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ANALISIS SOCIO JURIDICO SOBRE LA PROBLEMÁTICA DE LOS HABITANTES DE LA CALLE EN EL SECTOR DEL BOLICHE EN BARRANQUILLA

gdelahozmTrabajo14 de Noviembre de 2018

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ANALISIS SOCIO JURIDICO SOBRE LA PROBLEMÁTICA

DE LOS HABITANTES DE LA CALLE

EN EL SECTOR DEL BOLICHE EN BARRANQUILLA.

(2016-2017)

GERALDINE DE LA HOZ MOLINA

UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO  

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS

PROGRAMA DE DERECHO  

2017


  1. Introducción

Una de las peores sensaciones que se puede sentir al momento de llegar a un espacio público, es la de ver a niños, adultos y ancianos en estado vulnerable, sucios, hambrientos, enfermos, sin ninguna clase de protección, ni ayuda. Personas que son discriminadas, rechazadas y hasta juzgadas; sin saber si  tienen conciencia acerca de su situación, si tienen alguna esperanza o si simplemente se han acostumbrado a vivir así.

 

Muchas veces al caminar por las calles, se puede ver a los indigentes sentados o acostados en los andenes pidiendo o buscando entre las basuras algo que poder comer. Acomodando cartones en donde recostarse, pidiendo en los semáforos, algunos deambulando sin rumbo y sin pertenecerse de su realidad y otros tratando de sobrevivir con lo que encuentren. Es en estos momentos cuando surgen los interrogantes: ¿Cuáles fueron las causas que conllevaron a que éstas personas llegaran a este estado?, ¿Porque nadie los ayudó?, ¿Quiénes son sus familias? Y ¿Cuáles son las autoridades, políticas, e instituciones encargadas de dirimir este problema y que están haciendo para mejorarlo?

 

Los indigentes en Colombia representan un problema social, que día a día crece, del que todas las personas tienen conocimiento. Debido a que éste es un problema que existe desde hace mucho tiempo, y no se hace casi nada por mejorarlo, se torna una problemática invisible de la que nadie quiere hablar.

 

Es importante conocer las causas y condiciones que conllevan a esta situación, las herramientas y todas aquellas políticas que ofrece el Estado en garantía de una calidad de vida, ya que es éste quien tiene la responsabilidad y obligación de velar por el bienestar y la salud pública  de los ciudadanos.

 

Es por ello, que este trabajo va encaminado a la investigación y determinación de las causas que dan origen a que las personas lleguen a éste estado, las políticas públicas existentes en barranquilla con relación a esta situación, así como también la responsabilidad del Estado frente a esto; cuáles son esas normas, políticas, organismos, instituciones encargadas de la prevención, tratamiento y mejora de las condiciones de vida de estos seres humanos.

  1. Formulación del problema  

  1. Enunciado del problema

En 1945 la zona que actualmente conocemos con el nombre del BOLICHE era una plaza a donde los camiones del terminal marítimo descargaban los pasajeros que llegaban de todo el país, convertía el sector en lugar de gran congestión En aquellos tiempos, el hoy mal afamado “Boliche” era el centro de la pujante ciudad de entonces, ahí donde actualmente (2016-2017) conviven la suciedad, la invasión del espacio público, la informalidad diversa y desproporcionada, los gritos, la contaminación visual y ambiental (EL TIEMPO 2016); Aquí es donde centro el eje de la presente investigación, En este sector en 2015 se observó un incremento considerable en la población “Indigentes ” Según el (IPM) lo cuales fueron en aumento hasta la fecha actual de ahí surge la incógnita la cual es la base de la presente investigación ¿Cuáles es la situación socio jurídica con Relación a las políticas públicas  de los habitantes de la calle del sector del boliche en barranquilla?  A continuación  Observaremos los principales factores sociales que inciden en el modo de subsistir de la población DE HABITANTES DE LA CALLE DEL SECTOR DEL BOLICHE EN BARANQUILLA.

  1. Objetivos de la investigación

  1. Objetivo general

¿Identificar cuáles es la situación socio jurídica con relación a las políticas públicas  de los habitantes de la calle del sector del boliche en barranquilla en el periodo (2016-2017)?

 

  1. Objetivos específicos

  • Observar las principales políticas públicas implementadas en el mejoramiento de condiciones de  subsistencia de la población de habitantes de la calle del sector del boliche en Barranquilla en periodo (2016-2017).

  • Evidenciar la situación socio jurídica con relación a las políticas publica de los habitantes de la calle del sector del boliche en Barranquilla en el periodo de (2016-2017)
  1. Marco referencial de la investigación

  1. Marco teórico

Teoría del deber de solidaridad sobre derechos del indigente.

La Corte Constitucional en su jurisprudencia define a los habitantes de la calle como un grupo de personas que carecen de capacidad económica para sobrellevar una congrua subsistencia, y por razones físicas o de salud les resulta imposible procurarse tales medios (Corte Constitucional, 2004). En consecuencia, la condición de indigencia coloca a la persona en situación de debilidad manifiesta, lo que se agrava con la afectación de la salud física o mental.

Adicionalmente, la Corte ha sostenido que los derechos de las personas en condición de indigencia se encuentran protegidos por la Constitución. Asimismo, manifiesta que la persona será protegida directamente por el Estado si se demuestra que ni ella ni su familia pueden satisfacer el goce de sus derechos fundamentales (Corte Constitucional, 1992).

Con el fin de proteger a esta población, el Estado está obligado a promover políticas de asistencia social que estén dirigidas a mejorar las condiciones de estas personas (Corte Constitucional, 1993). Además, en el caso de la drogadicción que genera una condición de debilidad psíquica, el Estado debe brindar al habitante de la calle la atención especializada de previsión, rehabilitación e integración social que se encuentra consagrada en el artículo 47 de la Constitución (Corte Constitucional, 2002).

Lo anterior debe materializarse en la protección especial que merecen las personas de la calle como la seguridad social en salud y de allí que tales personas no estén excluidas sino que hagan parte esencial de ese sistema y que tengan derecho a la atención integral que su estado de salud demande (Corte Constitucional, 2005).

A su vez, la Corte ha dicho que los indigentes son personas que, gozan de la plena titularidad de todos los derechos reconocidos en la Constitución, por lo cual la sociedad y el Estado no pueden ser indiferentes a su situación, pues así se lo exige el deber de solidaridad (Corte Constitucional, 2006). Así pues, el papel del Estado debe ser, por el contrario, el de buscar, dentro del criterio de solidaridad, soluciones eficaces y urgentes a la problemática que plantea la proliferación de cinturones de miseria en las ciudades, ya que el artículo 13 de la Constitución le ordena, como atrás se dijo, promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas en favor de grupos discriminados o marginados (Corte Constitucional, 1993).

Ahora bien, a pesar de que la jurisprudencia mencionada, establece unas obligaciones a cargo del Estado frente a los habitantes de la calle, las órdenes del Tribunal Constitucional no tienen una incidencia contundente en el cambio de la situación de esta población. Lo anterior, se genera debido a que la mayoría de pronunciamientos de la Corte se producen en sede de tutela, lo que impide una decisión que tenga efectos generales y permita cambios sustanciales en la situación de vulnerabilidad que enfrentan los habitantes de la calle.

Por otro lado, la Corte a lo largo de su existencia no se ha pronunciado acerca del derecho a la vivienda de la población mencionada, aun siendo este derecho el principal vulnerado, puesto que de la sola denominación de este grupo, habitante de la calle, se desprende su constante violación.

TEORIA DE LAS POLITICAS PÚBLICAS EN LOS ENTORNOS VULNERABLES

Requisitos mínimos para no afectar derechos fundamentales de personas en condición de Vulnerabilidad:

Los requisitos mínimos que debe cumplir toda política pública de recuperación del espacio público deben ser los siguientes: “(i) se han de adelantar siguiendo el debido proceso y dándole a los afectados un trato digno, (ii) deben respetar la confianza legítima de los afectados, (iii) deben estar precedidas de una cuidadosa evaluación de la realidad sobre la cual habrán de tener efectos, con el seguimiento y la actualización necesarios para  guardar correspondencia en su alcance y características con dicha realidad, con miras a asegurar el goce efectivo de derechos constitucionales fundamentales, y (iv) no se pueden adelantar en forma tal que se lesione desproporcionadamente el derecho al mínimo vital de los sectores más vulnerables y pobres de la población, ni de manera tal que se prive a quienes no cuentan con oportunidades económicas en el sector formal de los únicos medios lícitos de subsistencia que tienen a su disposición”. En ese orden de ideas, las personas que se dedican al comercio informal no pueden ser privadas de sus medios de subsistencia, sin que las autoridades les ofrezcan mecanismos adicionales por medio de los cuales puedan satisfacer sus necesidades en forma efectiva y con esto, sus derechos fundamentales como la vida, la dignidad, el mínimo vital, la igualdad, el trabajo, entre otros. (Corte Constitucional)

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