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Sancion penal delito ecologico.


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2016  •  Tareas  •  793 Palabras (4 Páginas)  •  137 Visitas

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ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE

OBJETIVO DEL APRENDIZAJE

Identificar, expresar, analizar y aplicar las acciones administrativas y penales en materia ambiental, los conceptos jurídicos de las mismas y el procedimiento para su observancia.

INTRODUCCIÓN DE LA ACTIVIDAD

Es importante identificar los conceptos jurídicos aplicables en la unidad, así como los procedimientos de las acciones administrativas, la auditoría ambiental como consecuencia de la inspección y vigilancia, del mismo modo la denuncia popular.

Es importante no confundir la acción administrativa con las acciones penales, así como sus efectos y sanciones correspondientes.

Para el ejercicio de la acción penal, esta se debe promover ante la PROFEPA, ante el ministerio público federal directamente o ante cualquier otra autoridad administrativa, y esta turnara el caso a la autoridad competente, pero como especialista Ud. Debe saber directamente ante debe ser.

En materia penal identificar la tipificación de los delitos ambientales para el ejercicio de la acción penal.

INSTRUCCIÓN PARA LA ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 4.1

Esta actividad se conforma de dos partes:

  1. A. Identifica y analiza los Art. Del 160 al 204 de la LGEEPA que corresponden al título sexto, los cuales versan sobre medidas de control, seguridad y sanciones, y elabore un diagrama de flujo que represente el procedimiento que sigue una inspección y vigilancia y un segundo diagrama de flujo que represente el procedimiento de una denuncia popular.

Cada diagrama de flujo vale 4 puntos, por los dos suman 8 puntos.

  1. B. Analice los artículos 414, 415. 417, 420 ter. 420 Quarte, constitutivos del título vigésimo quinto, del Código Penal Federal. que versa sobre delitos contra las actividades tecnológicas y peligrosas, la biodiversidad, bioseguridad y la gestión ambiental. Realizar un cuadro sinóptico, en el que relacione cada uno de los artículos citados, con bien jurídico tutelado, la tipificación del delito, y la sanción correspondiente. Valor 4 puntos

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ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL

BIEN JURÍDICO QUE SE TUTELA

DELITO (ACCIÓN U OMISIÓN)

SANCIÓN

Artículo  414

Medio ambiente, ecosistema y biodiversidad.

Al que ilícitamente, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, abandono, descarga, con sustancias consideradas peligrosas por sus características, como corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas, que cause un daño a los recursos naturales, a la biodiversidad, a los ecosistemas, o al ambiente.

1.- De uno a nueve años de prisión

2.- De trescientos a tres mil días de multa

Artículo 415

Atmosfera  y en general medio ambiente

Dañar la atmósfera con gases, humos o polvos contaminantes, emisiones de ruido, vibraciones, etc. provenientes de fuentes emisoras de competencia federal.

1.-De uno a nueve años de prisión.

2.- De trescientos a tres mil días multa

Artículo 416

Los recursos naturales, la biodiversidad el agua, los ecosistemas y el ambiente.

Trafico de recursos forestales, flora o fauna silvestre, que tengan o hayan padecido alguna enfermedad contagiosa que pueda propagarse a otras especies.

1.-De uno a nueve años de prisión.

2.- De trescientos a tres mil días multa

Artículo 417

Biodiversidad y Ecosistema

A la persona o personas que trafiquen con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que alguna enfermedad contagiosa, que ocasione un contagio a la biodiversidad del territorio, a los recursos forestales o a los ecosistemas.

1.-De uno a nueve años de prisión.

2.-De trescientos a tres mil días multa

Artículo 418

La vegetación o áreas protegidas

A quien desmantele o destruya la vegetación natural al que corte o derribe árboles, y al que produzca un cambio en el uso del suelo forestal. O un área protegida

1.-De uno a nueve años de prisión y por equivalente

2.- De cien a tres mil días de multa

Artículo 419

Recursos forestales.

A quien ilícitamente transporte, comercie, almacene o transforme madera en rollo, carbón vegetal, o cualquier otro recurso forestal maderable, y además tierra proceda de suelos forestales en cantidades mayores a cuatro metros cúbicos o, su equivalente en madera aserrada.

1.-De uno a nueve años de prisión.

2.- De trescientos a tres mil días multa

Artículo 420 ter

Introducir al país o extraer del algún organismo genéticamente modificado que pueda alterar el ecosistema natural.

A la persona que introduzca al país, o extraiga del mismo, algún organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales del territorio nacional.

1.-De uno a nueve años de prisión.

2.- De trescientos a tres mil días multa

Artículo 420 Quarter

Recursos naturales y biodiversidad.

Transporte de cualquier residuo considerado como peligroso a un destino que no tenga autorización para recibirlo, almacenarlo, desecharlo o abandonarlo

1.- De uno a cuatro años.

2.- De trecientos a tres mil días de multa

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