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Seguridad Y Defenza


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  3.374 Palabras (14 Páginas)  •  238 Visitas

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QUÉ ES SEGURIDAD Y DEFENSA

Seguridad es sinónimo de certeza, confianza, se interpreta como un ambiente estable predecible, donde no existan temores al daño o perjuicio a personas o sus bienes. Se relaciona con la confianza de los individuos dentro del ambiente social. La seguridad refleja orden, solidez, certeza, convicción, garantía que se manifiesta en los distintos niveles: individual, grupal y social.

La defensa es la acción conjunta conformada por medidas coordinadas y planificadas sobre la base de una estrategia adoptada por el Estado para mantener la seguridad.

La seguridad y defensa nacional es un componente intrínseco del sistema político, al cual contribuye con aportes tendiente al fortalecimiento del poder, es decir, de la autoridad, a la preservación de su potencial y a la solución de conflictos que pueden interferir con el funcionamiento del Estado.

ACTUACION DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL EN TIEMPO DE PAZ Y GUERRA

La Constitución les encomienda la defensa del país y establece su carácter esencial en la seguridad nacional.

Como cuerpos armados, son obedientes al poder civil y no deliberantes, además de ser profesionales, jerarquizadas y disciplinadas. La Armada de Venezuela es una de las organizaciones que conforman la Fuerzas Armadas Bolivarianas de Venezuela. Su misión principal es participar en la seguridad exterior y defensa militar del país, para lo cual efectúa acciones en tiempo de paz y en tiempo de guerra.

Los principales roles de las Fuerzas Armadas son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular. El combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar 1al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación del servicio actualmente es voluntario.

Es el principal órgano de consulta y asesoramiento del Presidente de la República, del Concejo de Defensa de la Nación y del Ministro de la Defensa, en materia de organización, funcionamiento, desarrollo y empleo de la FAN; tanto en tiempo de paz o en estados de excepción.

La seguridad de la nación está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental.

RELACION ENTRE SEGURIDAD, DEFENSA Y DESARROLLO

La seguridad y defensa propenden a la preservación del Estado de Derecho, al bienestar colectivo, la protección de bienes y recursos nacionales y la satisfacción de los intereses de una nación libre y soberana.

Que ambos son bienes que buscan para su bienestar tanto de una persona como de un país. Seguridad es Desarrollo, y sin Desarrollo no puede haber Seguridad.

La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA

Decreta

la siguiente,

LEY ORGANICA DE SEGURIDAD Y DEFENSA

TITULO I

Disposiciones Fundamentales

Artículo 1.- La seguridad y defensa nacionales son de la competencia y responsabilidad del estado. Todas las personas venezolanas, naturales o jurídicas, cualquiera sea el lugar donde se encuentren, son igualmente responsables por la seguridad y defensa de la República en los términos de la presente ley. Igual responsabilidad incumbe a las personas jurídicas extranjeras y a las naturales del mismo origen, domiciliados, residentes o transeúntes en el territorio nacional con las excepciones que establezcan las leyes.

Artículo 2.- Las previsiones necesarias para la seguridad y defensa de la República son de carácter permanente.

Artículo 3.- La seguridad y defensa de la República comprenden fundamentalmente:

1. El estudio, planificación y adopción de las medidas relacionadas con la preparación y aplicación del potencial nacional para la preservación de su patrimonio;

2. La garantía y el empleo racional del poder nacional en todo conflicto interior o exterior, conmoción o catástrofe que puedan perturbar la paz de la República;

3. El fortalecimiento de la conciencia de todos los habitantes de la Nación, sobre la importancia de los problemas inherentes a la soberanía e integridad territorial de la República.

Artículo 4.- Los documentos de cualquier naturaleza y otras informaciones relacionadas con la seguridad y defensa de la Nación, son de carácter secreto y su divulgación o suministro y la obtención por cualquier medio ilegítimo constituyen delito y serán sancionados conforme al Código Penal o al de Justicia Militar, según sea el caso.

TITULO II

De la Organización y Funciones

CAPITULO I

Sección Primera del Presidente de la República

Artículo 5.- El Presidente de la República es la más alta autoridad en todo lo relacionado con la seguridad y defensa de la Nación.

SECCION SEGUNDA

Del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa

Artículo 6.- El Consejo Nacional de Seguridad y Defensa es el máximo organismo de planificación y asesoramiento del Presidente de la República en materia de seguridad y defensa.

Artículo 7.- El Consejo Nacional de Seguridad y Defensa está integrado por:

El Ministro de Relaciones Interiores.

El

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