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ARANCELES TRIBUTOS Y NOMENCLATURA ARANCELARIA


Enviado por   •  18 de Abril de 2020  •  Documentos de Investigación  •  1.862 Palabras (8 Páginas)  •  178 Visitas

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CAPITULO IV

ARANCELES TRIBUTOS Y NOMENCLATURA ARANCELARIA

Los Sistemas Tributarios.-  Son regímenes jurídicos que se norman a través de la Constitución, legalización tributaria interna, legislación tributaria aduanera y sus reglamentaciones a la totalidad de los tributos.  

Principios Generales:

  • Universalidad.- Se considera que el ámbito de aplicación de la norma tributaria es el universo completo de los contribuyentes.
  • Equidad.- Prevé que la carga tributaria será equitativa es decir pagara mas quien posea mayores ingresos y menos quien tenga menores ingresos.
  • Generalidad.- Los impuestos son generales y para la generalidad de la población, en caso que existan exenciones estas deben ser mínimas y técnica y políticamente justificadas.
  • Irretroactividad.- Los tributos jamás podrán ser retroactivos y estos entraran en vigencia siempre a futuro, es decir luego de dictada la norma, en el periodo subsiguiente que corresponda.
  • Legalidad.- Todo tributo deberá ser regulado por la Ley, y debe estar en el marco de la norma constitucional.

En finanzas públicas se puede utilizar indistintamente los términos impuesto, tributo o gravamen, para referirse a la recaudación fiscal.

Al impuesto se lo puede definir como el pago o la contribución obligatoria que exige el estado sin que exista ningún tipo de retribución para el contribuyente.

El sujeto pasivo es la persona natural o jurídica que se presenta como administrada o contribuyente y debe sujetarse a lo que establece el sujeto activo.

El conjunto de impuestos que forman parte del sistema tributario conlleva implícita una carga tributaria para los sujetos pasivos o contribuyentes que consiste en la sumatoria de los diferentes gravámenes como puede ser el Impuesto al Valor Agregado 12% y el Impuesto a la Renta 23%, obteniendo una carga tributaria del 35%.

IMPUESTOS INTERNOS

Se denominan impuestos internos aquellos que rigen dentro del territorio nacional y que gravan a las transacciones que se efectúan en él. Entre los principales tenemos el Impuesto a la Renta que grava las utilidades y el IVA que grava los consumos. El ICE o Impuesto a los Consumos especiales grava sobre los bienes suntuarios.

IMPUESTOS AL COMERCIO INTERNACIONAL

El principal impuesto, tributo o gravamen se debe pagar tanto para el ingreso como para la salida de mercancías, es decir para la importación y exportación de bienes.

Los impuestos al comercio internacional deben ser cobrados y recaudados de forma paralela y adicional de los tributos arancelarios y para que cumplan con la obligación tributaria aduanera debe encontrarse vigente en la fecha de presentación.

ARANCEL EN EL COMERCIO INTERNACIONAL

El arancel es un impuesto, tributo o gravamen que se debe pagar para el ingreso y salida de mercancías. Esta situación clasifica a los aranceles, y grava a las importaciones como a las exportaciones.

ARANCEL DE IMPORTACIONES

El arancel de importaciones mantiene un ordenamiento técnico y sistemático de todas las mercancías que podrían ser importadas y su correspondiente tarifa arancelaria que deberá ser cancelada para la des aduanización del producto.

La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico entra las personas naturales y jurídicas que operan en el tráfico internacional de mercancías y aceptan sujetarse a la potestad aduanera en todo lo relacionado a la liquidación y recaudación de los tributos luego de que se verifique el hecho generador.

El sujeto activo es el estado, sujeto pasivo la persona que está obligada a pagar el tributo y el hecho generador es la presentación de la declaración de aduana ante la autoridad luego del ingreso de la mercadería a territorio nacional. Por lo tanto la obligación aduanera nace al momento de la aceptación de la declaración de aduanas.

Por lo general la base imponible para la declaración aduanera es el valor CIF. Para el cálculo de la base imponible en otro tipo de divisa se hará al tipo de cambio de la moneda del país legalmente aceptada para la liquidación de tributos.

CLASIFICACION DE LOS ARANCELES

ESTRUCTURA TARIFARIA

La estructura de aranceles más usada es aquella que diferencia por la presentación de su estructura tarifaria asi que tenemos según el tipo de presentación de la columna de la tarifa:

  • Ad valorem.
  • Aranceles Específicos.
  • Aranceles Mixtos.

Arancel Ad Valorem

En los aranceles Ad valorem el gravamen viene expresado en una tarifa porcentual que se aplica sobre la base imponible, generalmente representada del valor CIF de la importación.

Arancel Específico

El gravamen arancelario se representa en unidades monetarias respecto a las unidades físicas. Por ejemplo 100 dólares por cada unidad del bien importado.

Arancel Mixto

Se clasifica en:

  • Arancel Fiscalista.
  • Arancel Proteccionista.
  • Arancel Desarrollista.

NOMENCLATURA ARANCELARIA

Se denomina nomenclatura al ordenamiento sistemático de un grupo de bienes o elementos a través de series numéricas completadas por definiciones descriptivas, realizadas de manera ordenada y empleando metodología debidamente reglamentada sobre la base de criterios técnicos y de conceptos jurídicos, para formar un sistema consensuado de clasificación. Un sistema de nomenclatura busca asegurar:

  • Una clasificación sistemática de todas las mercancías susceptibles de intercambio comercial.
  • La clasificación internacional uniforme sobre bases seguras y ciertas en los aranceles de todos los países que adopten la nomenclatura.
  • La adopción de un lenguaje aduanero común.
  • La recopilación internacional de datos precisos, detallados y exactos que faciliten el análisis y la comparación de estadísticas de comercio mundial.

NOMENCLATURA DE GINEBRA

Esta nomenclatura contaba con 991 partidas, distribuidas en 86 capítulos que a su vez se agrupaban en 21 secciones. Adicionalmente a las partidas básicas numeradas consecutivamente dela 1 al 991 tenía partidas de segundo nivel y en algunos casos llegaba hasta el cuarto nivel. En principio las partidas básicas eran obligatorias, sin embargo se podían reducir las sub partidas.

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