Sistema Penal Acustorio
josebaron25 de Marzo de 2014
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100 preguntas Sistema Penal Acusatorio
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PRESENTACIÓN
100 preguntas Sistema Penal Acusatorio cumple una finalidad
didáctica. No intenta profundizar las discusiones teóricas sobre
el sistema o resolver las dificultades prácticas de los operadores,
inquietudes reservadas para otra clase de publicaciones. Ello
sin perjuicio de poner al lector en contacto con algunos
conceptos jurídicos básicos como los de dignidad humana,
libertad, igualdad, imparcialidad, legalidad, contradicción,
inmediación, entre otros.
Aunque se ha pensado en los profesionales y estudiantes de
Derecho, preferimos extremar la claridad de los conceptos y el
sentido práctico para tratar de llegar a una comunidad
interesada y esperanzada en la funcionalidad del Sistema Penal
Acusatorio.
El estudio del Derecho y la expansión de la cultura jurídica no
solo son una tarea de relevancia social sino que pueden provocar
comportamientos de legitimación y aceptación que prevengan
gérmenes de delincuencia.
Quienes se inquieten por la cartilla podrán hallar preguntas
del siguiente tenor: ¿Qué es el proceso penal? ¿Quiénes están
obligados a denunciar? ¿Qué es la presunción de inocencia?
¿Cuál es la función esencial de la Fiscalía General de la Nación?
¿Puede la Fiscalía practicar pruebas? ¿Qué es la querella?, o
¿Qué es la conciliación?
Todas tan elementales para cualquier experto o estudioso del
Derecho, pero tan útiles para quienes no podemos olvidar que
somos mediadores entre la ley y la comunidad, aunque, de
pronto, algún jurista teórico o práctico también podrá hallar
por lo menos una sugerencia de provecho.
Mario Germán Iguarán Arana
Fiscal General de la Nación
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¿Qué es el Sistema Penal Acusatorio?
Es un sistema adversarial, donde las partes (Fiscalía y defensa)
se enfrentan en igualdad de oportunidades ante un juez
imparcial, quien, con base en las pruebas y argumentos, decide
si condena o absuelve. También pueden intervenir el ministerio
público y la víctima: el primero para salvaguardar el orden
jurídico y la segunda para que se le garanticen la verdad, la
justicia y la reparación.
Las pruebas se presentan oralmente con testigos ante el juez,
son sometidas a debate y confrontación por las partes quienes
se esfuerzan por convencer al juez de su posición.
¿Qué es el proceso penal?
Es el mecanismo por medio del cual se investigan los delitos, y
se acusa y se juzga a los presuntos responsables, cuando a ello
hubiere lugar.
¿Cómo se inicia un proceso penal?
Desde el momento en que la Fiscalía tiene conocimiento de
una conducta que se advierte delictiva y acusa por la misma.
Ese conocimiento puede ser por denuncia, querella, informes o
de oficio.
¿Quiénes deben denunciar?
Toda persona mayor de edad tiene el deber de denunciar a la
autoridad los delitos de cuya comisión tenga conocimiento y
que deban investigarse de oficio.
¿En qué casos una persona no está obligada
a denunciar?
Nadie está obligado a formular denuncia contra sí mismo, contra
su cónyuge, compañero o compañera permanente o contra sus
parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o
segundo de afinidad, ni cuando medie el secreto profesional
(sacerdotes, médicos y abogados, entre otros).
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¿Cuáles son los principios del proceso penal?
El respeto de la dignidad humana, de la libertad, de la igualdad,
de la imparcialidad, de la legalidad, de la presunción de
inocencia, del derecho de defensa, del debido proceso, de los
derechos de las víctimas y de la sociedad. En el proceso penal
prevalecen los tratados internacionales, de oralidad, de lealtad,
de contradicción, de publicidad, del juez natural, de doble
instancia y de cosa juzgada, entre otros.
¿Qué es el principio de la dignidad humana?
Significa que todos los intervinientes en el proceso penal deben
ser tratados como seres humanos y no como objetos.
¿Qué es el principio de libertad?
Es el derecho que tienen las personas a que se respeten sus
acciones y movimientos dentro del ordenamiento jurídico, a no
ser molestado en su persona ni privado de la libertad, sino en
razón a motivos expresados por la ley.
¿Qué es el principio de igualdad?
Es el derecho de las personas que intervienen en el proceso
penal a recibir el mismo trato y las mismas oportunidades, sin
discriminación por raza, lengua, religión, origen, opinión política
o filosófica. La igualdad obliga a las autoridades a adoptar
medidas a favor de los más débiles, por razón de su condición
económica, física o mental.
¿Qué es el principio de imparcialidad?
Es la obligación de los jueces, en el ejercicio de sus funciones
de control de garantías, preclusión y juzgamiento, de orientarse
por el imperativo de establecer con objetividad la verdad y la
justicia. En la práctica, que los jueces mantengan un rol imparcial
sobre la investigación, acusación y presentación de pruebas.
¿Qué es el principio de legalidad?
Significa que nadie puede ser investigado ni juzgado sino
conforme con la ley procesal vigente al momento de los hechos,
observando las formalidades propias de cada juicio.
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¿Qué es la presunción de inocencia?
Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal
mientras no quede en firme una decisión judicial definitiva sobre
su responsabilidad.
¿Qué es el principio de in dubio pro reo?
Corresponde a la Fiscalía la carga de la prueba acerca de la
responsabilidad penal. Si después de valorar en conjunto y
racionalmente las pruebas aportadas por las partes, el juez
tiene duda sobre la conducta delictiva o la responsabilidad del
acusado, deberá resolver a favor del procesado.
¿Cuáles son los derechos de las víctimas?
Tener acceso a la justicia; recibir un trato humano y digno;
protección de su intimidad; garantía de seguridad, de sus
familiares y sus testigos; a que se haga justicia en el caso; a
conocer la verdad de lo ocurrido; a la reparación de los daños
sufridos; a recibir información; a intervenir directamente en
algunas decisiones y recibir asistencia integral.
Además, a recibir información sobre organizaciones que pueden
ayudarla y el tipo de ayuda, el lugar y el modo de presentar
una denuncia o querella, las actuaciones subsiguientes a su
denuncia, modo y condiciones de protección, mecanismos de
defensa que puede utilizar, información sobre el proceso penal
y sentencia, reparación integral, derecho de intervenir en el
proceso y tener abogado para su presentación.
¿Qué es el principio de contradicción?
Es el acto mediante el cual las partes (Fiscalía y defensa) tienen
derecho a conocer, controvertir o confrontar las pruebas, así
como a intervenir en su formación y a oponerse a las alegaciones
de la otra parte o interviniente.
¿Qué es el principio de inmediación?
Solamente se considera prueba aquella que ha sido practicada y
producida por las partes ante el juez del conocimiento, en un
juicio público, oral y contradictorio, con el fin de que el juez observe
directamente el comportamiento de los testigos al declarar y
que pueda valorar más objetivamente esas declaraciones.
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¿Qué es el principio de concentración?
Las pruebas y diligencias deben practicarse en una audiencia
continua, preferiblemente el mismo día.
¿Qué es el principio de publicidad?
Significa que la actuación procesal y las audiencias deben ser
abiertas, con el fin de que a ellas accedan no solo las partes e
intervinientes, sino también los medios de comunicación y la
comunidad.
¿Quiénes tienen acceso a la actuación?
Además de los intervinientes, la comunidad en general, que
incluye a los medios de comunicación.
¿Existen excepciones a la publicidad de las
actuaciones?
Sí. La actuación no será pública cuando el juez considere que la
publicidad de los procedimientos pone en peligro a las víctimas,
testigos, peritos, intervinientes; se afecte la seguridad pública;
se exponga a un daño psicológico a los menores de edad; se
menoscabe el derecho del acusado a un juicio
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