Resumen: Salud en Colombia
Catalina9807Síntesis19 de Febrero de 2016
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HABLEMOS DE SALUD EN COLOMBIA
Partiendo del contexto histórico de la salud en Colombia, pueden resaltarse las etapas por las que la misma ha pasado. Si bien se sabe que inicialmente la iglesia era quien manipulaba todos los factores que regían a la sociedad de ese entonces, incluyendo la salud, cabe mencionarse que la medicina era delimitada por las nociones de enfermedades y patologías que poseían los religiosos. Luego de ese control del clero, vino el desarrollo de servicios para los trabajadores, esto por su derecho al trabajo; estos servicios eran regulados por oficinas que dependían del Ministerio de Trabajo. Como resultado de lo anterior, nacen los ministerios de Salud luego de ellos, los sistemas nacionales de salud, a los cuales llegó el fracaso y la decadencia aparentemente. Esta decadencia toma por motivos dos relevantes hechos, uno de ellos es la deuda externa que generó una disminución notable en los recursos que serían destinados para la salud y posteriormente, posibilitar la generación de un buen servicio. Como segundo motivo, el debilitamiento de los sistemas de salud absteniéndose estos de dar respuestas a las demandas de los sectores rurales o con precarios recursos, pero con alta demanda de necesidades. Hablando de tiempo, fue en 1945 la fecha de inicio de la creación de las cajas de prevención nacional, es decir, los hospitales y lugares en donde debía promoverse la salud. Más adelante, en 1967 se creó el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, instituto que más adelante se independizó, convirtiéndose en el (ISS). Luego, llegaría una legislación que modificaría por completo el sistema de salud y su mecanismo (Ley 100 de 1993). A esa ley se le atribuye que el colombiano tenga esperanza de recibir una mensualidad como compensación y fruto de todos sus años de trabajo o en caso de que éste sea víctima de la invalidez, el Fondo de Pensiones acogerá a esta persona y le dará un aporte económico. Este fondo, es flexible a la muerte y a los auxilios funerarios, lo cual indica que el aporte económico será entregado a núcleo familiar. La ley 100 trajo consigo la apertura de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS), diferenciándose las anteriores de los dineros expedidos para su pago, debido a las IPS son subsidiadas por el gobierno y las EPS corresponden al régimen contributivo.
Sin embargo, estas entidades denominadas EPS, no ofrecen cobertura total de los servicios que ofrecen, en caso de presentarse la necesidad de someterse a un tratamiento que no cubra el POS (Plan Obligatorio de Salud), dicho tratamiento debe ser cancelado con dinero extra del paciente cotizante o Beneficiario.
Según la ocupación del colombiano, éste se divide en trabajador dependiente o trabajador independiente. Esto es lo que determina la forma como se realizará el cobro del servicio de salud. Específicamente, El trabajador independiente debe destinar el 12,5% de sus ingresos a los servicios de salud y pensiones, mientras que el trabajador independiente también posee el mismo porcentaje diferenciándose del trabajador independiente porque el empleador debe incurrir con el 8,5% del gasto y el 4% se le atribuye al empleado.
El seguro social clasifica a sus usuarios de la siguiente manera:
- Cotizante ( Persona que asume el pago del servicio)
- Subsidiado (El gobierno acarrea con los gastos del subsidiado)
- Vinculado – beneficiario ( Es el usuario que cubre el seguro por medio del pago del cotizante)
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SS Conjunto Institución[pic 2][pic 3][pic 4][pic 5][pic 6]
Normas de Ley 100 Con el fin de mejorar la calidad de vida [pic 7][pic 8][pic 9]
Procedimientos
Individuo Sociedad Familia
Fundamentos: 1. Equidad.
2. Obligatoriedad (derecho de todos los colombianos)
3. Protección Integral (Proteger a todos los colombianos)
4. Libre Escogencia (Autonomía en la elección de la entidad)
5. Autonomía de los Instituciones (Libre toma de decisiones)
6. Descentralización administrativa
7. Participación social
8. Concentración (Creación de asociación de usuarios)
9. Calidad
Continuando la temática con respecto a la Ley 100, ésta trae a los colombianos un sistema que parece benéfico aparentemente, éste sistema cubre económicamente a los trabajadores dependientes de los denominados A.T.E.P (Accidente de trabajo, enfermedad profesional) que puedan padecer dentro de su sitio de trabajo. Como todo sistema, de él se desprende un departamento encargado de la administración de estos dineros ARP (Administración de Riesgos Profesionales).
Al hablar de un sistema de salud basado en el aseguramiento nos referimos al SGSSS, el cual es pluralista con participación pública y privada, que opera bajo principios de equidad, universalidad, protección integral y libre escogencia de los usuarios, la calidad es considerado como uno de los objetivos clave en el cual su logro concurren aseguradores, prestadores, entes territoriales, organismos de control y los propios usuarios. De tal forma que la generación, evaluación y mejoramiento continúo de la calidad de atención y su impacto sobre las condiciones de salud y bienestar de la población, ha estado presente en los postulados y desarrollo de la reforma desde su misma concepción.
Uno de los puntos más importantes dentro de este marco se ha definido como la provisión de servicios de salud a los usuarios de forma accesible, equitativa y con un nivel de profesional optimo, considerando el balance pertinente entre los riesgos, los beneficios y costos todo lo anterior con el fin de lograr la satisfacción de los usuarios; ya que lo primordial siempre serán los usuarios, donde se involucran aspectos como accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia y continuidad en la atención, que se deben considerar en la prestación de los servicios de salud a la población colombiana.
A partir de lo anterior se propuso el Sistema obligatorio de garantía de calidad (SOGC) cuyo sistema posee cinco componentes que interactúan de forma armónica e integrada:
- Sistema único de habitación dirigido a garantizar el cumplimiento de unos requisitos obligatorios que minimicen los principales riesgos de la prestación de servicios de salud, todo con el fin de proteger la vida y la salud de los usuarios.
- Sistema único de acreditación, tanto de entidades promotoras de salud (EPS) como instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), todo enmarcado a un proceso voluntario y periódico de evaluación de un conjunto de estándares óptimos de proceso
- Auditoria encaminada al mejoramiento de calidad de los procesos de atención en salud mediante una evaluación sistemática de la calidad alcanzada, según normas técnico científicas previamente definidas.
- Sistema de información a usuarios, lo cual facilita la toma de decisiones basadas en calidad.
- Incentivos, ya sean de tipo económico, de prestigio, legales y éticos, que estimulen la competencia por calidad.
Por otra parte entre 1991 y 2002 aparecieron en Colombia dos fenómenos incompatibles entre sí en material de derecho a la salud: por un lado el reconocimiento de la salud como derecho humano en el texto de la constitución y el la jurisprudencia constitucional, y por otro lado la adopción de medidas económicas y políticas, las cuales lo único que significan es un retroceso o estancamiento, en términos de estado social de derecho.
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