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Sociedades Mercantiles U4 A1


Enviado por   •  4 de Abril de 2016  •  Tareas  •  442 Palabras (2 Páginas)  •  186 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

LICENCIATURA EN DERECHO

Derecho Internacional Público

UNIDAD 4: El Comerciante.

Actividad 1. Deberes de los comerciantes.

23 de febrero del 2016.

Actividad 1. Deberes de los comerciantes.

Los deberes de los comerciantes son los siguientes:

  • Conservar su correspondencia.
  • Ser parte de la Cámara de Comercio.
  • Anunciar su calidad mercantil.
  • Inscribirse en el Registro de Comercio, así como determinados documentos.
  • Llevar su propia contabilidad.
  • Llevar cuenta y razón de las operaciones.

El Registro Público del Comercio

Uno de los deberes más importantes para el comerciante es el inscribirse ante el Registro Público del Comercio. Las personas individuales tiene la obligación potestativa de hacerlo mientras que las sociedades o personas morales tienen un mayor grado de observancia de este deber. Las personas morales o colectivos comerciales tienen que dar a conocer su actividad comercial, su solvencia, su domicilio, sus miembros, su capital así como antecedentes; de tal manera que el registrarse como comerciante es un paso más en toda la información que ya debe dar a conocer.

Por lo general y de acuerdo al Art. 18 del Código de Comercio, la operación del Registro Público del Comercio esta a cargo de la Secretaría de Economía, así como de las autoridades responsables del Registro Público de la Propiedad en las distintas entidades federativas y en el Distrito Federal (aunque ya es una entidad federativa más). Cada entidad federativa tendrá sus propios Registros Públicos de Comercio para satisfacer la demanda que tenga el tráfico mercantil local.

De acuerdo con el Art. 2 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Público de Comercio tienen personalidad jurídica distinta a la de sus socios. De igual forma, las sociedades no inscritas en el Registro pero que se hayan exteriorizado como tales frente a terceros tendrán personalidad jurídica.

La omisión ante el Registro Público del Comercio por parte de un comerciante da paso a la nulidad de sus actos, los cuales perjudicaran los derechos de terceras personas que han establecido una formalidad con dicho comerciante para obtener algún beneficio.

En síntesis, el Registro Público de Comercio es hacer constar de una manera clara y transparente de la situación jurídica de los comerciantes, estableciendo el grado de seguridad jurídica que puede tener el celebrar actos con el mismo. En este sentido, el Registro apunta hacia la confianza y la garantía en las relaciones comerciales tanto a nivel federal como a nivel local, dependiendo de los registros.

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