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SENTENCIA MONICA CARABANTES GALLEGUILLOS


Enviado por   •  13 de Mayo de 2017  •  Reseñas  •  578 Palabras (3 Páginas)  •  247 Visitas

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COMUNICACIÓN No. 226/2003

COMITÉ CONTRA LA TORTURA

La sentencia se centra en una ciudadana de Bangladesh, la cual solicita asilo político a Suecia, alegando para tal efecto la tortura a la que fue sometida por ser perseguida por las autoridades de su país en virtud de ser miembro activo de un partido político el cuál es de oposición al gobierno que estaba en el poder al momento de suscitados los hecho, así como porque su esposo era acusado de un crimen con tintes políticos. Por lo que al encontrarse de vacaciones y visitando a su hermana que vive en Suecia, la autora solicita el asilo político de dicho país, negándoselo en dos ocasiones por lo que promueve una queja ante el Comité contra la tortura del cual Suecia es estado parte.

En primer término pude advertir que más que juzgar con perspectiva de género (ya que la autora es mujer), estos resolvieron en base a la protección de Derechos Humanos, enfocándose y pronunciándose con respecto a la tortura de la cual fue objeto la promovente.

Considero que en cuanto a la hija de la autora; la cuál es representada por su madre al momento de presentar la queja; aunque si bien es se les concede el asilo político, no entraron al estudio de los Derechos que como niña tiene y los cuales debieron ser tomados en cuenta para analizar y resolver la petición. Ya que en si la resolución se enfoca a lo padecido únicamente por la autora.

Aunque si bien es cierto el Protocolo de Estambul no es un documento vinculante, considero que también pudo haber sido aplicado a la autora y a su vez el resultado pudo haber sido tomado en cuenta para emitir la resolución.

Así como también considero que la decisión tomada en cuanto a brindar el asilo político estuvo centrada en respetar Derechos Humanos fundamentales y no fue influenciada por temas políticos y/o migratorios. Podemos rescatar principalmente el Derecho a la dignidad humana.

INFORME NO. 32/02

SOLUCIÓN AMISTOSA

MÓNICA CARABANTES GALLEGUILLOS

Se da un problema con la C. MONICA CARABANTES GALLEGUILLOS, quien fue expulsada del colegio  privado ANDRES BELLO, esto después de que los padres de esta hablan con el director del ya mencionado colegio y le comentan que su hija está embarazada, a lo que el director menciona que no será un impedimento para que MONICA CARABANTES GALLEGUILLOS estudie en dicho colegio, sin embargo al pasar de los meses esta es expulsada de la escuela, ya que el reglamento interno de la institución prohibía este tipo de conductas, por lo que toman la decisión de reclamar jurídicamente la decisión tomada por la institución, llegando finalmente a una solución amistosa donde se daría una BECA a la afectada de 1,24 Unidades Tributarias Mensuales, esto mientras curse la educación superior así como que el gobierno haría publica las medidas reparatorias por medio de un comunicado oficial, incluso el estado mostrando su buena fe, se comprometía con MONICA CARABANTES GALLEGUILLOS para hacer todas las gestiones tendientes a asegurar la beca referida, independientemente de la firma del acuerdo.

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