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Robo


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  Tesis  •  1.678 Palabras (7 Páginas)  •  277 Visitas

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ANÁLISIS DEL TIPO

Capítulo II Robo

Sujeto activo:

Puede ser cualquier persona natural, definido por el artículo como quien.

Sujeto pasivo:

El poseedor de la cosa mueble.

Bien jurídico protegido:

El patrimonio.

Objeto material:

Cosa o mueble ajeno.

Verbo rector:

Apoderar, arrebatar, comprar, recibir, ocultar.

Elemento normativo:

• Apoderamiento de la cosa.

• Usando fuerzas en las cosas.

• Usando violencia o intimidación en las personas.

• Que la cosa sea mueble.

Ámbito de cobertura:

El Robo es tomar con ánimo de lucro una cosa mueble ajena contra o sin la voluntad de su dueño. Lo que caracteriza al robo es que quien toma ese bien mueble lo hace con fuerza en las cosas para acceder al lugar donde ésta se encuentra, o bien forzando o intimidando a las personas.

Cuando se habla de 'con fuerza' en las cosas se entienden diversas fórmulas: escalamiento, rompimiento de pared, techo o suelo, fractura de puerta o ventana, rotura de roperos, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, forzamiento de sus cerraduras, descubrimiento de sus claves de apertura, uso de llaves falsas o llaves legítimas perdidas por su propietario, inutilización de alarmas, envenenamiento de perros guardianes, etc.

El delito de robo se considera consumado desde el momento en que se ha producido el resultado lesivo para la vida o la integridad física de las personas aunque el ladrón no haya conseguido su propósito de apoderarse de lo ajeno. También si el ladrón se da a la fuga y es detenido de inmediato gracias a la intervención de la policía.

La conducta típica es dolosa porque se tiene el conocimiento y la voluntad de robar ya sea con fuerza, con violencia o intimidación. Dentro de ello cabe la tentativa ya que se comienza la tentación del delito determinado, pero solo se ejecuta parte de los actos.

Se necesita para configurara el hecho delictivo que entre el medio utilizado (violencia física o intimidación) y los hechos que se obliga hacer el sujeto pasivo existe una relación de causa-efecto lo que significa que el medio empleado debe de tener entidad suficiente para obligar actuar a la victima hacer algo que está obligado a efectuar.

Comete el delito de robo aquel que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona considerada como dueño legitimo por la ley. La mayor peligrosidad del robo, es el posible uso de fuerza o intimidación.

El Robo es un problema que afecta a toda la sociedad, y se da por una serie de causas y factores que influyen en las personas, que les lleva a cometer un acto punible sin medir las consecuencias que en el futuro les puede ocasionar. Es un delito de acción , la conducta típica queda expresada en la ley con el término "apoderarse", es indudable que se requiera un actuar voluntario, un movimiento corporal identificado con el traer de la cosa al poder del agente, con exclusión e la inactividad u omisión.

El DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS es, desde el punto de vista cuantitativo, el de mayor importancia en la criminalidad. Por ésta razón no es de extrañar la abundante y consolidada jurisprudencia existente, anterior a la entrada en vigor del nuevo texto punitivo, sobre este delito. En el caso del robo con violencia e intimidación también se da la posibilidad de que haya supuestos más gravemente penados cuando concurran determinadas circunstancias

Para que se aprecie la existencia de robo con fuerza, debe concurrir alguna de las circunstancias siguientes en la ejecución del hecho:

1.- Escalamiento

2.- Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.

3.- Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.

Teniendo una penalidad de dos a cinco años y de ciento veinte a trescientos días multas

El robo cabe en los delitos pluriofencivo por que persigue varios bienes jurídicos como lo que son la integridad física, el patrimonio y estos son delito de mera actividad ya que se necesita una actividad para que se consuma.

Existen casos donde existan una pluralidad de actos quiere decir que se necesita varias conductas prohibida ejemplo más fácil es el ejemplo del robo, que es de apoderarse de cosa ajena pero empleando fuerza y amenaza en las personas

Capítulo I Hurto

Sujeto Activo:

Puede ser cualquier persona es indefinido y el código lo establece como quien.

Sujeto Pasivo:

El dueño, propietario de la cosa u objeto de hurto.

Bien jurídico protegido:

La propiedad, él patrimonio.

Objeto material:

Una cosa o mueble ajeno.

Verbo rector:

Apoderar, simular, cometer, realizar, tomar, vender, trasladar, destasar.

Elemento normativo:

• La acción de apoderarse

• Apoderamiento ilegitimo sobre una cosa o inmueble

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