ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SUBROGACION


Enviado por   •  23 de Agosto de 2013  •  455 Palabras (2 Páginas)  •  351 Visitas

Página 1 de 2

Pago con subrogación

El pago con subrogación consiste en que un tercero paga una obligación ajena y sustituye al acreedor en la relación jurídica. Esta modalidad de pago constituye una garantía para el nuevo acreedor, de que se le va a reintegrar la totalidad de lo pagado. Existen tres clases de subrogación, la convencional, la legal y la judicial. El pago con subrogación traspasa al nuevo acreedor todo el derecho y privilegios de la antigua obligación.

El pago con subrogación es una garantía para el tercero, de que se le va a reintegrar todo lo pagado. Este tipo de pago no extingue la obligación, sino que simplemente traspasa la obligación. Este tipo de pago solamente va a extinguir la obligación para el acreedor al cual ya se le pago. En caso de que el pago se haya dado por medio de un procedimiento judicial, este procedimiento también se puede subrogar, siempre y cuando la obligación no haya sido adeudada a la administración pública.

Existen tres clases de subrogación. La primera, la subrogación convencional, es la que deriva de la voluntad de las partes, casi siempre del acreedor. Cuando se realiza por la voluntad del acreedor, el tercero paga la deuda sin que intermedie el deudor. La que se realiza por voluntad del deudor, opera cuando el deudor paga la deuda con un préstamo y el prestamista se subroga con los derechos del antiguo acreedor. La segunda clase, la subrogación legal opera de acuerdo al artículo 790 del Código Civil para los casos a favor del acreedor de un remate de menor categoría, a favor del comprador de un inmueble que utiliza el precio de su adquisición para pagar a los acreedores, a favor del que paga una deuda solidaria, a favor del heredero que ha pagado deudas de la herencia con su peculio y a favor del que paga después de haberse declarado insolvente al deudor. Por último, la subrogación judicial sucede cuando un crédito se remata.

De acuerdo al artículo 791 del Código Civil, el pago con subrogación traspasa al nuevo acreedor todo el derecho y privilegios de la antigua obligación. La subrogación tiene que ser realizada al mismo tiempo del pago al acreedor, ya que si no, no tiene validez. La única obligación que no se puede subrogar el pago, son las de hacer no fungibles, ya que si el acreedor no acepta la subrogación, el pago no podrá ser realizado por un tercero.

En conclusión, la función principal del pago con subrogación, es que se le garantice al tercero que su pago va a ser reembolsado en la totalidad. Como mencione anteriormente, este tipo de pago no es liberatorio de la obligación, sino que simplemente se sustituye al acreedor, pero los términos de la obligación permanecen igual.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.6 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com