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Servicios públicos Domiciliarios


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2013  •  927 Palabras (4 Páginas)  •  514 Visitas

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CASO 4

• ¿Se han vulnerado los derechos fundamentales, de la población residente principalmente a las personas menores de edad, de la tercera edad, como la salud, a vivir en condiciones dignas, al trabajo, por causa de la deficiente prestación del servicio de aseo?

Según la ley 142 DEL 1994 establece en su artículo 9 como derecho de los usuarios de los servicios públicos, en su numeral tercero a obtener bienes y servicios ofrecidos de calidad y cantidad superior, siempre y cuando no perjudique a terceros en el caso de que la entidad prestadora del servicio público de aseo ha generado inconvenientes con referencia al derecho a la salud, vida digna y un trabajo.

Por lo tanto el gobierno nacional, de acuerdo con los preceptos constitucionales en materia de servicios públicos domiciliarios deberá mediante el ministerio público, la comisión de regulación de aguas potables y saneamiento básico, promover de manera adecuada la prestación de servicios públicos en sector. De igual forma como responsabilidad civil de las entidades como cumplidoras de una función social de la propiedad, tanto pública como privada , cuando ocasionen perjuicios a los usuarios, lo cual puede resultar contra aquellos administradores , funcionarios y contratistas que sean responsables por dolo o culpa , pero sin perjuicio de las sanciones penales.

De acuerdo con lo anterior el incumplimiento de las entidades es causal de mala conducta para sus representantes legales y los funcionarios responsables, sancionable con destitución.

• ¿Viola una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios el derecho a la respuesta oportuna al derecho de petición y omitir el articulo 9 en su numeral 4 Presentado por los usuarios?

Según la ley de servicios domiciliarios en su artículo 9 plantea que uno de los derecho de los usuarios es tener la posibilidad de solicitar información completa , precisa y oportuna , siempre y cuando no se trate de información considerada como secreta reservada por la ley y se cumplan los requisitos y condiciones que señale la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Debido a la no respuesta por la entidad a los usuarios del servicio públicos la entidad viola principalmente dos deberes establecidos en esta normatividad incurriendo en la conducta para sus representantes legales, en primer lugar el brindar información completa, precisa y oportuna a los usuarios sobre las actividades y operaciones que realice la prestación, pero no al responder esta será sancionada según lo dispone el numeral 25 de la ley.

Según lo dispuesto en el reglamento de la ley de servicios domiciliarios en el momento de haber presentado una petición por parte de los usuarios y la entidad omita dar respuesta a esta, se entenderá que tendrá como resultado un silencio administrativo positivo

• ¿Viola el alcalde del municipio el artículos 3 del estatuto del consumidor,

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