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Enviado por   •  13 de Julio de 2013  •  1.824 Palabras (8 Páginas)  •  255 Visitas

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MAESTRÍA EN DERECHO ON-LINE

MATERIA: CONSTITUCIÓN Y ECONOMÍA.

LA CONSTITUCION Y EL ESTADO.

ALUMNO: IVETTE PINEDA NAVARRO.

PROFESOR: DR. HORACIO ALFREDO GALINA MACIAS.

3 DE MARZO DE 2013.

ÍNDICE

TEMA PÁG.

Concepto de estado 3

Concepto de constitución 3

Clasificación de la constitución 3

Clasificación del estado 5

Estado de bienestar 6

Estado liberal 7

Conclusión 8

Bibliografía 9

El Estado es una forma de organización social, económica, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones no voluntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.

La historia de México está plagada de luchas para hacer valer los derechos del pueblo y sobre todo su libertad.

A lo largo esta historia se ha tenido que buscar la manera de que la sociedad viva de manera organizada y para ello se han creado leyes que regulen esta forma de convivencia.

Hay que tener muy claro que para que exista una relación adecuada entre el estado y el pueblo es necesaria la organización del poder y la situación de los individuos ante este.

La constitución (del latín cum- 'con, en conjunto' y statuere 'establecer') es la norma suprema, escrita o no, de un Estado de derecho soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan.

México siempre ha vivido influenciado por corrientes extranjeras que han servido de base para la construcción del estado que es hoy en día mediante el estudio de documentos ya promulgados y la elaboración de diversas legislaciones que en su momento pasaron de la monarquía al liberalismo pero siempre dejando bien claro que deben existir instituciones que administren el poder.

En lo que respecta a la clasificación de las constituciones tenemos:

Según su formulación jurídica.

Constitución escrita: documento en el que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización, los límites y las facultades del Estado, así como deberes y derechos de los individuos; es el texto específico que contiene la totalidad o casi la totalidad de las normas básicas.

Por esto se entiende que en la constitución se deben plasmar por un lado todos los derechos y obligaciones del pueblo y por el otro dejar bien delimitado hasta donde puede actuar la autoridad a través de las instituciones.

Una constitución escrita siempre tendrá claridad y precisión en el contenido para eliminar posibles conclusiones.

Constitución no escrita: también llamada Constitución consuetudinaria, no existe un texto específico que contenga la totalidad, o casi la totalidad de las normas básicas.

Como bien sabemos en la actualidad existen localidades en donde las costumbres tienen un peso significativo al grado que muchas de ellas son consideradas como leyes que hay que acatarse.

La constitución no escrita podría dar paso a la ambigüedad y eso puede ser un riesgo.

Según su reformabilidad.

Constituciones rígidas: son aquellas que requieren de un procedimiento especial y complejo para su reformabilidad; es decir, los procedimientos para la creación, reforma o adición de las leyes constitucionales es distinto y más complejo que los procedimientos de las leyes ordinarias.

Aquí se necesita legislar con un procedimiento más complejo mediante un poder distintito al ordinario.

Constituciones flexibles: Los poderes se confunden en la práctica jurídica. La reforma delas Constituciones flexibles es realizada por el órgano legislativo ordinario, aplicando los mismos procedimientos y formalidades que para la sanción de las leyes ordinarias.

En esta constitución todos los artículos tienen el mismo peso ante la ley ya que ninguno necesita de un trato especial o complejo.

Constitución pétrea: es aquella cuyas disposiciones no pueden ser reformadas jurídicamente, pudiendo la petrificación ser absoluta, relativa o temporal.

En este tipo de constitución se entiende que si por ejemplo una constitución tiene carácter de absoluta esta no se puede modificar en ninguna de sus partes cosa que hoy en día no sucede.

Según su origen.

Constituciones otorgadas: Las constituciones otorgadas se dice que corresponden tradicionalmente a un Estado monárquico, donde el propio soberano es quien precisamente las otorga; es decir, son aquellas en las cuales el monarca, en su carácter de titular de la soberanía, las otorga al pueblo.

Esta constitución puede ser un claro ejemplo de lo que sucedía en la gubernatura de Iturbide ya que el implanto una monarquía constitucional donde todo el poder y las decisiones recaían únicamente en él.

Constituciones impuestas: es la representación de la sociedad la que le impone una serie de notas, determinaciones o de cartas políticas al presidente, y éste las tiene que aceptar. Por lo tanto, existe en el caso de las constituciones impuestas, una participación activa de la representación de la sociedad en las decisiones políticas fundamentales.

En este tipo de constitución es la sociedad misma la que impone la ley y el gobierno es el que tiene que seguirlas o acatarlas.

Pactadas o Contractuales: En las constituciones pactadas la primera idea que se tiene es el consenso. Nadie

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