Sistema De Auditoria En Mexico
danielafera19 de Junio de 2013
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SISTEMA DE AUDITORÍA EN MÉXICO: SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN
1. INTRODUCCIÓN:
Hoy en día, la rendición de cuentas es un concepto fundamental asociado con la idea de democracia, ya que implica un puente de comunicación entre gobernantes y gobernados. La administración pública en sus diversos niveles de acción, requiere de una serie de mecanismos que faciliten e incentiven dicha comunicación, y de esa forma los ciudadanos conozcan cómo se está llevando a cabo la gestión de los recursos públicos.
Cuando hablamos de los sistemas de auditoría, tratamos de concebirlo como aquella revisión de la gestión gubernamental de los recursos financieros y el cumplimientos de los objetivos y metas en los programas, proyectos o rubros correspondientes para su ultimo fin, de tal manera que es necesario crear un sistema de control y evaluación, ya sea interno o externo que implique tener las condiciones de corregir, evitar y mejorar las condiciones de los sistemas de acción de las unidades administrativas de las dependencias gubernamentales.
Es importante mencionar que la rendición de cuentas y la fiscalización superior se han convertido en un tema recurrente para los interesados en el análisis y la construcción de una democracia moderna. Efectivamente, si los gobernantes no responden de sus acciones a la sociedad; si el uso de los recursos públicos no es transparente, económico, eficaz y eficiente; si se perpetúa una visión patrimonialista y abusiva de los cargos públicos, se reducen de manera sustancial las posibilidades de un ejercicio democrático de los asuntos públicos
Los pesos y contrapesos para el equilibrio entre poderes; la división y sistematización de las distintas funciones públicas; el principio de legalidad en la acción del gobierno; las garantías individuales y sociales contenidas en la Constitución y sus leyes reglamentarias, entre otros elementos, forman parte de la estructura legal y administrativa de un buen gobierno. La rendición de cuentas y la fiscalización superior, cuando son efectivas, representan un factor adicional invaluable para la gobernabilidad.
El ejercicio fiscalizador es, sin duda, un tema sensible y delicado para quienes están sujetos a él. Sin embargo, también constituye un instrumento de gran utilidad para que cualquier gobierno haga un mejor uso de los recursos a su disposición y que, de ello, se deriven ganancias de orden político, al generar una mejor imagen ante una sociedad que valora cada vez más aspectos como la transparencia y la rendición de cuentas. La fiscalización sirve a todos: es una inversión con alto rendimiento social que coadyuva a erradicar la corrupción, detonada principalmente por la discrecionalidad en el ejercicio público.
2. SISTEMA DE FISCALIZACION EN MEXICO
La fiscalización del gasto público forma parte de una actividad central en los gobiernos democráticos y es fundamental en los actuales sistemas de transparencia y rendición de cuentas. Al respecto Javier Pérez Saavedra define la fiscalización de la administración pública como el proceso mediante el cual se busca la comprobación de la actividad ejecutiva del Estado.
En ese sentido, la obtención de ingresos, la administración de los recursos y la realización del gasto público son tres de sus funciones principales; de ahí cobra relevancia la fiscalización como herramienta indispensable para evaluar el cumplimiento de esos fines.
México cuenta ya con una amplia trayectoria en el campo de la fiscalización del gasto público. Históricamente nuestro régimen se caracteriza por su estructura republicana, democrática y federal. En ese sistema el concepto de representatividad del pueblo y la división de poderes adquieren un gran significado. En ella, la función más importante del Ejecutivo es la administración pública y la obligación de rendir cuentas al Legislativo a través de la Cámara de Diputados.
Los antecedentes históricos de la fiscalización en México se remontan a la época de la Conquista; en este apartado sólo se destacan algunos aspectos más relevantes. Desde 1825, la Cámara de Diputados creó un órgano responsable de la revisión de las cuentas ofrecidas por el Ejecutivo: la Contaduría Mayor de Hacienda que sobrevivió a los cambios políticos que transitaban a veces de una República centralista a federalista.
La consolidación de la Contaduría Mayor de Hacienda se dio después de la promulgación de la Constitución Federal de 1857, cuando se expidió la reglamentación de la “Administración y Contabilidad de los Caudales del Gobierno” que representó un avance en materia de normatividad para la ejecución el presupuesto.
La función de la Contaduría Mayor de Hacienda se caracterizó por ser ajena al Ejecutivo y hacer sugerencias al Ministerio de Hacienda en la corrección de ineficiencias e irregularidades en el manejo de los recursos públicos.
Con la Constitución de 1917 se ratificó la existencia de la Contaduría Mayor de Hacienda como órgano de la Cámara de Diputados y se creó el Departamento de la Contraloría cuya función era ejercer el control de los egresos públicos, la glosa de cuentas del manejo de fondos, bienes y valores, y la constitución de responsabilidades como fase previa a la rendición de cuentas al Poder Legislativo.
Más adelante en 1978, se expidió la Ley de la Contaduría Mayor de Hacienda que le dio un claro papel de fiscalizador al Poder Legislativo. En 1999 entraron en vigor las reformas constitucionales que convirtieron la Contaduría Mayor de Hacienda en la Auditoría Superior de la Federación e implicaron una transformación histórica de fiscalización del Estado mexicano.
La Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación es de orden público y tiene por objeto reglamentar los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública.
Ley de Fiscalización Superior de la Federación el 16 de abril de 2009. Esta ley es reglamentaria de los artículos 74 fracción II y VI y 79 constitucional.
De acuerdo con la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la ASF está facultada para realizar las siguientes actividades derivadas de sus labores de supervisión: a) Recomendación al Desempeño; b) Solicitud de Aclaración; c) el Ejercicio de la Facultad de Promoción Fiscal; d) Pliego de Observaciones; e) Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria; f) Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria; g) Denuncia de Hechos; h)Denuncia de Juicio Político; i) Promoción de Intervención de la Instancia de Control; y j) Multa.
3. LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
La Secretaría de la Función Pública, dependencia del Poder Ejecutivo Federal, vigila que los servidores públicos federales se apeguen a la legalidad durante el ejercicio de sus funciones, sanciona a los que no lo hacen así; promueve el cumplimiento de los procesos de control y fiscalización del gobierno federal, de disposiciones legales en diversas materias, dirige y determina la política de compras públicas de la Federación, coordina y realiza auditorías sobre el gasto de recursos federales, coordina procesos de desarrollo administrativo, gobierno digital, opera y encabeza el Servicio Profesional de Carrera, coordina la labor de los órganos internos de control en cada dependencia del gobierno federal y evalúa la gestión de las entidades, también a nivel federal
La Secretaría de la Función Pública tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones y facultades que le encomiendan la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás ordenamientos legales aplicables en la materia:
• la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
• la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
• la Ley General de Bienes Nacionales;
• la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal;
• la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
• otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.
Acciones gubernamentales prioritarias
• Promover la cultura de la legalidad y el aprecio por la rendición de cuentas.
• Ampliar la cobertura, impacto y efecto preventivo de la fiscalización a la gestión pública.
• Inhibir y sancionar las prácticas corruptas.
• Articular estructuras profesionales, eficientes y eficaces del gobierno.
• Mejorar la regulación, la gestión y los procesos de la APF.
• Optimizar el uso y aprovechamiento de los inmuebles federales.
3.1 ANTECENDENTES
En 1982 se plantea la necesidad de armonizar y fortalecer la f unción de control en el sector público. Para ello, fue presentado ante el Congreso de la Unión un conjunto de propuestas legislativas en las que se incluyó la iniciativa de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, misma que al aprobarse y publicarse en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre de 1982, dio origen a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación; con el propósito de integrar en esta dependencia las funciones de control y evaluación global de la gestión pública anteriormente dispersas.
El 2 de septiembre de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto Presidencial por el que se expide el Reglamento del
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