Tesina Sobre Reforma Energetica
lizbeths19 de Noviembre de 2012
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Elección y delimitación del tema:
Relación de la reforma de Estado con los compromisos Internacionales suscritos por México con la Organización Mundial de Comercio y el Fondo Monetario Internacional y sus alternativas desde el punto de vista legal.
Estado de la Investigación.
Planteamiento del problema:
México a raíz de su incorporación al GATT en 1986 y sobre todo con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), realizo el mayor ajuste de que se tenga memoria a su legislación en la materia, con el propósito de adecuarlas a las normas del GATT y sus compromisos adquiridos con el TLCAN, con respecto a este último se tiene la obligación por parte de los tres países de informar cualquier cambio en sus respectivos marcos jurídicos que afecten los compromisos pactados, como un reconocimiento de la estrecha vinculación de ambos ordenamientos. A partir de esto podemos darnos cuenta de la jerarquía que se le esta dando a los tratados internacionales poniéndolos por encima de la legislación nacional.
Dado que el TLCAN tenía la intención de impulsar la inversión norteamericana y canadiense en México, fue necesario reformar la Ley de inversión Extranjera a finales de diciembre de 1993 para favorecer al comercio internacional de acuerdo con los principios del GATT, aceptando nuevas normas que flexibilizaran la inversión extranjera en las empresas Mexicanas al respecto dicha Ley determina actividades de tres tipos :
a).- Las reservadas al Estado
b).-Las reservadas a los mexicanos o sociedades mexicanas con cláusula de exclusión.
c) Actividades que permiten la participación de extranjeros.
Un aspecto relevante de la nueva legislación es la eliminación de los requisitos de desempeño que se imponían a los inversionistas extranjeros.
La Ley de Inversión Extranjera fue aprobada por el congreso en 1993 y sustituye el ordenamiento de 1973. Los veinte años que median entre una disposición y otra nos refieren la importancia de los cambios mundiales frente al fenómeno de la inversión extranjera al cual México por sus compromisos internacionales también tubo que adecuarse adaptando la legislación.
Desde esta época se abordo la delicada cuestión de las condiciones en que puede participar la Inversión Extranjera en relación en dominio directo de los bienes consagrados para dominio nacional por la constitución.
Por su importancia en relación al Comercio Internacional es conveniente referirnos a la Ley de Comercio Exterior que previo a la entrada en vigor del TLCAN preciso aquellos temas que debían estar contemplados en la legislación mexicana desde nuestro ingreso al GATT, dicha ley en su parte sustantiva alude a las prácticas desleales al Comercio Internacional y se desarrolla por primera vez el concepto de salvaguarda en la legislación mexicana, y se determinan las reglas específicas para imponerlas cuando existan importaciones masivas que causen o amenacen causar un daño serio a la producción nacional.
Por su parte la ley de propiedad industrial, en realidad se promulgo en 1991 y buscaba en la primera instancia ajustarse a ciertas disposiciones del GATT, sin embargo sus sucesivas reformas han mantenido una estrecha relación con el TLCAN , por su importancia en el tema de franquicias esta ley fue modificada recientemente para dar paso a una mejor regulación que permita garantizar los derechos de propiedad a ambas parte en un contrato de franquicia, cabe destacar que el 35 % de las franquicias en México son de origen Norteamericano.
Al igual que la anterior norma jurídica, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización entro en vigencia antes del TLCAN y tenía el propósito de adecuar la normatividad interna a la del comercio mundial por lo que se refiere a sistemas de medición y normalización.
Justificación:
El presente trabajo de investigación pretende cambiar el paradigma actual de que la reforma energética permitirá la modernización de PEMEX y ello repercutirá necesariamente en el bienestar de todos los mexicanos dando a esta propuesta autonomía jurídica es decir que surja de la necesidad de nación y por ello todos estemos de acuerdo con su implementación, cuando es totalmente contraria a nuestros intereses como nación y por ello se considera heterónoma por que no surge de una necesidad de nación sino una imposición por intereses ajenos a los nacionales.
Objetivo General:
A partir de esta investigación se pretende conocer la participación de México en estos organismos internacionales y lo que ello implica en la elaboración de la política económica de nuestro país caso concreto la reforma energética, que mas tarde se convertirán en leyes obligatorias para todos los mexicanos, además de identificar la jerarquía de los Tratados Internacionales dentro de nuestro sistema de leyes frente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos lo que implicaría saber en la negociación de los tratados internacionales que ley se modifica y si el tratado se adecua a la legislación nacional o viceversa y una vez firmados los tratados y puestos en vigor específicamente TLCAN e ingreso al FMI y OMC cuales pueden ser las alternativas de aplicación para no menguar el bienestar nacional.
Objetivos particulares:
Conocer las obligaciones que tiene México por pertenecer a la OMC y su relación de estas con la reforma energética.
Señalar las condiciones del FMI plasmadas en las cartas de intención firmadas por México al solicitar un préstamo y su vinculación con la reforma energética.
identificar la jerarquía de los Tratados Internacionales desde el punto de vista doctrinal en el sistema legal mexicano.
Señalar las contradicciones entre lo dictado por la OMC y la CPEUM
Proponer alternativas que permitan cumplir con la ley y un desarrollo sustentable de los energéticos en beneficio de los mexicanos.
Hipótesis
De lo anterior podemos desprender que la propuesta de Ley hecha por el presidente de México Felipe Calderón sobre la reforma energética el 8 de abril de 2008 en donde plantea modificaciones a la Ley Reglamentaria del articulo 27 constitucional en el ramo del petróleo, se propone legalizar y ampliar lo que fueron lo contratos de servicios múltiples (CSM), toda ves que se faculta a PEMEX y sus organismos subsidiarios convenir los contratos de obras y prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere.
Otra modificación al articulo 4 de esa Ley reglamentaria del 27 constitucional establece que los sectores social y privado podrán realizar las actividades de transporte, almacenamiento y distribución de gas, de los productos que se obtengan de la refinación de petróleo y de petroquímicos básicos.
Se inserta en la política dictada por los organismos internacionales antes citados, específicamente en materia de inversión y que dentro de lo sería un análisis sobre la jerarquía de las leyes mexicanas se esta poniendo a los tratados Internacionales firmados por México por encima de la constitución, específicamente sobre el articulo 27 constitucional párrafo séptimo.
Marco Teórico:
De acuerdo con el orden jerárquico normativo en el derecho mexicano
Las normas jurídicas en México se clasifican de la siguiente manera:
Derecho Federal Derecho Local
Constitución Federal Normas locales ( leyes, reglamentos y decretos)
Leyes Federales y Tratados Disposiciones reglamentarias
Normas individualizadas.
Marco Legal:
El precepto fundamental del orden jerárquico normativo del derecho mexicano lo formula el articulo 133: “Esta constitución, las leyes del congreso de la unión que emanen de ella, y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la Republica con la aprobación del Senado, serán ley suprema de toda la unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los Estados. (Principio de la supremacía de la constitución).
Art. 40 Constitucional que a la letra dice:
“Es la voluntad del pueblo mexicano constituirse como una república, democrática, federal, compuesta por estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”
Art.41 Constitucional
“El pueblo ejerce su soberanía por medio del congreso de la unión, en los casos de la competencia de estos, y por los estados, en lo que toca a sus regimenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente constitución federal y las particulares de los estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal”
Art. 49 Constitucional
“El supremo poder de la federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y judicial”.
Marco histórico:
En la década de los ochentas México vivió una de las crisis más grandes de su historia, concretamente en el sexenio de José López Portillo, los altos precios de petróleo y de algunos productos agrícolas y minerales provocaron euforia en México y el algunos países de América Latina, la inversión publica y privada se elevo financiada en gran parte, con créditos externos, obtenidos con gran facilidad y tasas de interés muy bajas dada
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