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SEGURIDAD INDUSTRIAL


Enviado por   •  20 de Abril de 2013  •  2.591 Palabras (11 Páginas)  •  322 Visitas

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CAPITULO I

GLOSARIO DE CONCEPTOS BÁSICOS EN HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA LOS EMPLEADOS.

Articulo 1. Con la finalidad de usar un lenguaje común y adecuado en Prevención de Riesgos, para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

ACCIDENTE DEL TRABAJO: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.

ACCIDENTE DE TRAYECTO: Ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación del trabajador y el lugar de trabajo y viceversa.

ACTO O COMPORTAMIENTO INSEGURO: Se refieren a todas las acciones y decisiones humanas, que pueden causar una situación insegura o incidente, con consecuencias para el trabajador, la producción, el medio ambiente y otras personas. También el comportamiento inseguro incluye la falta de acciones para informar o corregir condiciones inseguras.

BENEFICIARIO: Son las personas o empresas que después de realizado el respectivo estudio, acreditan el derecho a recibir el pago de una incapacidad temporal, una incapacidad permanente parcial, un auxilio funerario, una pensión de invalidez o una pensión de sobrevivientes.

BRIGADA DE PRIMEROS AUXILIOS: Es el equipo que, como parte activa de las brigadas de emergencia, prestará los primeros auxilios a todo el personal en todos los turnos de trabajo. Para tal fin, la empresa debe garantizar su organización, instrucción y mantenimiento del equipo.

BÚSQUEDA: Son las actividades o acciones que se realizan en caso de emergencia. Se divide en Búsqueda primaria y Búsqueda secundaria. La búsqueda primaria se refiere a la acción desarrollada en toda situación de emergencia al arribar al lugar del evento. La búsqueda secundaria se refiere a las acciones desarrolladas cuando la emergencia ha sido controlada.

CONDICIONES SUBESTANDAR: Son las alteraciones o modificaciones del ambiente físico de trabajo que generan en él Cualidades negativas que puedan causar accidentes.

ACCIÓN SUBESTANDAR: Acto u omisión ejecutada por los individuos en el ambiente de trabajo, de manera que La resultante son accidentes, en su persona y/o a terceros.

CONDICIONES DE TRABAJO: Aquellos factores técnicos y sociales que se encuentran en los lugares de trabajo y que Influyen en el bienestar físico y mental del trabajador.

CONTRATISTA: Persona jurídica que bajo un Contrato o Convenio se convierte en un Prestador De Servicios o ejecutor de obras.

CALIDAD: Es el trabajo bien hecho y a la primera.

COMBUSTIBLE: Cualquier sustancia que se puede quemar.

DEMARCACION Y SEÑALIZACION: La señalización se entiende como la herramienta de seguridad que permite, mediante una serie de estímulos, condicionar la actuación del individuo que la recibe frente a unas circunstancias que pretende resaltar, es decir, mantener una conciencia constante de la presencia de riesgos. La Demarcación de las áreas de trabajo, circulación de materiales, conducción de fluidos, almacenamiento y vías de evacuación, debe hacerse de acuerdo con las normas contempladas en la legislación vigente.

DERECHOS ASISTENCIALES: Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional tendrá derecho a prestaciones asistenciales (Atención médica, hospitalización y Rehabilitación física y profesional) y económicas. Cuando ocurre un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se reciben los servicios de salud en la EPS a la cual está afiliado y si la atención es de urgencia, en cualquier IPS.

DERMATOSIS OCUPACIONAL: Toda enfermedad de la piel causada por el trabajo. La forma más frecuente es la dermatitis de contacto, seguida de la dermatitis alérgica. También se deben considerar el cáncer de piel, las infecciones de la piel ocupacionales y otras asociadas a agentes específicos como asbesto, arsénico o dioxinas.

DIAGNOSTICO DE CONDICIONES DE SALUD: Este diagnóstico se obtiene a través de un proceso de recopilación y análisis de la información sobre los perfiles sociodemográficos y de morbi-mortalidad de la población trabajadora y la opinión directa de los trabajadores sobre sus condiciones (signos y síntomas) a partir de las experiencias cotidianas en su entorno de trabajo, al igual que sobre los hábitos que influyen sobre su bienestar y seguridad, a través de instrumentos como el auto-reporte, encuestas, entre otros.

DICTAMEN: Es el documento que con carácter probatorio, contiene el concepto experto que los calificadores emiten sobre el grado de la incapacidad permanente parcial, la invalidez o la muerte de un afiliado.

ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

EMPRESA: La entidad empleadora que contrata los servicios del trabajador.

EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL: El conjunto de elementos recomendables y necesarios, que permita al trabajador actuar en contacto directo con una sustancia o medio hostil, sin deterioro para su integridad Física.

FACTORES DE RIESGO: Es la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación o control del elemento agresivo. Se clasifican en: Físicos, químicos, mecánicos, locativos, eléctricos, ergonómicos, psicosociales y biológicos.

FONDO DE RIESGOS LABORALES: Es una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Tiene por objeto adelantar estudios, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en todo el territorio nacional.

HIGIENE INDUSTRIAL: Es la disciplina que tiene por objeto el reconocimiento, evaluación y control de los riesgos Ambientales que se originan en el lugar de trabajo y que pueden causar enfermedades, Afectar la salud y bienestar de los trabajadores.

HIPEREXTENSIÓN: Extensión exagerada de un miembro del cuerpo generada por un sobre esfuerzo que puede llevar a una lesión.

INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL: cuando el afiliado a riesgos laborales sufre una enfermedad profesional, tiene una disminución parcial, pero definitiva, en algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. Ejemplo: La pérdida de cualquier miembro o parte del mismo, que implique una perdida de capacidad laboral mayor al 5% pero inferior al 50%.

INCAPACIDAD TEMPORAL: Se entiende por incapacidad temporal, aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad que presente el afiliado al sistema general de riesgos profesionales, le impide desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.

INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES, ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES: Es el análisis de las contingencias ocupacionales. Es una estrategia eficaz en la prevención ya que permite identificar los antecedentes que directa o indirectamente precipitaron el suceso y promueve la toma de decisiones preventivas tendientes a evitar su repetición (o disminuir su impacto), a través de la aplicación de una metodología sistemática de identificación y análisis de causas. Permite detectar fallas organizacionales, tecnológicas y humanas.

INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES: Analizar en forma técnica y profunda el desarrollo de los acontecimientos que llevaron a producir el accidente. Lo importante de la investigación de accidentes, que la hace completa y productiva, es que se realice de manera inmediata arrojando un reporte escrito (con un informe interno para la empresa y una copia para la ARP), contemplando aspectos como la entrevista al accidentado y a los testigos oculares, si los hay, la observación de las condiciones ambientales y la versión del jefe inmediato.

MATERIALES PELIGROSOS: Son mercancías u objetos que, debido a su naturaleza, propiedad o estado, pueden originar, si se pierde su control durante el transporte, peligros para la vida de las personas o animales, en el medio ambiente y los bienes de la comunidad.

MEDICINA DEL TRABAJO: Es el conjunto de actividades de las ciencias de la salud dirigidas hacia la promoción de la calidad de vida de los trabajadores a través del mantenimiento y mejoramiento de las condiciones de salud. Estudia la relación Salud-Trabajo, iniciando con el examen de pre-empleo, pasando por los exámenes de control periódico, investigaciones de la interacción salud con los ambientes de trabajo, materias primas, factores de riesgo psicosocial y en ocasiones actividades de medicina preventiva como control de Hipertensión, vacunación contra el Tétano y prevención cáncer ginecológico.

NORMAS DE SEGURIDAD CONTRA-INCENDIO: Es el conjunto de medidas y medios que hay que prever para salvaguardar la vida de las personas en caso de incendio y evitar las consecuencias directas e indirectas. Estas medidas se basan en los estudios de cargas combustibles de la empresa para salvaguardar la vida de las personas. Los equipos para la extinción de incendios o explosión pueden ser fijos, como los rociadores automáticos, hidrantes y las estaciones de mangueras y los portátiles, como los equipos manuales de extinción empleados para combatir incendios menores (conatos).

ORGANISMO ADMINISTRADOR: Se entiende por Organismo Administrador a los Servicios de Salud, las Mutualidades, Auto seguro y todos los organismos de previsión a que se encuentran afiliados los trabajadores y en cuyas leyes orgánicas o estatutos se contemple la prestación de los beneficios que contempla el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

PROBABILIDAD: Es la posibilidad que el acontecimiento ocurra (RIESGO)

PELIGRO: Es cualquier condición o costumbre de la que puede esperarse con bastante certeza que ocasionen una lesión o una enfermedad a las personas o daño a la propiedad.

PRIMEROS AUXILIOS: Es la atención que se le da a un lesionado o enfermo, en el terreno mismo, mientras se logra la atención de un facultativo.

RIESGO PROFESIONAL: Los riesgos potenciales a que está expuesto el trabajador y que puedan provocarle un accidente o enfermedad profesional.

RIESGO: Es toda situación de trabajo que puede ocasionar daño al trabajador o la probabilidad de ocurrencia de algo negativo o potencial de pérdidas por su falta de control.

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL PARA ONTRATISTAS

RESIDUO INDUSTRIAL: Todo aquel residuo sólido o líquido, o combinación de éstos, provenientes de los Procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no pueden asimilarse a los residuos sólidos domésticos.

SUPERVISOR INMEDIATO: La persona que tiene personal y recursos materiales a su cargo para la ejecución de un trabajo, tales como, Gerente, Subgerente, Jefe de Área, Jefe de Unidad, Supervisor Profesional, Jefe de Grupo, Inspector, etc. En aquellos casos en que existan dos o más personas que revistan esta categoría, se entenderá por Supervisor inmediato el de mayor jerarquía.

SALUD: Es un estado completo de bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad o invalidez.

SEGURIDAD INDUSTRIAL: Es el resultado de un trabajo bien hecho. Es el conjunto de condiciones establecidas

TRABAJO: Es la labor que se realiza y que estimula la creatividad y el desarrollo de las personas. Para asegurar la ejecución de los trabajos, exentos de riesgos.

DE EFE

TRABAJADOR: Toda persona que en cualquier carácter preste servicios a la Empresa y por los cuales reciba una remuneración, cualquiera sea su naturaleza jurídica.

TRAMITE DEL REGLAMENTO DE HIGIENE: 1. Conformar el comité paritario de salud 2. Elaborar acta de constitución del Comité Paritario, 3. Elaborar formato de conformación del Comité (FORMULARIO). 4. Radicar Acta y Formato del Comité ante el Ministerio de Trabajo. 5. Radicar el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial. Al entregar estos documentos se debe esperar un mes aproximadamente para la obtener la resolución aprobatoria, que la debe recibir o el representante legal o un abogado con poder.

VENTILACIÓN: Acción de mantener condiciones prescritas en el aire de un lugar de trabajo, es decir mantener la temperatura, velocidad del aire y un nivel de impurezas dentro de límites admisibles para preservar la salud en el trabajo.

VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA: Tiene cinco etapas a saber: 1. Recolección de datos (monitoreo biológico, ambiental y de factores psicosociales). 2. Análisis de información, con lo que se busca establecer asociaciones de tipo estadístico, tendencias y hacer seguimiento mediante índices. 3. Interpretación de la información.

VISITAS DE INSPECCIÓN: Las visitas de inspección se realizan con el fin de vigilar procesos, equipos, máquinas u objetos que en el diagnóstico integral de condiciones de trabajo y salud, han sido calificados como críticos por su potencial de daño. Estas inspecciones deben obedecer a una planificación que incluya los objetivos y frecuencia de la inspección. Se definen dos tipos de inspecciones: las generales, durante las cuales se realiza una revisión general de la planta, y las específicas, cuando se realiza una visita dirigida hacia una problemática concreta, como serían las inspecciones a los sistemas de incendios, a las instalaciones eléctricas, etc. Se deben hacer con el fin de verificar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene establecidas (métodos correctos para operar máquinas, uso de elementos de protección personal, etc.)

HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL PARA CONTRAY SUBCONSTAS DE EFE

ZONA DE TRABAJO: El lugar en que se desarrollan las actividades laborales de uno o más trabajadores.

CAPITULO II

RIESGOS EXISTENTES

Articulo 2. Entre los riesgos que existen alrededor de la empresa encontramos Riesgos Arquitectónicos, Químicos, Físicos, Biológicos, Mecánicos, Locativos, Eléctricos, Ergonómicos, Psicosociales.

CAPITULO III

INSTRUCTIVO PARA REPORTE DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Articulo 3. Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.

Serán igualmente accidentes de trabajo:

1. La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobre venidos en las mismas circunstancias.

2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.

3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.

4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior.

Articulo 4. El actual Formato Único de Accidente de Trabajo contiene cuatro áreas para la entrega de información como son:

a. Identificación General del Empleador, Contratante o Cooperativa Dentro de esta parte del reporte se incluye la información sobre la sede principal de la empresa y otros relacionados con el centro de trabajo donde labora el trabajador.

b. Identificación de la persona que se accidentó Dentro de la información relacionada con la persona que se accidentó, se especifican los datos del trabajador, tipo de vinculación, ocupación, al igual que el tiempo de trabajo en la empresa y en el oficio específico.

c. Información sobre el accidente En esta parte se incluyen todos los campos para la descripción del presunto accidente de trabajo que se está notificando tales como la información específica del momento del accidente, sitio, tipo de lesión, parte del cuerpo afectada, agente del accidente, mecanismo o forma del accidente.

d. Descripción del accidente En este campo se debe responder las siguientes preguntas: Qué, cómo, cuándo, dónde y con qué se produjo el accidente Adicionalmente el Reporte cuenta con otros campos que deben diligenciarse tales como:

Personas que presenciaron el Accidente

Persona responsable del informe.

CAPITULO IV

PANORAMAS DE IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS (RIESGOS: IMPORTANTES, MODERADOS, TOLERABLES Y TRIVIALES).

Articulo 5. Estimación del Riesgo: Está dada de acuerdo con la combinación realizada entre probabilidad y consecuencias, de la siguiente manera:

Tabla 1

Niveles de riesgo

Articulo 6. Para determinar la potencial severidad del daño, debe considerarse:

a. Partes del Cuerpo que se verán afectadas.

b. Naturaleza del daño, graduándolo desde ligeramente dañino a extremadamente dañino.

Ejemplos de ligeramente dañino: Daños superficiales: cortes y magulladuras pequeñas, irritación de los ojos por polvo. Molestias e irritación, por ejemplo: dolor de cabeza, disconfort.

Ejemplos de dañino: • Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores. • Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos, enfermedad que conduce a una incapacidad menor.

Ejemplos de extremadamente dañino: • Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales. • Cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten severamente la vida.

Articulo 7. Las Recomendaciones Se establecen de acuerdo con el grado de riesgo identificado, así:

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