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Seguridad Social


Enviado por   •  26 de Julio de 2013  •  1.383 Palabras (6 Páginas)  •  242 Visitas

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ACTIVIDAD NUMERO 4

MALEVIS VANEGAS MARTÍNEZ

SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA

1. Elabore un cuadro comparativo en el que identifique las similitudes y las diferencias entre Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida y Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

2. Elabore un organigrama en donde se presenten las características de la pensión por vejez, invalidez por riesgo común y de sobrevivientes.

3. Responda los siguientes interrogantes a partir de lo desarrollado en el material del curso:

• Andrés tiene 1400 semanas cotizadas:

a) ¿Cuál es el monto en porcentaje de pensión por vejez que le corresponde?

b) ¿Cuál es la edad requisito en hombres para la pensión por vejez?

• Pedro es pensionado por vejez y tiene un hijo de 15 años, al cabo del tiempo Pedro muere a causa de un infarto Cardiaco:

c) ¿Su hijo puede ser beneficiario de la Pensión de sobrevivientes?

d) ¿Cuáles son los documentos requeridos por su hijo para solicitar la Pensión de Sobrevivencia?

DESARROLLO ACTIVIDAD NUMERO 4

1.

Régimen solidario de Prima Media con Prestación Definida Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad

DIFERENCIAS

a) El régimen de prima media con

Prestación definida consiste en prestar su afiliados una pensión de invalidez o una indemnización previamente establecida, estos beneficios se encuentra a cargo del ISS, los aportes de los afiliados y sus rendimientos, forman un fondo común de naturaleza pública.

b) La pensión de vejez en el régimen de prima

media con prestación definida es el régimen tradicional de Instituto de seguros sociales, para obtener la pensión el afiliado debe cumplir con unos requisitos que me pide la ley, que son edad, tiempo y monto, en este régimen para pensión de vejez la mujer debe tener 55 años de edad y los hombres 60, con el mínimo de semanas cotizadas que para este año 2001 son 1200 semana, no hay que olvidar que la ley 797 del año 2003 para el año 2014 aumenta la edad, 57 años mujeres y 62 hombres, además respecto a las semanas cotizadas hubo un aumento en el 2005 de 50 semanas y a partir del 2006 cada año se aumentara 25 semanas hasta el año 2014.

c) Por otro lado el IBL (Ingreso base de

liquidación) en el régimen de prima media con prestación definida se toma el salarios de los 10 últimos años laborados, actualizado con IPC, con una regla que consiste en tomar los salarios de toda la vida actualizados con el IPC, y se toma el salario más alto, el que le sea más favorable para recibir una pensión alta. Estas pensiones se financian con los pagos de los afiliados actuales al ISS al fondo común, en donde los jóvenes les pagamos las pensiones a los viejos que en este momento se encuentran recibiendo pensión.

a) Está conformado por un grupo de

Entidades que pueden ser del sector público o privado, destinados al manejo de los recursos públicos y privados para el pago de las pensiones y prestaciones reconocidas a los afiliados que la conforman. Este régimen se basa como su nombre lo indica al ahorro de las cotizaciones y sus rendimientos financieros, en este régimen el afiliado deposita sus cotizaciones en una cuenta individual, distinta al régimen de prima media que es un fondo común.

b) El afiliado podrá obtener la pensión a

Cualquier edad, siempre y cuando el capital que haya acumulado le permita obtener el monto pensional mensual superior al 110% del s.m.l.v, ajustado o actualizado con el IPC, en el régimen de prima media debe cumplir con edad y tiempo establecido en la ley.

c) En el régimen de ahorro individual con

Solidaridad la pensión se financian con los recursos de las cuentas de ahorro pensional, con el valor de los bonos pensionales y aportes del estado para garantizar la pensión mínima; si el afiliado no ha acumulado las semanas exigidas por la ley, pero ha acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual a un salario mínimo legal tendrá derecho a la devolución del capital acumulado incluyendo los intereses financieros, los bonos o puede continuar cotizando.

SIMILITUD 1: Tanto en el régimen de prima media con prestación definida

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