ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Testamentos


Enviado por   •  6 de Abril de 2014  •  2.132 Palabras (9 Páginas)  •  299 Visitas

Página 1 de 9

Testamento- Es un acto juridico- manifestacion de voluntad para generar consecuencias de derecho que la ley protege y estimula.

Acto juridico solemne

[Elementos de exisencia- voluntad, objeto directo que es crear, transmitir D. y obl., solemnidad. Elementos de validez- capacidad, forma, licitud en el objeto indirecto que es la cosaque el obligadondebe hacer o no hacer y ausencia de vicios en el consentimiento]

27-02-14

Repaso.

Art. 1607, al 1615 yl 1616 hasta el 1623.

04-03-14.

Testamento: acto juridico, solemne, unilateral,libre, personalisimo, revocable mediante el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos o reconoce o constituye deberes ( obligaciones) para despues de su muerte.

disponer de sus bienes y derechos.

Elemntos de existencia: voluntad, objeto y solemnidad.

Voluntad otorgada por persona capaz- mayor de edad- un testamento publico abierto lo puede dictar una persona mayor de 16 años en pleno uso de sus facultades mentales.

Elementos de validez: capacidad, forma- por escrito, ante un fedatario-, la licitud -en el fin, motivo y objeto del acto juridico-, ausencia de vicios en el consentimiento (voluntad) -error, lesion art 17, violencia. Dolo y mala fe son las conductas activas y pasivas que nos conducen al error.

Art 1295 CC.

TIPOS DE TESTAMNTO:

ORDINARIOS:

Testamento ordinario

Publico abierto.

Publico cerrado.

Publico simplificado

Olografo.

EXTRAORDINARIOS:

Privado.

Militar.

Maritimo.

Hecho en pais extranjero.

Ineficacias de los testamentos: puedenser por:

Nulidad- es cuando el testamento no reune los requisitos que establece la ley, entonces es nulo.

Revocacion- puede ser expresa que es cuando el testador pide que deje de tener efectos, y la tacita es cuando vuelve a hacer un testamento.

Inoficiosidad -se da cuando el testador tiene obl alimentarias y no las prevee en el testamento.

Caducidad- si el testamento no se presenta para su validacion ante el juez de lo familiar. Cuando en el testamento nombro herederos pero mueren antes que yo y por eso cae en caducidad, osea, que no surte efectos.

Losnextraordinariosntienen una vigencia de 30 dias.

LEER TODO LO RELATIVO A LA INEFICACIA DE LOS TESTAMENTOS.

CLAUSULAS PERFECTAS- aquellas destinadas a cumpkir el objetivo del testamento (nombramiento de albaceas)

CLAUSULAS IMPERFECTAS contiene la manifestacion de la voluntad ajena a la transmision de bienes, derechos y obligaciones.

INSTITUCIONES DE :

derecho de acrecer: es cuando el testador nombra a sus herederos ejem. A B C D E y si ejemplo B murio y D repudio, dntonces lonque les correspondia a los que se murieron se les va a losnherederos A C E

substitucion: es cuando se nombran a varios si uno no puedenpara que pueda el otro.

EXPO TESTAMENTO MARITIMO! EXPLICARLOS EN CLASE. No leer, sistematico, concreto. Que se entiende oor dicho testamento, condiciones para poderlo dictar, autoridad, clausulas, temporalidad, requisitos para que surta sus efectos. Y entregar un resumen.

EL TESTAMENTO YA NO ES PARA ESTE EXAMEN.

TESTAMENTOS:

Testamentos Ordinarios

Publico abierto

Publico cerrado

Publico simplificado

Olografo.

Testamentos extraordinarios:

Privado

militar

maritimo

hecho enpais extranjero

Hay test q por su forma de emitirse no necesitan decirse que si son o no sontestamentos.

testamentos perfectos- aquel q no requiere nada para q una vez fallecido su autor publico abierto, publ simplificado y elnhecho enpais extranjero.

Imperfectos porque no lo sabemos.

TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO:

Artículo 1511. Testamento público abierto es el que se otorga ante notario, de conformidad con las disposiciones de este Capítulo.

Artículo 1512. El testador expresará de modo claro y terminante su voluntad al notario. El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme. Si lo estuviere, firmarán la escritura el testador, el notario y, en su caso, los testigos y el intérprete, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.

Artículo 1513.- En los casos previstos en los artículos 1514, 1516 y 1517 de este Código, así como cuando el testador o el notario lo soliciten, dos testigos deberán concurrir al acto de otorgamiento y firmar el testamento. Los testigos instrumentales a que se refiere este artículo podrán intervenir, además, como testigos de conocimiento.

Artículo 1514.- Cuando el testador declare que no sabe o no puede firmar el testamento, uno de los testigos firmará a ruego del testador y éste imprimirá su huella digital.

Artículo 1515. (Se deroga).

Artículo 1516. El que fuere enteramente sordo; pero que sepa leer, deberá dar lectura a su testamento; si no supiere o no pudiere hacerlo, designará una persona que lo lea a su nombre.

Artículo 1517.- Cuando el testador sea ciego o no pueda o no sepa leer, se dará lectura al testamento dos veces: una por el notario, como está prescrito en el

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (13.3 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com