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APUNTES DE DERECHO MINERO

rvalenzuela97Documentos de Investigación18 de Junio de 2021

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APUNTES DE DERECHO MINERO

PROFESOR: ALFREDO CÁDIZ LAGOS

2019

I LA INDUSTRIA MINERA

Conceptos básicos

        Según el Diccionario de la Lengua Española, “industria” es, en su segunda acepción: “El conjunto de operaciones materiales ejecutadas para la obtención, transformación o transporte de uno o varios productos naturales”.

        Por su parte, según el Diccionario de la Lengua Española, “minería” es, en su primera acepción: “El arte de laborear las minas”.

Concepto de industria minera

        Se define como el conjunto de operaciones materiales ejecutadas para la obtención, transformación o transporte de uno o varios tipos de productos mineros.

Fases de la industria minera

        La industria minera se compone de tres etapas:

1 La exploración

2 La explotación

3 El beneficio

1 La exploración

        

        Su finalidad es investigar la existencia de nuevos yacimientos y profundizar el conocimiento de los ya descubiertos.

2 La explotación

        Consiste en extraer sustancias minerales del depósito del cual forman parte.

3 El beneficio

        Consiste en el tratamiento de las sustancias extraídas, para aumentar su concentración y librarlos de las impurezas, poniéndolas así en aptitud de ser elaboradas.

Ordenamiento jurídico aplicable a la industria minera

        La industria minera se trata de una actividad de tipo industrial, regida por normas de carácter civil, comercial, ambiental y sanitarias, entre otras. En general, el Derecho de Minería no se ocupa de regular el beneficio de las sustancias minerales.

        El Código de Minería, por vía excepcional, se refiere al beneficio de las sustancias minerales en su artículo 121: “Las mismas servidumbres que se reconocen en este título para las concesiones mineras podrán imponerse en favor de los establecimientos de beneficio de minerales”.

        En consecuencia, los procedimientos constitutivos mineros, materia de este curso, dicen relación con el estudio de la regulación jurídica de las dos primeras fases antes señaladas, es decir, la exploración y explotación de sustancias minerales.

Importancia geopolítica de la minería en Chile

        La geopolítica se define como el estudio de la vida e historia de los pueblos en relación con el territorio geográfico que ocupan y los factores económicos y raciales que los caracterizan.

        Así, a lo largo de nuestra historia, la industria minera ha tenido gran importancia en la historia de nuestro país; la Guerra del Pacífico o Guerra del Salitre de 1879, tanto sus causas (los tratados de 1866 y 1874) y sus consecuencias territoriales tuvieron estrecha relación con la minería. Desde entonces, la industria minera ha sido el sustento económico de Chile, y también el motor del desarrollo económico contemporáneo de nuestro país, en especial de las zonas fronterizas del norte de Chile.

II EL DERECHO DE MINERÍA

Concepto de Derecho de minería

        Se define como el conjunto de normas jurídicas especiales que rigen las concesiones exclusivas para explorar o para explotar las sustancias minerales que son susceptibles de aprovechamiento por cualquier persona, regulando su constitución, naturaleza, ejercicio y extinción, como asimismo regulan algunos de los actos, contratos y litigios que se refieren a ellas.

Bases legales y constitucionales del ordenamiento jurídico minero en Chile

        El Derecho minero en nuestro país se sustenta sobre la base de tres principales fuentes normativas:

1 Los preceptos mineros en la Constitución Política de la República de 1980

2 La Ley Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras

3 El Código de Minería de 1983

1 Los preceptos mineros en la Constitución Política de la República de 1980

        La Constitución Política de la República, promulgada en 1980, contiene las normas fundamentales y las bases aplicables a la minería chilena, las que, con algunas variantes, son las mismas aprobadas en 1971 y mantenidas en vigencia por el acta constitucional nro. 3 de 1976.

        Las disposiciones mineras están contenidas en el artículo 19 nro. 24 de la CPR, y en las disposiciones 2 y 3 transitorias del mismo cuerpo constitucional.

2 La Ley Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras

        Se trata de la ley 18.097 publicada en el Diario Oficial de 21 de enero de 1982. La constitución dispuso la dictación de una LOC que estableciera y regulara diversas materias contenidas en ella, lo que se cumplió con la dictación de la ley 18.097, Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras de 21 de enero de 1982, que entró en vigencia justamente con el Código de Minería de 1983, según fue modificado y dispuesto por la ley 18.246, de 24 de septiembre de 1983.

3 El Código de Minería de 1983

        En virtud de la ley 18.248, publicada en el Diario Oficial de 18 de octubre de 1983, se dictó el actual Código de Minería, que comenzó a regir sesenta días después, esto es, el 13 de diciembre de 1983.

Evolución jurídica minera en Chile precedente al ordenamiento minero vigente

        España, nuestro referente histórico obligado, se ha destacado por su importante actividad minera, la que se vio incrementada en forma paulatina con las invasiones de que fue presa.

        Atendido el incremento de la actividad minera, se hizo necesario regular la actividad dictándose al efecto una serie de cuerpos legales relativos a ella, a saber:

1 La legislación española

2 La legislación minera colonial en América

3 La legislación minera nacional de la República de Chile

4 Los Códigos de Minería chilenos

1 La legislación española

        Esta tiene lugar antes del descubrimiento de América. Esta legislación comprende el Fuero de Nájera de 1076, las Siete Partidas dictadas entre 1256 y 1263, el ordenamiento de Alcalá de 1348, las leyes de Don Juan I u Ordenanzas Reales de Castilla, también llamadas Viejas Ordenanzas de 1485 y las Ordenanzas de Valladolid de Doña Juana de 1559.

2 La legislación minera colonial en América

        Después del descubrimiento de América y durante su conquista se dictaron en forma especial, para los nuevos territorios, las siguientes normas: las Ordenanzas de Toledo de 1574, las Ordenanzas del Perú de 1663, las Ordenanzas de Nueva España o de México de 1783.

        Las últimas son las más importantes normas coloniales aplicadas en Chile, que comienza a regir dos años después, es decir, en 1785.

3 La legislación minera nacional de la República de Chile

        Después de producida la independencia de Chile, no se dictaron normas o cuerpos de normas destinadas a regir la actividad minera, de manera tal que se continuó aplicando la legislación colonial española y fundamentalmente las Ordenanzas de Nueva España.

        Posteriormente, durante la vigencia de la República, y a fin de evitar cualquier duda acerca de su validez, las Ordenanzas fueron sancionadas oficialmente como ley de la República en 1833.

        En 1857, se pone en vigencia el Código Civil, primer código dictado en Chile después de la emancipación. Así, el artículo 591 del citado Código establece: “El Estado es dueño de todas las minas de oro, plata cobre, azogue, estaño, piedras preciosas y demás sustancias fósiles, no obstante el dominio de las corporaciones o de los particulares sobre la superficie de la tierra en cuyas entrañas estuvieren situadas. Pero se concede a los particulares la facultad de catar y cavar en tierras de cualquier dominio para buscar las minas a que se refiere el precedente inciso, la de labrar y beneficiar dichas minas y la de disponer de ellas como dueños con los requisitos y bajo las reglas que prescribe el Código de Minería”.

        Sólo en 1874 se dictó el Código de Minería a que se hizo referencia y que corresponde al primer Código de Minería dictado en la naciente República de Chile.

4 Los Códigos de Minería chilenos

        Como ya se expuso, durante la vigencia de la República, y a fin de evitar cualquier duda acerca de su validez, las Ordenanzas fueron sancionadas como ley de la República en 1833,  y tuvieron aplicación hasta que se dicta el primer Código de Minería.

        Hasta ahora, los Códigos de Minería han tenido cinco versiones; el Código de 1874, el Código de 1888, el Código de 1930, el Código del 30 de agosto de 1932 y el más reciente, el Código de 1983.

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