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Tipos De Sociedades


Enviado por   •  12 de Abril de 2015  •  3.831 Palabras (16 Páginas)  •  247 Visitas

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SOCIEDADES CIVILES

Las sociedades civiles son formas de agrupación cuyo fin principal es desarrollar alguna actividad económica sin que éstas constituyan actos de comercio.

¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD CIVIL?

Es un conjunto de personas físicas y/o morales que se unen para crear una persona moral, lograr un fin común y generar ganancias, pero sin realizar actos comerciales. Estas personas reciben el nombre de socios.

¿QUÉ LEY LAS REGULA?

Se encuentra regulada por el Código Civil a nivel Federal y por los Códigos Civiles vigentes en cada Estado de la República a nivel local.

¿POR QUÉ SE CONSTITUYEN SOCIEDADES CIVILES?

Porque este tipo de personas morales permiten realizar actividades que aunque no constituyen actos de comercio producen ganancias económicas a sus socios.

¿QUIÉNES OPTAN POR ELEGIR ESTA FIGURA?

Generalmente las personas que adoptan esta figura jurídica son aquellas que desean desarrollarse dentro del giro de prestación de servicios como profesionistas, por ejemplo: abogados, profesores, contadores, arquitectos, diseñadores, entre otros.

¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES?

• La razón social generalmente se forma por los nombres de los socios y debe ir acompañada de las palabras Sociedad Civil o de sus siglas S.C.

• Los socios deben hacerse responsables con la sociedad hasta por la cantidad total de sus aportaciones, salvo en el caso de los socios que se encargan de la administración de la sociedad; en este caso la responsabilidad es subsidiaria, solidaria e ilimitada.

• Los socios deben contribuir en las pérdidas de la sociedad en caso de que el capital social sea insuficiente para cubrirlas. Únicamente el socio industrial no comparte la responsabilidad en las pérdidas.

• No se exige un fondo de reserva mínimo.

• Para que un socio pueda ceder su participación en la sociedad, requiere autorización de todos los demás socios, a menos que acuerde lo contrario.

¿CÓMO SE COMPONE EL CAPITAL?

El capital de una sociedad civil se compone por las aportaciones de los socios, las cuales se denominan partes sociales. Las aportaciones pueden ser en dinero, bienes o trabajo.

¿CÓMO SABER QUIÉNES SON LOS SOCIOS?

Con los asientos en el Libro de Registro de Socios y la constancia en el Registro Público de Comercio de su localidad.

¿HAY VARIOS TIPOS DE SOCIOS?

Sí: socios propietarios (industriales o los que aportan bienes o dinero) quienes constituyen la sociedad, además de los que sean admitidos con posterioridad con esta calidad. Pueden existir asociados, que la junta de socios admita con esa calidad.

Los asociados no pueden formar parte de la administración de la sociedad y su responsabilidad se limita al desempeño de sus actividades profesionales a favor de la sociedad.

¿CÓMO SE ADMINISTRAN?

A través de un socio administrador o de varios socios administradores.

SOCIEDADES MERCANTILES

¿qué es una sociedad mercantil? El código civil la define como “un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan“. De igual forma, se le conoce como una institución; es decir, como una agrupación de personas vinculadas con el fin de colaborar con una determinada idea de bien común que cuenta con personalidad jurídica para tal fin. Esto significa que, a partir de la constitución de una sociedad emrcantil, se le da vida a una persona moral. En general, puede decirse que los beneficios que se persiguen con la constitución de sociedades, es poder reunir una mayor cantidad de capital para desarrollar negocios de mayor envergadura, y gozar del beneficio de la responsabilidad limitada.

¿Cuáles son los requisitos que toda sociedad debe reunir?

• Afán de lucro. Esto significa que la persona moral será constituida para generar beneficios económicos. Si no se pretende tener beneficios económicos o de lucro, entonces no se constituye una sociedad mercantil.

• Contribución a las pérdidas. Es el riesgo inherente al negocio y es compartido por todos los socios.

• Aportación inicial. Es la contribución patrimonial de los socios: puede estar representada por dinero, bienes muebles o inmuebles o bien, trabajo.

• La affectio societatis. Que es la intención existente por parte de los socios de lograr un bien común para la sociedad.

Ahora bien, ¿cuáles son los tipos de sociedades que existen y cuáles son sus características?

Existen, de acuerdo a su naturaleza, las sociedades civiles y las sociedades comerciales.

Las primeras se crean cuando no se tienen bienes físicos para comercializar. Esto significa que sus negocios son civiles. Para el caso de las segundas, se crean para realizar actividades de comercio. Necesariamente involucran la transacción comercial derivada de una compra-venta.

De aceurdo con sus características formales—la responsabilidad de los socios, su administración, razón social, etc.—tenemos:

• Sociedades colectivas. Son las que involucran dos o más personas que, ilimitada y solidariamente responsables, se unen para comerciar en común, administrando la sociedad por sí o por mandatario elegido de común acuerdo.

• Sociedades anónimas. Es una persona jurídica que crea a partir de la reunión de un fondo común, que cuenta con accionistas responsables sólo por sus respectivos aportesy es administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Estas sociedades se constituyen con un capital social mínimo de $50,000 pesos, dividido en partes iguales llamadas acciones y por mínimo 2 personas. Su duración puede ser de 1 a 99 años. Estas sociedades pueden ser abiertas (que pueden hacer oferta pública de acciones) o bien cerradas.

• Sociedades en comanditas. Son aquellas que se celebran entre una o más personas que prometen llevar a la caja social un determinado aporte, y una o más personas que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí o sus delegados y en su nombre particular. En este tipo de sociedad,no todos están obligados a lo mismo, y en la misma medida. No tienen un mínimo de capital inicial para formarse. Se forma con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de las palabras “y compañía”. El socio o socios comanditarios no pueden ejercer nunca el cargo de administradores, pero si tienen derecho a autorizar y vigilar la buenafunción de su sociedad.

• Sociedades de responsabilidad limitada. Este tipo de sociedades es aquella en que los socios administran por sí o por mandatarios elegidos por ellos, y en que su responsabilidad está limitada al monto de sus aportes o la suma que—además de dicho monto—se establezca en los estatutos sociales. El capital social mínimo es de $3,000 pesos;Tiene una naturaleza mixta por lo que funcionan a partir del principio: quien tiene el poder de administrar, responde ilimitadamente de las deudas sociales; y quien esta desprovisto de la administración responde solo con su aporte.

ATRIBUTOS

Loas atributos de la personas físicas son: la capacidad, estado civil, patrimonio, nombre, domicilio y nacionalidad.

La capacidad es el el atributo mas importante de las personas. Todo sujeto de derecho, por serlo, debe tener capacidad jurídica; ésta puede sor total o parcial. Es la capacidad de goce el atributo esencial e impresindible de toda persona, ya que la capacidad de ejercicio se refiere a las personas físicas, puede faltar en ella y, sin embargo, existir la personalidad. La capacidad de goce es la aptitud oara ser titular de derechos o para ser sujeto de obligaciones. Todo sujeto debe tenerla.

El estado civil de una persona consiste en la situación jurídica concreta que guarda en la relación con la familiay se descompone en las distintas calidades de hijo, padre, esposo o pariente por consanguiniedad, por afinidad o por adopción.

El patrimonio es el conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de una valorización pecuniaria.

El domicilio es el lugar en que una persona reside habitualmente con el proposito de radicarse en él.

El nombre de una persona esta compuesto del (los) primer(os) nombre(s) del sujeto, su apellido paterno y su apellido materno.

TRIBUTOS DE LAS PERSONAS MORALES

Los atributos de las personas morales son:

1. Es la denominación o razón social que reciben las personas morales y que sirve para distinguirlas unas de otras y para que puedan entrar en relaciones jurídicas con los demás sujetos de derecho.

2. Nombre

Es el lugar donde las personas morales establecen su administración

1. Domicilio

2. Patrimonio

Es el conjunto de derechos y obligaciones que se encuentran afectados o determinados a un fin determinado

Las Personas Morales en nuestro Derecho

Nuestro sistema legal acepta como personas morales a los siguientes:

1. La nación, los estados y los municipios

2. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley (INEGI, IMMS, ISSSTE)

3. Las sociedades mercantiles o civiles (Romasa, Adidas)

4. Los sindicatos o asociaciones profesionales

5. Las sociedades corporativas y mutualistas

TRAMITES DE APERTURA DE UNA EMPRESA

Principales trámites para abrir un negocio

El número de trámites que se tienen que cubrir para abirir un negocio va entre 8 y 9, ésto dependiendo del tipo de negocio, del estado y a su vez de la localidad, además del número de trámites especificamente establecios para el registro de la propiedad y el cual va generalmente entre 6 y 7.

Entre estos trámites se encuentran:

Trámite federal

- Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, en el régimen que más te convenga, según las actividades que vaya a realizar tu empresa.

Trámite estatal

-Registro Estatal de Causantes (REC). En cada entidad federativa hay un Módulo de Asistencia al Contribuyente para orientarlo al respecto.

Trámite municipal

-Solicitud de Licencias de Uso de Suelo, Edificación y Construcción ante el municipio correspondiente:Para obtener el certificado te piden copia de la identificación oficial y copia de la última boleta predial. Tardan aproximadamente cinco días hábiles en entregarlo.

Es importante aclarar que el permiso se expide para el inmueble no para la persona; tiene vigencia de dos años, es decir que el interesado cuenta con dos años para concluir con el proceso para abrir su establecimiento.

- Aviso de Declaración de Apertura o licencia de funcionamiento (según el caso): La Declaración de Apertura no tiene vigencia. Mientras el establecimiento no cambie de de giro no es necesario renovar este documento, sin embargo, cuando se va a cerrar se tiene que dar aviso de que se cierra o traspasa.

-Inscripción del Registro Empresarial ante el IMSS: La inscripción debe hacerse dentro de un plazo no mayor de cinco días de iniciadas las actividades. Al patrón se le clasificará de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Empresas y denominación del Grado de Riesgo del Seguro del Trabajo, base para fijar las cuotas que deberá cubrir.

-Apertura de Establecimiento ante la Secretaría de Salud: Esta licencia tiene por lo general una vigencia de dos años y debe revalidarse 30 días antes de su vencimiento.

-Inscripción en el Sistema de Información Empresarial Mexicano SIEM ante la Secretaría de Economía, con lo cual tendrán la oportunidad de aumentar sus ventas, acceder a información de proveedores y clientes potenciales, obtener información sobre los programas de apoyo a empresas y conocer sobre las licitaciones y programas de compras del gobierno.

-Inscripción al Padrón de Importadores ante la Secretaría de Economía .

- Trámite del Registro de la Propiedad: Sirve para comprobar la situación Jurídica Regístral que guarda un Inmueble, en lo relativo a los gravámenes, limitación de dominio o anotaciones preventivas por el tiempo solicitado.

El costo de los trámites para iniciar su negocio como el tiempo que va a invertir en llevarlos a cabo depende de cada estado y entidad; encontrándose entre los más caros el Estado de México, donde el costo de abrir una empresa representa el 73.9 por ciento del ingreso per cápita y el tiempo dedicado a ello es de tres meses.

Chihuahua es otro de los estados más caros para instalar un negocio, ya que representa el 32.3 por ciento del ingreso per cápita, llevándose en la tramitación de éste un lapso de 2 meses una semana aproximadamente.

Veracruz: El costo de abrir un negocio representa el 35.6 por ciento del ingreso per cápita, logrando cubrir todos los trámites pertinentes en dos meses y medio.

Aguscalientes y jalisco se colocan entre los estados donde el costo por abrir una empresa es menor.

En Aguascalientes se requiere del 7.3 por ciento del ingreso per cápita, invirtiendo un tiempo de dos meses para llevar a cabo los trámites pertinentes.

Y para Jalisco, los trámites para su negocio significa el 10.9 por ciento del ingreso per cápita, y se requieren de tres meses.

Uno de los pagos más elevados que se realizan al iniciar una empresa es cuando se constituye en una sociedad mercantil, con un costo promedio de 10,000 pesos en honorarios y derechos ante notario público y otro es al inscribir una marca ante el Instituto de la Propiedad Industrial , con un costo de 2,500 pesos.

Entre los pagos más pequeños se encuentran el de la obtención de constancia de uso de suelo, con 600 pesos y el de los trámites ante Delegación Política sobre aviso de apertura de establecimiento mercantil, que son gratuitos.

Dependencias encargadas de otorgar y verificar sus trámites

Comercio, Abasto y Desarrollo Rural: Gestionará tu registro ante el Padrón Municipal.

Protección Civil: Verificará que se cumplan las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la sociedad.Supervisión: Observará que no exista impedimento por parte de la comunidad. Desarrollo Urbano: Comprobará que el giro sea adecuado al uso de suelo de la zona y que cumpla con la normatividad vigente.

LEYES QUE RIGEN A LAS SM Y AC

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.

Capítulo 1.

De la constitución y funcionamiento de las sociedades en general.

A que se refiere cada uno de los artículos:

Articulo 1°

Articulo 2°

Articulo 3°

Articulo 4°

Artículo 5°

Articulo 6°

ARTICULO 6°

Contenido de la escritura constitutiva.

I.- Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constipan la sociedad.

II.- El objeto de la sociedad.

III.- Su razón social o denominación.

IV.- Su duración.

V.- El importe del capital social.

VI.- La expresión de lo que cada uno de los socios aporte en dinero o en otros bienes.

VII.- El domicilio de la sociedad.

VIII.- La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores.

IX.- El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social.

X.- La manera de hacer la distribución de utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad.

XI.- El importe del fondo reserva.

XII.- Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente.

XIII.- Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido asignados anticipadamente.

ARTÍCULO 89.

Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere:

I.- Que haya dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos.

II.- Que el capital social no sea menor de $50,000.00 y que este íntegramente suscrito.

III.- Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos, el veinte porciento del valor de cada acción pagadera en numerario.

IV.- Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.

ARTÍCULO 91.

La escritura constitutiva de una sociedad anónima deberá contener además de los datos requeridos por el artículo 6°, los siguientes:

I.- La parte exhibida del capital social.

II.- El número, valor nominal y naturaleza de las acciones en que se divide el capital social.

III.- La forma y términos en que debe pagarse la parte insoluta de las acciones.

IV.- La participación en las utilidades concebida a los fundadores.

V.- El nombramiento de uno o varios comisarios.

VI.- Las facultades de la asamblea general y las condiciones para la validez de sus deliberaciones, así como para al ejercicio del derecho de voto.

las Sociedades y las Asociaciones Civiles en solitario sí encuentran reguladas en los Codigos Civiles respectivos, y el Hecho de Que no sean tan exahustivos sí debe una cola el codigo nomas da las Pautas, las Asociaciones y las Sociedades sí Crean Por La manifestacion de La voluntad de Las contradictorio (o Socios) y porción del tanto sí Rigen Por Lo Que convienen Los Socios, obviamente Siempre Que No Vaya en contra de Lo Que regula la ley.

NOMBRE DE LA EMPRESA

omo emprendedor necesitarás de algo muy importante para darte a conocer entre los consumidores: un buen nombre y un logo llamativo.

Esto es algo que parece simple, pero en realidad es un proceso que te significará bastante trabajo. Nombre y logo deben ser asertivos y conseguir llamar la atención de los clientes, ya que de no lograrlo, aunque ofrezcas un producto de excelente calidad, tu negocio puede no reportar las ganancias que esperas.

El nombre que le darás a tu PyMe es tu tarjeta de presentación, la primera impresión de tu empresa. El logo es lo que identificará tu negocio, es lo que tu cliente recordará cuando busque tu producto.

Por lo tanto, nombre y logo deben ser cuidadosamente escogidos, ya que ambos te acompañarán en el proceso de consolidación de tu negocio. No puedes decidir cambiarlo a los cinco años de funcionamiento porque de esa forma desorientas a tus consumidores, y terminarás perdiendo a una gran cantidad de ellos.

Para que no cometas errores, te entregamos las claves para que definas el nombre y logo correcto de tu nueva empresa. Toma nota:

1. Una buena forma de elegir el nombre para tu empresa es utilizando tu propio apellido. Es una opción simple y formal para identificar tu producto o servicio.

Optar por esta modalidad te lleva a enfocar tu logo como una representación fiel de lo que es tu empresa. Es necesario que el logotipo se desarrolle de tal forma que muestre la identidad de tu nombre.

2. Puedes utilizar un nombre que haga referencia directa a tu producto. Esta opción es buena cuando te especializas en determinado sector, como por ejemplo las hamburguesas.

Esta opción puede ayudar a simplificar la creación de tu logo, ya que si te estás especializando en la venta de algo específico, el diseño es relativamente fácil.

3. Preocúpate por que el nombre signifique más que un producto, que haga referencia a la calidad a los precios o los beneficios. Por ejemplo, si vendes zapatos, que se destaque que son económicos.

Al destacar un beneficios dentro del producto, desarrollar un logo puede ser menos complicado. Si tomas el ejemplo anterior, el diseñador podrá incluir un signo peso dentro del logo, dando a entender la economía del producto.

4. Puedes optar por un nombre creativo que presente una palabra o término que lleve un significado especial, al cual tú le entregarás el concepto con el paso del tiempo y la conformación de tu propia marca, como es el caso de Yahoo! o Google.

Las mejores piezas gráficas se logran con la ayuda de un profesional dedicado al diseño, arte o disciplina relacionada, pero es recomendable que si el nombre que elegiste tiene algo de fantasía, preocúpate de trabajar con tu diseñador compartiendo ideas. De esta forma evitas que el profesional se vuelva demasiado creativo y desvíe la atención de los objetivos que quieres lograr con el logo.

Sociedad anónima

La sociedad anónima (abreviatura: S.A.) es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción de un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado. Existen sociedades anónimas tanto de capital abierto como de capital cerrado.

Junta General de Accionistas

Artículo principal: Junta General de Accionistas

La Junta General de Accionistas, también denominada Asamblea General de Socios, es la encargada, entre otras funciones, de elegir a los administradores de la sociedad, pero todo eso en un plazo de dos meses.

Es la reunión de los accionistas de la sociedad y es el órgano máximo de esta. Ante ella pueden actuar los accionistas por si mismos o representados mediante poder otorgado por documentos públicos o privados

Administradores de la sociedad

La sociedad anónima, para su vida diaria, necesita de valerse de un órgano ejecutivo y representativo a la vez, que lleve a cabo la gestión cotidiana de la sociedad y la represente en sus relaciones jurídicas con terceros.

La estructura del órgano de administración de una sociedad constituye una de las menciones más importantes de los estatutos.

En general, los ordenamientos jurídicos permiten que cada sociedad pueda organizar su administración de la forma que estime más conveniente, no impone una estructura rígida y predetermina al órgano administrativo y faculta a los estatutos para decantarse entre varias formas alternativas.

Las formas habitualmente permitidas son:

• Administrador único

• Varios administradores solidarios

• Dos administradores conjuntos

• Un Consejo de administración, también denominado Directorio en algunos países, o Junta Directiva.

• Administrador Socioeconómico

Para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere cumplir una serie de requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico respectivo. Entre ellos, generalmente se incluye, según la legislación en concreto:

1. Un mínimo de socios o accionistas, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos (en España se contemplan las sociedades "unipersonales")

2. Un mínimo de capital social o suscripción de las acciones

3. La escritura constitutiva de la sociedad anónima con ciertas menciones mínimas de este

En algunos sistemas, las sociedades anónimas pueden constituirse a través de un doble procedimiento práctico, regulado específicamente por los diferentes intereses jurídicos, y constitución final de la sociedad; a través de la asamblea constituyente, códigos o leyes mercantiles: Fundación simultánea y Fundación sucesiva.

• Fundación simultánea: bajo este procedimiento la fundación de la sociedad tiene lugar en un único acto en el que concurren todos los socios fundadores, poniendo de relieve su deseo de constituir una sociedad anónima.

Accionistas

Accionista es aquella persona natural (persona física) o jurídica que es propietaria de acciones de los distintos tipos de sociedades anónimas o comanditarias que pueden existir en el marco jurídico de cada país.

El accionista es un socio capitalista que participa de la gestión de la sociedad en la misma medida en que aporta capital a la misma. Por lo tanto, dentro de la sociedad tiene más votos quien más acciones posee.

Tratándose de una sociedad anónima, puede existir un gran número de accionistas que no participan necesariamente en la gestión de la empresa, y cuyo interés es únicamente recibir una retribución en dividendo a cambio de su inversión. Sin embargo, dichos accionistas sí están interesados en conocer su desarrollo. En este caso es la información contable la que les permite lograr dichos propósitos.

Si bien los derechos del accionista pueden variar en función de la legislación y de los estatutos de la sociedad, normalmente los accionistas tienen los siguientes derechos:

Derechos económicos:

• Derecho a percibir un dividendo en función de su participación y cuando así lo acuerde la sociedad.

• Derecho a percibir un porcentaje del valor de la sociedad si esta es liquidada.

• Derecho a vender su acción libremente en el mercado. Este derecho en ocasiones se ve limitado por los estatutos de la sociedad.

Derechos políticos o de gestión:

• Derecho de voto. Normalmente una acción equivale a un voto, pero el porcentaje puede variar en los estatutos.

• Derecho a la información, con el fin de conocer la gestión de la empresa. A partir de un porcentaje específico regulado en la ley y en los estatutos, un accionista podría exigir una auditoría para toda la empresa.

El accionista, por otro lado, es también un inversor, dado que aporta un capital con vistas a obtener un dividendo.

Su inversión se dice que es en renta variable, dado que no existe un contrato mediante el cual el accionista vaya a percibir unas cuotas fijas en contraprestación a su inversión. Su retribución es a través de dos vías:

• Dividendo

• Aumento del precio de la sociedad. Esto se produce por la buena marcha de la misma y su capacidad de generar beneficios futuros, así como por el incremento de los activos a través de beneficios pasados.

FUENTES

SOCIEDADES CIVILES

http://www.tuempresa.gob.mx/asesoria/legal/mercantil/-/asset_publisher/b7z6f2vqvKZd/content/id/26135

http://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/tipos-de-sociedades/sociedad-civil-caracteristicas-ventajas/

http://www.slideshare.net/chemanuel05/asociaciones-y-sociedades-civiles

SOCIEDADES MERCANTILES

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144.pdf

http://www.yosoypyme.net/2010/05/sociedades-mercantiles-tipos-diferencias-y-caracteristicas/

http://www.galeon.com/abmagana/amerc3.htm

ATRIBUTOS PERSONAS MORALES y FISICAS

http://www.taringa.net/posts/apuntes-y-monografias/8495564/Atributos-de-las-personas-fisicas.html

http://derechocivili.wikispaces.com/ATRIBUTOS+DE+LAS+PERSONAS+MORALES

http://mx.answers.yahoo.com/question/index?qid=20120726185920AAAuA1s

http://derechocivili.wikispaces.com/ATRIBUTOS+DE+LAS+PERSONAS+MORALES

http://civilypersonas.blogspot.mx/2008/12/atributos-de-la-persona-moral.html

http://www.monografias.com/trabajos82/intoduccion-al-estudio-del-derecho/intoduccion-al-estudio-del-derecho3.shtml

TRAMITES PARA LA APERTURA DE UN NEGOCIO

http://www.trabajo.com.mx/tramites_para_abrir_un_negocio.htm

http://www.df.gob.mx/index.php/empresas-y-negocios

http://www.pymempresario.com/2010/05/%C2%BFcuales-son-los-principales-tramites-para-abrir-tu-negocio/

LEYES DE LAS SM Y AC

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144.pdf

http://answers.yahoo.com/question/index?qid=20080911133356AAh9J0t

http://www.tuempresa.gob.mx/asesoria/legal/mercantil/-/asset_publisher/b7z6f2vqvKZd/content/id/26135

NOMBRE DE LA EMPRESA

http://www.microsoft.com/business/es-es/Content/Paginas/article.aspx?cbcid=210

http://www.soyentrepreneur.com/define-el-logo-y-nombre-de-tu-empresa.html

http://negocios.about.com/od/negocio/tp/7-Reglas-Para-Elegir-El-Nombre-Ideal-De-Tu-Negocio.htm

...

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