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Subrogacion


Enviado por   •  6 de Mayo de 2012  •  4.355 Palabras (18 Páginas)  •  555 Visitas

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LA SENTENCIA.

Es el acto final de un proceso, acto aplicador de la ley sustantiva en un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo.

Si un proceso no llega a sentencia final o definitiva, se dan las que se llaman formas **** de terminación de un Proceso.

La etimología de la palabra sentencia viene del verbo “Sentir”, esto refleja lo que el juez siente, lo que el tribunal siente con relación al problema que se ha planteado. La sentencia contiene una estructura, es un juicio a manera Aristotélica, es decir, la Premisa mayor que es el caso concreto y la conclusión, que es el sentido de la sentencia.

REQUISITOS FORMALES E LA SENTENCIA.

Es la estructura de la sentencia, en cuanto a la forma de redacción, que se divide en 4 secciones:

1. El Preámbulo. Debe contener el señalamiento el lugar, fecha, tribunal que dicta la resolución, nombres de las parte, tipo de proceso en que se ha dictado la sentencia.

2. Los Resultandos. Son consideraciones de tipo histórico-descriptivo, en los que se relatan los antecedentes de todo el asunto, en referencia a la posición de cada una de las partes, sus afirmaciones, los argumentos que han esgrimido, así, como la serie de pruebas que las partes han ofrecido, y la mecánica de desahogo, sin que en esta parte el tribunal pueda realizar ninguna consideración de tipo estimativo o valorativo.

3. Los Considerandos. Son la parte medular de la sentencia, aquí después de haberse relatado en los resultandos toda la historia y los antecedentes del asunto, se llega a las conclusiones y las opiniones del tribunal como resultado de la confrontación entre las pretenciones y las resistencias y también de las pruebas que hayan arrojado sobre la materia de la controversia.

4. Puntos Resolutivos. Son la parte final de la sentencia, donde se aprecia en forma muy concreta si el sentido de la resolución es favorable al actor o al demandado; si existe condena, y a cuanto monta esta, además se precisan los plazos para que se cumpla la propia sentencia, y en resumen se resuelve el asunto.

REQUISITOS MATERIALES DE LA SENTENCIA.

1. Congruencia. Es que exista una correspondencia en relación lógica entre lo aludido por las partes y lo considerado y resuelto por el tribunal. Se presentan en los Considerandos. (Art. 81 CPC)

2. Motivación. Consiste el la obligación del tribunal de expresar, los motivos, razones y fundamentos de su resolución. Se presenta en los Considerandos también.

3. Exhaustividad. Es consecuencia de las dos anteriores, ya que una sentencia es exhaustiva en la medida en que haya tratado todas y cada una de las cuestiones planteadas por las partes, sin dejar de considerar ninguna.

CLASIFICACIÓN DE LAS SENTENCIAS.

a) DEFINITIVAS. Son las que resuelven el litigio principal en un proceso. (se puede apelar)

b) INTERLOCUTORIAS. Resuelve una cuestión parcial o incidental, dentro del proceso. (pone sin a un incidente)

c) FIRMES. Ya no pueden ser impugnadas por ningún medio de defensa. (causa ejecutoria y ya no procede ningún otro recurso legal)

d) 1ª INSTANCIA. Son las del juicio principal, dictadas por el Aquo (Juez de 1ª Instancia)

e) 2ª INSTANCIA o Ulterior Instancia. Es la apelación., que se lleva a cabo ante el Aquem (Magistrado de Sala)

f) FONDO. Resuelven el fondo de la litis planteada. (Amparo)

Amparo directo: Cuenta con el recurso de Queja para Sentencias Definitivas; En caso de ser improcedente la queja, el abogado que lleva el caso, deberá pagar una multa.

Su finalidad es Modificar, Revocar o Confirmar la Sentencia.

Amparo Indirecto: Contra actos que violan las Garantías Individuales dentro del Proceso.

COSA JUZGADA

CADUCIDAD. Es el atributo, la calidad o la autoridad de definitividad que adquieren las sentencias. El CPC manifiesta que hay cosa Juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria.

EFECTOS: Su finalidad es la crear certeza y definitividad a las situaciones jurídicas sancionadas por la sentencia, y así mantener la paz social y el equilibrio, ya que de no ser así, los litigios podrían volverse a replantearse indefinidamente.

Las sentencias causan ejecutoria por ministerio de ley o por declaración judicial:

a) Ministerio de Ley. Causa ejecutoria la sentencia a los que se refieren las 5 fracciones del artículo 426 del CPC.

b) Por Declaración Judicial, expresa aquellas que se aluden a las 3 fracciones de artículo 427 del CPC.

REQUISITOS DE LA COSA JUZGADA.

1. que trancurra el plazo fijado por la ley.

2. Que durante ese plazo, no se interponga ningún recurso o m4edio de impugnación.

RECURSOS JUDICIALES.

El recurso judicial, es un medio de impugnación, es decir, una medida que se tiene para que se revisen o reexaminen las resoluciones, para que se confirmen, modifiquen o revoquen.

APELACIÓN. Es el recurso ordinario en el cual se abate la resolución dictada por el órgano de 1ª Instancia. Esta puede ser interpuesta contra sentencias definitivas, autos o resoluciones, ya que son apelables aquellas resoluciones del juez que pueden implicar un perjuicio o un daño que no puede ser reparado ulteriormente por la sentencia.

TERMINO: 9 días para sentencia definitiva

6 días para autos.

TERMINACIÓN: Por escrito, expresando agravios que causen sentencia o el auto, se presenta ante el mismo juez que dicta sentencia o auto, y pueden apelar las partes en el juicio y los terceros que se vean afectados por la resolución que esta impugnando.

AGRAVIOS. Son argumentos con los que se ataca la resolución, justificando porque se considera incorrecta, injusta y no apegada a Derecho, es decir, en que han consistido las equivocaciones del juez.

APELACIÓN EXTRAORDINARIA. Tiene el carácter de apelación, solamente porque procede en los 4 supuestos a que se refiere el artículo 717 del

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