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TITULO DECIMO TERCERO FALCEDAD.


Enviado por   •  13 de Abril de 2013  •  Tesinas  •  820 Palabras (4 Páginas)  •  420 Visitas

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TITULO DECIMO TERCERO FALCEDAD.

Dentro de este título se trata a la falsedad como un medio de obtención de lucros indebidos y de afectación a terceros mediante el engaño como objetivo final de la realización de delitos que se cometan bajo estas circunstancias, el bien jurídico que tutela esta ley, es primordialmente ya sea público o del estado, o bien privado o personal, asimismo la economía familiar y la integridad moral de las personas.

Las sanciones que se imponen a los delitos que se cometen a la sombra de la falsedad van desde 1 hasta 12 años de prisión y multas hasta por 600 días de salario mínimo y en algunos casos hasta 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad por la comisión de delitos que tengan que ver con la falsificación, alteración o fabricación de monedas sin contar con permiso legal para realizarlo; utilización, almacenamiento y distribución de billetes falsos, así como la materia prima, herramientas, o troqueles utilizados para este fin así como la alteración de títulos de crédito, falsificación de documentos públicos o privados usurpación de funciones o profesiones, alteración de contenidos de títulos crediticios como puede ser la literalidad expresada dentro de ellos y las condiciones pactadas.

TITULO DÉCIMOCUARTO DELITOS CONTRA LA ECONOMÍA PÚBLICA.

Son actos u omisiones que afectan gravemente al consumo nacional y se sancionarán con prisión de tres a diez años y con doscientos a mil días multa.

Cuando se ponga en peligro algún bien, del que se generen ingresos o adquiera dolosamente, posea o trafique con semillas, fertilizantes, plaguicidas, implementos y otros materiales destinados a la producción agropecuaria que se hayan entregado a los productores por alguna entidad o dependencia pública a precio subsidiado.

En cualquiera de los casos, el juez podrá ordenar, además, la suspensión hasta por un año o la disolución de la empresa de la que el delincuente sea miembro o representante.

Se sancionará con prisión de tres a diez años y con mil a tres mil días de multa, a quien celebre, ordene o ejecute contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores.

TÍTULO DÉCIMOQUINTO DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL.

Se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa a la persona que se acuse de hostigamiento y si fuese servidor público o algo por el estilo se le bajara de su cargo. Así también como a la persona que se acuse de abuso a una persona mayor de 15 años y menor de 18 se le impondrá una sanción de de tres meses a cuatro años de prisión. Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años.

TÍTULO DÉCIMOSEXTO

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