Teoria General De Titulos De Credito
cindyramos24 de Mayo de 2013
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CENTRO DE FORMACION Y ACTUALIZACION JUDICIAL.
TRABAJO FINAL DIDÁCTICA JURÍDICA
TEORÍA DE LOS TITULOS DE CRÉDITO
[JUNIO 2012]
[En el presente trabajo se abordara el tema de los títulos y operaciones de crédito de una manera didáctica aplicando las técnicas aprendidas durante la cátedra recibida y bajo los lineamientos especificados por el maestro.]
CENTRO DE FORMACION Y ACTUALIZACION JUDICIAL
Maestría en Derecho Civil Mercantil Judicial
TRABAJO FINAL DIDACTICA JURIDICA
TEORIA GENERAL DE LOS TITULOS DE CRÉDITO
(Syllabus)
Docente: Licenciada Cindy Ramos Fernández.
Estrategia Didáctica: Expositivo, teórico-práctica.
Libro de Texto:
Dávalos Mejía, Carlos L. Títulos y Operaciones de Crédito, Análisis teórico práctico de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito y temas afines
Editorial OXFORD
Objetivo: E l alumno deberá conocer que es un título de crédito, será capaz de clasificarlo para conocer sus efectos, sus formas de transmisión, formas de pago y utilidad en el campo del comercio.
Exploración de Conocimientos Precisos.
¿Qué es un ‘título de crédito’? ¿En qué se distingue un título de crédito de cualquier otro documento?; ¿Quién puede expedir un título de crédito? ¿Puede una persona firmar un título de crédito por otra; en su caso, cuándo? ¿Cuáles son las características de los Títulos de Crédito? ¿Qué clases de títulos de crédito existen?
Recursos: Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, Código civil, Código de Comercio, IUS 2011, pizarrón, organizadores visuales y preguntas.
Planificación.
Una vez expuesto el tema y los subtemas, se procederá a explorar los efectos de un titulo de crédito ante diversas hipótesis que como preguntas se plantearán a los estudiantes, a efecto de destacar sus características. Ejemplificar cada uno de los títulos de crédito, planteando su problemática y destacando su negociabilidad e importancia en el ámbito de las transacciones mercantiles.
Temas
a. Funciones Elementales de la moneda y el Crédito.
b. Ventajas Utilitarias del Título de Crédito.
c. Clasificaciones de los Títulos de Crédito.
d. Noción de Titulo de Crédito en el Derecho Mexicano.
e. Elementos Existenciales de Título de Crédito.
f. Tipos de Transmisión.
g. El pago. Tipos de Vencimiento.
h. El pagaré y cheque.
Actividades Auxiliares
1. Investigar cuales son los diferentes títulos de crédito que enumera la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito y obtener un ejemplar de cada uno de ellos.
2. Elaborar formatos de Títulos de Crédito.
3. Exponer los efectos de un título de crédito ante diversas hipótesis que destacan por sus características.
4. Ejemplificar cada una de las clases de títulos de crédito.
Finalmente
Definición del nivel logrado por los alumnos, mediante la exposición del propósito planteado inicialmente en la que se propicie la reflexión en cuanto a las actividades realizadas, señalando las dificultades encontradas, para de esta manera poder destacar la fallas con la intención de mejorar la estrategia.
UBICACIÓN DE LA MATERIA. CONCEPTOS FUNDAMENTALES
ACTIVIDAD: Con la finalidad de apreciar la situación en que se encuentran los alumnos respecto del tema a tratar, se realizaran una serie de preguntas referentes a los conceptos que a continuación se señalan; lo anterior mediante la lluvia de ideas, en la que se permitirá a los alumnos participar con la finalidad de crear un conceptos a partir de las diferentes opiniones, para finalmente ofrecer de manera concreta el conocido por el maestro).
¿Qué consideran que es el Derecho Mercantil?
R= Conjunto de normas jurídicas que regulan los actos de comercio y las actividades de los comerciantes en el ejercicio de su profesión.
¿Alguien sabe en donde se encuentran ubicados los Actos de Comercio?
R= Articulo 75 Código de Comercio, siendo las fracciones que interesan a nuestra materia de Títulos y Operaciones de Crédito las 18, 19, 20 y 24.
Debemos señalar que el derecho mercantil es de derecho privado, ya que regula las relaciones de los actos de comercio en especial. Y el derecho civil regula las relaciones jurídicas privadas en general.
Supletoriedad.- A partir de la reforma del 13 de Junio de 2003 se aplica el Código Federal de Procedimientos Civiles, y en actos celebrados antes de esa fecha el Código de Procedimientos Civiles del Estado.
¿En qué consisten las Especialidades del comercio? Pues bien, esta consiste en satisfacer las necesidades o apetencias mediante la entrega del satisfactor respectivo, siempre y cuando se pague al comerciante el precio que el mismo fijó por dicho satisfactor.
¿Qué es el dinero?
R= Es un medio de pago de aceptación general
Su función.- Es la intermediación en el cambio
¿Cuáles son las facultades y actividades del Banco de México?
Tiene de manera exclusiva y privativa la facultad de acuñar moneda y emitir dinero; controla la estabilidad y el poder adquisitivo de la moneda, atendiendo a la compensación del desequilibrio entre los ingresos y egresos de las divisas del país. (Controla cuanto emite, cuanto no, porque de no ser así se llegaría a una devaluación).
TEMA 1. FUNCIONES ELEMENTALES DE LA MONEDA Y DEL CRÉDITO.
Según nuestro autor una de las etapas de la Historia del crédito fue denominada monetaria, y se distinguió por el surgimiento necesario de una nueva mercancía destinada a permitir la adquisición de otras mercancías, “la moneda”.
Esta utilidad permanece hasta nuestros días, pues siempre le ha servido al hombre para cambiarla por la satisfacción de sus necesidades o apetencias, por lo que en el texto se le señala como un medio.
Cuando el sujeto adquiere un satisfactor, se utiliza el término compra, sin embargo, lo que en realidad sucede es una transacción, un intercambio de una cosas por otra: monedas por bienes o servicios.
El comerciante hace lo mismo: intercambia un bien o un servicio por las monedas de su clienta, siendo la operación tan simple como cambiar las monedas que se tienen por lo que no se tiene y se necesita. Esto es el acto de comercio por excelencia, la compraventa mercantil, que desplazo el nombre original de cambio, por el término compra.
El crédito permite una mayor circulación de la moneda, ya que si un sujeto necesita o apetece un satisfactor y todavía no tiene las monedas suficientes para adquirirlo (aunque las adquirirá como posterioridad), podrá prometer a su vendedor que si le entrega el satisfactor, se lo pagara cuando reciba el dinero suficiente; y si este cree en su palabra entonces le otorgara un crédito, mediante el cual se realizara una compraventa no de contado sino en el tiempo.
Cuando esto sucede la moneda será el eje fundamental, pues de contado o crédito el cabio será con monedas, no con promesas; de ahí que las monedas, como instrumentos representativos, no pueden mutar su valor sino que lo que puede cambiar es el número de las unidades que representan , es decir, que su valor de representación común permanece.
De esta manera el crédito implica un intercambio en el tiempo y no en el espacio, y no altera la función ni la utilidad de la moneda, sino que, por el contrario, obtiene de ella sus mejores posibilidades por que permite y propicia u número de cambios, con moneda mayor a la que existiría si los cambios solo se hicieran de contado.
Las formas de préstamo
En conclusión a lo anterior tenemos que el crédito es simultáneamente un atributo y un acto jurídico típico, esto explicado de la siguiente manera:
El acreditado aprovechará de manera temporal los bienes prestados, por cuyo uso está de acuerdo en pagar una renta, que es el incentivo que el prestador tiene en prestar, y que se denomina interés.
En el derecho se crédito se encontraran las reglas para realizar este tiempo de cruzamientos, mismas que serán tantas como supuestos y necesidades de cada negocio en particular.
Clasificación de los créditos.
Podrán ser:
a) Públicos o Privados.- Según se trate de la personalidad administrativa o privada que participe.
b) Para la Producción o para el consumo. De acuerdo con la finalidad que se dé al dinero prestado.
c) A corto, mediano o largo plazos.- Según el termino de pago, lo que dependerá de la cantidad prestada, la garantía ofrecida y la actividad financiada.
d) Personales o Reales.- De conformidad con la garantía ofrecida al acreditante.
e) Bancarios o Privados.- Según quien intervenga (banco o prestador).
f) Nacionales o Internacionales.- De acuerdo con la nacionalidad de las partes.
*Al finalizar la clase se pedirá al alumno que tome una hoja en blanco y realice a su real entendimiento un concepto de Crédito; habiendo terminado la mayoría o mejor aún, la totalidad de los alumnos, se procederá a dar lectura a algunos de los conceptos, comentarlos y complementarlos, para finalizar con el dictado del siguiente:
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