÓN A LOS CRIMENES DE GUERRA Y A LOS CRIMENES CONTRA LA HUMANIDAD Res. AG 2391 (XXII), 1968.

CONVENCION INTERNACIONAL CONTRA LA TOMA DE REHENES, 1979

PROTOCOLO SOBRE LA PROTECCION FISICA DE LOS MATERIALES NUCLEARES, 1980

CONVENIO PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS ACTOS DE TERRORISMO, Washington (1971),

CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESION DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Res. AG 54/109 de 1999.

NORMATIVA QUE TIPIFICA DELITOS INTERNACIONALES

CONVENIO SOBRE LAS INFRACCIONES Y CIERTOS OTROS ACTOS COMETIDOS A BORDO DE AERONAVES. Convenio de Tokio de 1963

CONVENCIÓN SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMATICOS, 1973.

CONVENIO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACION MARITIMA, 1988. Protocolo de 2005

NORMATIVA QUE TIPIFICA DELITOS INTERNACIONALES

PROTOCOLO PARA LA REPRESION DE ACTOS ILICITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS PLATAFORMAS FIJAS EMPLAZADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTEAL, 1988

CONVENIO SOBRE LA MARCACION DE EXPLOSIVOS PLASTICOS PARA LOS FINES DE DETECCION, 1991

CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESION DE LOS ATENTADOS TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS, 1997

CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESION DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO, 1999.

CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESION DE LOS ACTOS DE TERRORISMO NUCLEAR, 2005

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