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Resumen

mdedalResumen29 de Julio de 2015

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STATUS MORAL

Tener status moral es merecer protección bajo las normas morales  estas son  principios y reglas que exponen derechos y deberes. Pero, a quien está dirigido esta protección?, para ello se han desarrollado cinco teorías que si bien cada una por sí sola no es capaz de responder todas las preguntas sobre la subjetividad del status moral, intentan dar las bases teóricas para reducir las controversias mundiales sobre distintos tópicos tales como investigación en animales, aborto, técnicas de reproducción asistida, entre otros.

La teoría basada en las propiedades humanas concede status moral a todo humano por sus características biológicas (homo sapiens), es decir si es concebido por padres humanos o si es un organismo con código genético humano. Esta no excluye a ningún ser humano (feto, muerte cerebral, anomalías congénitas) pero excluye a toda especie biológica diferente solo por no ser especie humana pero si concede  cierto status moral a una especie hibrida de laboratorio que contenga ADN humano. Otra teoría es la basada en las capacidades cognitivas, y se refiere a la conciencia de percibir, memorizar, entender y pensar. Este teoría justifica que solo personas tienen status moral, ya que son las únicas en tener conciencia de sí mismos sobre su existencia, son libres para actuar y tener razones para hacer dichos actos, pueden, a través del leguaje, comunicarse con otra persona y poseen racionalidad y voluntad. Sin embargo esta segunda teoría sugiere que los niños, los adultos mayores, personan con desórdenes mentales tienen un menor status moral o algunos no poseen al igual que los animales no humanos (cabe resaltar que estudios han demostrado que ciertos animales son capaces de aprender como los animales que acompañan a discapacitados lo que le confiere status moral por sus capacidades cognitivas). La tercera teoría basada en agente moral, el status moral proviene de la capacidad de actuar como agente moral  (moralmente autónomo) , es decir, es capaz de realizar un juicio moral  a cerca de lo bueno o de lo malo de las acciones, y además hay motivos por lo que puede ser moralmente juzgado.

La teoría basada en la sensibilidad da status moral a las personas que perciben dolor o placer, esta teoría amparara a los humanos y a los animales no humanos. Sin embargo  afirmaría que el status moral es obtenido hasta que el sistema nervioso central este completamente desarrollado lo que excluiría a los fetos humanos en fases tempranas de gestación, seres humanos anestesiados, daño cerebral severo, entre otros. Esta teoría sostiene que el status moral puede variar dependiendo de condiciones de calidad, complejidad de vida, experiencias vividas y  autonomía.  Por último la teoría basada en relaciones sociales que establecen roles y obligaciones. Esta asignación se hace en virtud de la historia en que la comunidad humana moral ha establecido la importancia de las relaciones delos fetos humanos, animales de experimentación, entre otros para ofrecerles una carga moral y protección a estos entes.

Estas teorías son poco admisibles por si solas cuando se aferran a uno solo  “criterio competente” y surgen más cuestionamientos: ¿qué es vida humana? ¿Será el referente biológico el que lo determina o es estrictamente el carácter humano  (aspectos psicológicos y sociales)? ¿La potencialidad da cierto status moral? ¿Es admisible categorizar el status moral por especies o capacidades? ¿Es ser humano ser persona?

La discusión sobre el concepto de persona rebasa el propósito en que las consideraciones se basan principalmente en los datos arrojados por el conocimiento biológico. Esta connotación es ambigua ya que en el ámbito legal es persona todo ser capaz de derechos y obligaciones es decir de ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas. La constitución y las leyes colombianas consagran el derecho a la vida y penalizan atentar contra ella incluso desde la concepción sin embargo en el código civil se da un respaldo legal al ser humano solamente a partir del nacimiento. En el libro I art 90 de dicho código expresa “la existencia legal de una persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás”. Sin embargo el artículo siguiente, el 91 del mismo código se refiere a la protección legal del no nacido. Desde otras perspectivas se hacen diferentes planteamientos con heterogéneos puntos de vista que cuestionan desde cuando el hombre es persona: si desde el principio de su existencia, o si se hace progresivamente persona; para otros solamente son personas los que se manifiestan como tales o sea que exteriorizan una personalidad. Sin embargo en este ámbito seria cuestionable el estatuto personal del bebe, del demente o que presenten lesiones cerebrales que limiten el uso de razón, del embriagado, anestesiado y de todo aquel que presente suspendidas temporalmente las capacidades conscientes requeridas para actuar como persona. Como quiere que se interprete el concepto de persona lo cierto es que así se dé más temprano o más tarde solamente puede llegar a ser persona el que desde el primer momento de su existencia biológica tenga la capacidad de serlo; he aquí el determinante de la potencialidad donde todos tenemos el potencial de satisfacer cada condición del estatus moral descritos en las cinco teorías previas.

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