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Urbanistica


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2011  •  857 Palabras (4 Páginas)  •  360 Visitas

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DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE OTORGAN FACILIDADES

ADMINISTRATIVAS Y SE CONDONAN CONTRIBUCIONES AL

DISTRITO FEDERAL, ESTADOS Y MUNICIPIOS USUARIOS

DE AGUAS NACIONALES Y SUS BIENES PUBLICOS INHERENTES

Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones IX, XI y XXV y 32 Bis fracciones XXIV y XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 4º, 8º, fracción V, 9º fracción X, 20, 29 fracción II, 30, 82, 88 y 90 de la Ley de Aguas Nacionales; en relación con el 9º. fracción IX de su Reglamento, y 39 fracción del Código Fiscal de la Federación y

CONSIDERANDO

Que la regularización fiscal y administrativa de los usuarios de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes contribuirá el logro de cuatro de los grandes propósitos del Plan Nacional de Desarrollo; fortalecer el Estado de Derecho, proporcionando seguridad jurídica a los usuarios, promover el desarrollo social, otorgando mayores facilidades a los grupos más desprotegidos; impulsar el crecimiento económico haciendo accesible el agua a las actividades productivas y los servicios; y equilibrar el crecimiento económico con el cuidado del ambiente, sentando las bases para el aprovechamiento sustentable del agua.

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Aguas Nacionales, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, por parte de los sistemas estatales o municipales de agua potable y alcantarillado, requiere de asignación que les otorgue la Comisión Nacional de Agua, en la cual se consignará la forma de garantizar el pago de las contribuciones que se establecen en la legislación fiscal, y de permiso para descargar aguas residuales, así como de la inscripción de los títulos correspondientes en el Registro Público de Derechos de Agua.

Que en términos de dicho Ordenamiento Legal; las asignaciones de agua nacionales a centros de población que se hayan otorgado a los municipios, ayuntamientos o a las entidades federativas, que administren los respectivos sistemas de agua potable y alcantarillado, subsistirán aún cuando éstos sean administrados por entidades paraestatales o paramunicipales, o se concesionen a particulares por la autoridad competente.

Que en competencia de las autoridades municipales, con el concurso de los gobiernos de los estados en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley de Aguas Nacionales, prestar conforme lo señalen sus leyes locales, el servicio público de agua potable y alcantarillado, incluyendo su saneamiento, a los habitantes de las poblaciones de su circunscripción territorial,

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