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Tipos de jurisprudencia


Enviado por   •  30 de Julio de 2016  •  Apuntes  •  337 Palabras (2 Páginas)  •  235 Visitas

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Propia, delegada arbitral, forzosa y prorrogada

Castillo Larrañaga y de Pina las clasifican de la siguiente manera, la jurisdicción se ha dividido por razón de su ejercicio en:

Propia: conferida por los jueces y magistrados por razón del cargo que desempeñan. A través de esta se resuelven cuestiones por el juez que tenga la jurisdicción, no interviene otro.

Delegada arbitraria: ejercida por encargo o comisión de quien la tiene propia. Un juez, para ejercer la función jurisdiccional requiere de otro órgano jurisdiccional.

Forzosa: Aquella competencia de los órganos jurisdiccionales que no pueden ser alteradas ni modificadas por acuerdo expreso, ni por sumisión tácita de las partes.

Prorrogada: Atribuida a un juez o tribunal por voluntad de las partes de acuerdo con la ley, cuyo caso lo que lo prorroga es la competencia.

Acumulativa o preventiva y privativa

La prevención: Es un criterio afinador de la competencia, y se presenta cuando existen dos o más tribunales que son igualmente competentes para el conocimiento de algún asunto. La prevención implica que el juez primero en conocer del asunto es el que determina a su favor la competencia, excluyendo a los restantes. Significa la aplicación, en materia judicial, del principio de que “El primero en tiempo, es primero en derecho”.

Acumulativa o preventiva: la ley permite recurrir a más tribunales a elección del demandante.

Jurisdicción privativa: la ley dispone solo un tribunal competente para conocer un asunto.

Concurrente

La jurisdicción concurrente esta contemplada en virtud en el artículo 104 constitucional en el que ordena que tratándose de la aplicación de las leyes federales en caso que solo afecten intereses particulares, pueden conocer, indistintamente, a elección del actor de los tribunales comunes de los Estados o del Distrito Federal, o bien los jueces de distrito que pertenecen al sistema judicial federal.

Es un fenómeno de atribución de competencia simultánea o concurrente a favor de las autoridades federales o locales, es decir es propia de un Estado federal. La jurisdicción concurrente es de interés particular deja a elección del actor recurrir bien a tribunales comunes de los Estados o tribunales.

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