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Vacaciones Y Asuetos


Enviado por   •  12 de Agosto de 2013  •  548 Palabras (3 Páginas)  •  342 Visitas

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Según el código de Trabajo en el capítulo cuarto

Artículo 126-137 encontramos las regulaciones de los días de descanso semanales, días de asuetos y vacaciones anuales.

VACACIONES

Según el artículo 130

Todo trabajador sin excepción tiene derecho a un periodo de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo continuo al servicio de un mismo patrono, cuya duración mínima es de quince días hábiles.

Las vacaciones no son compensable es en dinero a menos que el trabajador haya adquirido el derecho de gozarlas no las haya disfrutado por cesar en su trabajo cualquiera que sea la causa.

Para calcular el salario que el trabajador debe recibir como motivo de sus vacaciones, debe tomarse el promedio de las remuneraciones ordinarias y extraordinarias devengadas por el durante los últimos tres meses.

Las faltas injustificadas de asistencia al trabajo no deben descontarse del periodo de vacaciones, salvo que se hayan pagado al trabajador.

Las vacaciones deben tomarse sin interrupciones y solo puede dividirse en dos como máximo, cuando se trate de algún caso especial en la cual no pueda tenerse una falta prolongada.

Las vacaciones no son acumulables de año en año con el objetivo de disfrutar posteriormente de un periodo mayo de descanso, pero el trabajador al finalizar su contrato puede reclamar la compensación en efectivo de las vacaciones que no haya gozado por los últimos 5 años.

Debe dejarse una constancia por escrito de, de la autorizaciones de las vacaciones debidamente firmada por ambas partes.

ASUETOS

Según el Artículo 127.

Son días de asueto con goce de salario para los trabajadores particulares el 1o. de enero, el jueves, viernes y sábado santos, el 1o. de mayo; el 30 de junio, el 15 de septiembre, el 20 de octubre, el 1º. De noviembre, el 24 de diciembre, medio día, a partir de las 12 horas, y el día de la festividad de la localidad.

Día periodo en los que se suspenden las actividades por algún motivo es a lo que le llámanos días de asueto.

En las ocasiones que por dicha actividad en la empresa se deba laborar el día de descanso o asueto, el patrono debe pagarle a este como un trabajo extraordinario.

El pago de los días de asueto debe hacerse de acuerdo con el promedio diario de salarios ordinarios y extraordinarios que haya devengado el trabajador,

Por ejemplo en Guatemala se toman como días de asueto los días de semana santa, el día del trabajador, el día del ejército, el

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