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Terminos Economicos


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  12.112 Palabras (49 Páginas)  •  314 Visitas

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A

ACCIÓN: parte o fracción del capital social de una sociedad o empresa constituida como tal. Concretamente se refiere al título o valor negociable que representa a esa fracción.

ACCIONISTA: es el nombre que reciben los dueños de una o más acciones. En definitiva es el nombre que se les da a los socios de cualquier sociedad anónima.

ACREEDOR: individuo que debe dinero que ha solicitado anteriormente a una entidad financiera. Deudor.

ACTIVIDAD GLOVAL, TASA: cociente entre la población activa y la población total, expresado en porcentaje.

ACTIVO: es un bien, físico o financiero, con un valor de mercado cuya posesión proporciona riqueza.

AGENTES ECONÓMICOS: individuos o colectivos que consumen y producen a la vez, o no.

AHORRO: dinero que se guarda con el fin de no gastarlo y así poder disponer de él en otra ocasión.

AMORTIZACIÓN: flujo monetario destinado únicamente a la reposición del capital productivo deteriorado.

ARANCEL: dícese del conjunto de derechos de aduana que existen en vigor en un país determinado y en un momento determinado.

AUTARQUÍA: sistema económico donde un país se autosatisface de todo producto necesario para su economía, por lo tanto está cerrado al comercio exterior.

AUTOCONSUMO: acción que se produce cuando los individuos producen todo lo necesario para vivir.

AVAL: contrato legal en que se consigue un crédito con la garantía de un sujeto o más de uno (dependiendo de la cantidad), diferente del acreedor, que en caso de impago se hace responsable.

AVALISTA: persona que da consentimiento a ser una garantía de pago en un aval.

B

BANCO CENTRAL EUROPEO (BCE): institución europea cuyo cometido es que el Sistema Europeo de Bancos Centrales cumpla su misión: asegurar la estabilidad de precios dentro de una economía abierta de libre mercado.

BANCO: establecimiento público de crédito.

BENEFICIO ANTES DE IMPUESTOS: es el obtenido al deducir de las ventas todos los gastos, con excepción del impuesto de sociedades.

BENEFICIO BRUTO: véase beneficio de explotación.

BENEFICIO DE EXPLOTACIÓN: es la cifra resultante de deducir de las ventas el coste de explotación.

BENEFICIO DEL EJERCICIO: es el obtenido al deducir de las ventas todos los gastos del ejercicio. Se le denomina también beneficio neto.

BENEFICIO POR ACCIÓN CON DILUCIÓN: cifra que muestra los beneficios por acción, suponiendo que se ejercitasen todas las opciones de compra y warrants de la acción, y que todos los bonos convertibles que la empresa haya emitido se convirtieran en acciones.

BENEFICIO, TESIS DEL: defendida por los Premios Nobel Modigliani y Miller, sostiene que lo determinante del valor de las acciones no son los dividendos, sino la capacidad generadora de caja de los activos de la empresa. Según tal tesis, el reparto del beneficio anual entre dividendos y reservas es una cuestión interna, que no afecta al valor de mercado de las acciones de la sociedad.

BENEFICIOS DEFINIDOS: son aquellos planes de pensiones que tienen comprometidos un nivel de beneficios para los pensionistas, independientes de los activos de que disponga el fondo. El tamaño de la pensión a recibir, suele calcularse en función del nivel salarial y del tiempo que el empleado haya trabajado. Hay dos maneras de asegurar el pago: el sistema pay-as-you-go; y el de financiación completa, por el que se aportan al fondo anualmente las cantidades que se estime que igualarán el valor actual de las pensiones a pagar.

BENEFICIOS FISCALES: son las subvenciones que se conceden a empresas para fomentar actividades concretas, vía exoneración o bonificación fiscal. Su monto total y su desglose, según la Constitución española de 1978 (artículo 134.2) deben especificarse anualmente en los presupuestos generales del Estado.

BENEFICIOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS: beneficio obtenido después de gastos e ingresos financieros.

BENEFICIOS RETENIDOS: son los que una empresa no reparte como dividendos, sino que los destina a autofinanciación. La parte de ellos que no pase a formar parte de las reservas legales, puede distribuirse como dividendos en los años subsiguientes.

BENEFIO NETO: véase beneficio del ejercicio.

BIEN: cualquier cosa susceptible de satisfacer una necesidad. Se suele exigir que la capacidad de satisfacerla responda a alguna propiedad de la cosa y que sea conocida por el individuo.

BIENES DE EQUIPO: bienes de uso y de consumo colectivos, es decir, que los poseedores son dos o más. Los consumidores más típicos de estos bienes son las empresas. (maquinaria, automóviles, etc.)

BIENES DE USO Y DE CONSUMO: posesiones que son perecederas o bien que solo se pueden consumir una vez. El consumidor más típico de este bien es el consumidor de la calle.

BOLSA DE VALORES: mercado que realiza una función de intermediación financiera entre inversores y ahorradores, es el mercado donde se compran y venden títulos de renta fija y variable.

BOLSA: mercado de divisas ubicado en una gran ciudad.

BILATERAL: Se le llama así a la reciprocidad que define las obligaciones y derechos de dos partes involucradas en un contrato.

BILATERALIDAD: Se reconoce con este término a aquellas normas jurídicas cuyas características otorgan facultades y definen obligaciones a un mismo tiempo para dos partes actuantes.

BOLSA DE VALORES: Institución privada, constituida como Sociedad Anónima de Capital Variable, que tiene por objeto facilitar las transacciones con valores y procurar el desarrollo del mercado respectivo; establecer locales, instalaciones y mecanismos que faciliten las relaciones y operaciones de valores; proporcionar y mantener a disposición del público, información sobre los valores inscritos en la bolsa, los listados del sistema de cotizaciones y las operaciones que en ella se realicen; velar por el estricto apego de la actividad de sus socios a las disposiciones que les sean aplicables; certificar las cotizaciones en bolsa; y realizar aquellas otras actividades análogas o complementarias a las anteriores que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

BONIFICACION: La deducción obtenida o concedida en los precios

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