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ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION – ALADI


Enviado por   •  20 de Abril de 2022  •  Apuntes  •  9.898 Palabras (40 Páginas)  •  58 Visitas

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ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION – ALADI

Antecedentes

En 1957 se realiza en Buenos Aires la reunión de la CEPAL con los países latinoamericanos de donde surge la aspiración de crear un mercado común latinoamericano con sus mecanismos para lograr una zona de preferencia comercial y la instauración de un Arancel Externo Común (AEC). Así nace, el 18 de febrero de 1960, por el Tratado de Montevideo (TM60) la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), firmado por: Argentina, Brasil, Chile, México, Paraguay, Perú y Uruguay adhiriendo luego, Colombia, Ecuador(1961), Venezuela (1966) y Bolivia (1967). En este Tratado se establece formar una zona de libre comercio (eliminación progresiva de gravámenes, derechos aduaneros y otras restricciones comerciales) en un plazo de 12 años, mediante la forma de negociaciones periódicas por dos mecanismos: el de las listas nacionales de productos que cada país proponía dar concesiones y el de la lista común de productos que quedarían totalmente liberados de restricciones al terminar el período de transición. El proceso de integración se basaría en dos principios fundamentales: el de la reciprocidad, atenuado por las medidas previstas para los países de menor desarrollo económico relativo (PMDR) y la aplicación de la cláusula de la nación más favorecida (CNMF) consagrándose con ésta el principio de la no discriminación y la multilateralización de todas las concesiones o ventajas acordadas por un país miembro a cualquier otro (sea o no miembro del bloque).

Si bien en una primera fase la ALALC obtiene algunos éxitos, se marca a partir de los años setenta una paralización en las negociaciones fruto de varios factores entre otros: los cambios en la realidad económica y política internacional; la no conformidad de los Estados miembros por los resultados obtenidos y lo complejas y pesadas que resultaban las herramientas previstas para llevar a cabo las negociaciones. Esta crisis provoca que en la Conferencia en que se reúnen los Estados miembros en 1978 se apruebe la Resolución N° 370 por la cual se propone un análisis para la reestructuración del sistema, culminando así las negociaciones con la firma en 1980 de un nuevo Tratado de Montevideo (TM80), creando la Asociación Latinoamericana de Integración- ALADI- hoy en pleno vigor.

ALADI – ALALC

La ALADI, organización internacional intergubernamental, sucede a la ALALC, reordenando el proceso de integración ya iniciado, con mayor flexibilidad y realismo, con el objetivo de lograr un Mercado Común, sin plazo fijado y sustituyendo de alguna manera el mecanismo de la ALALC de la multilaterización por el bilateralismo y el plurilateralismo como táctica para el logro de la integración regional. Los 11 países que suscribieron el TM80, tratado que fue notificado al GATT bajo la cláusula de habilitación, fueron los mismos integrantes de la ALALC: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Perú, Paraguay, Uruguay y Venezuela, con la adhesión posterior en 1999 de Cuba, en 2012 la República de Panamá y se espera, si bien ya fue aceptada la adhesión de la República de Nicaragua en 2011. La creación dela ALADI bajo la cláusula de habilitación implica que como los países de la ALADI están de por si en condición desfavorecida, entre ellos pueden tener beneficios son que los tengan que extender al resto del mundo. Los países miembro, deben serlo in tottum y deben ser parte de todos los acuerdos regionales existentes aceptando la normativa aprobada.

Los objetivos generales del acuerdo establecidos en el Art.1º son:

  • Promover el desarrollo económico-social, equilibrado y armónico de los países miembros;
  • Establecer a largo plazo y en forma gradual un Mercado Común Latinoamericano;
  • Estimular y regular en el mediano plazo, el comercio recíproco, la complementación económica y el desarrollo de las acciones destinadas a extensión de los mercados

Principios de la ALADI:

  1. Pluralismo: admite la diversidad de los sistemas económicos y políticos con respecto al ingreso de los países con diferentes niveles de desarrollo.
  2. Convergencia: es la multilaterización gradual de los Acuerdos de Alcance Parcial (AAP) hacia la concreción del mercado común latinoamericano es decir, todos los acuerdos hechos dentro del marco de la ALADI habrán de ser extendidos progresivamente a todos los miembros.
  3. Flexibilidad: es la capacidad para pactar acuerdos de alcance parcial como de alcance general además de vínculos de integración que algunos teóricos califican de avanzar en el proceso de integración a distintas velocidades.
  4. Tratamientos diferenciales: este principio que como veremos es una excepción a la cláusula de la nación más favorecida significa la extensión de los beneficios entre los miembros sobre la base de las tres categorías de países, con distinto grado de desarrollo, teniendo en cuenta las características económico-estructurales: países de menor desarrollo económico relativo (PMDR): Bolivia, Ecuador y Paraguay; los de desarrollo intermedio (PDI) son Colombia, Chile, Cuba, Perú, Uruguay y Venezuela y los otros países miembros que son Argentina, Brasil y México.
  5. Multiplicidad: se admiten diferentes formas de convergencia, refiriéndose con esto los mecanismos de integración. Se establecen tres medios de acción para lograr su objetivo del mercado común latinoamericano:
  1. Preferencia Arancelaria Regional (PAR): disminución y desgravación aplicables a terceros países para todos los productos importados originarios de la región con exclusión de los productos de la “lista de excepciones a la Preferencia Arancelaria Regional” de cada uno de los países y teniendo en cuenta las diferencias existentes en el grado de desarrollo económico relativo de los países según el principio de tratamiento diferencial.
  2. Acuerdos de Alcance Regional (AAR). En estos acuerdos participan todos los países miembros buscándose la promoción del desarrollo en conjunto, el avance hacia el mercado común y la promoción del comercio recíproco.
  3. Acuerdos de Alcance Parcial (AAP): en estos acuerdos no son partícipes todos los Estados miembros por lo cual los derechos y obligaciones rigen solo para quienes los suscriban. El objetivo es establecer las condiciones más favorables para profundizar en el proceso de integración regional. Los estados miembros al vincularse por estos acuerdos en general bilaterales o por grupos de países se exceptúan por la “cláusula de la nación más favorecida”. Deben ser abiertos a la adhesión de los demás miembros, propiciar la convergencia y tener en cuenta también los tratamientos diferenciales para las distintas categorías de países ya descriptas, con un plazo mínimo de un año de duración. Los Acuerdos de Complementación Económica (ACE), entre los que encontramos, el Grupo de los Tres (Venezuela, Mexico y Colombia), MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay Uruguay y luego Venezuela) inscripto en la OMC como ACE, entre otros, son los acuerdos con los propósitos de promover y estimular la complementación económica, el aprovechamiento de los factores productivos, asegurar la competencia equitativa así como impulsar el desarrollo equitativo y armónico de los países miembros.

Organización de la ALADI

El TM80 como su antecesor (TM60), prevé una estructura que consiste en tres órganos políticos de corte intergubernamental y uno administrativo. Los órganos políticos son:

  1. Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores (el Consejo): lleva la conducción política como órgano superior y tiene entre otras competencias: dictar normas generales, aceptar la adhesión de nuevos miembros, nombrar al Secretario General y acordar enmiendas al tratado.
  2. Conferencia de Evaluación y Convergencia (la Conferencia): se integra por representantes plenipotenciarios de cada Estado parte con las funciones de examinar y evaluar la aplicación de los tratamientos diferenciales para los PMDR; realizar negociaciones multilaterales para la fijación de la preferencia arancelaria regional, propiciar los acuerdos de alcance regional, examinar y valorar el actividad de los AAP y recomendar al Consejo sobre el funcionamiento del proceso de integración.
  3. Comité de Representantes (el Comité): órgano permanente del sistema, tiene la función de adoptar las medidas necesarias para la correcta ejecución del Tratado. Está integrado por un representante de cada Estado parte y convoca una reunión anual donde se puede dar acuerdos de alcance regional. Aprueba el programa anual de los trabajos de la Organización así como su presupuesto y determinación del monto de las contribuciones de sus miembros. El Consejo y la Conferencia sesionan por la expresa convocatoria del Comité. Otra de sus facultades es crear organismos auxiliares.

Toma de decisiones de estos tres órganos políticos:

Estos tres órganos tienen en común su sistema de votación por lo cual adoptan las decisiones por dos tercios de votos de los países miembros, con excepción de algunas materias (aprobar enmiendas al Tratado, incorporación de nuevos miembros, fijar contribuciones de los Estados partes) para los que deben lograr una mayoría cualificada sin votos en contra. La abstención no debe considerarse como voto negativo y la ausencia al momento del voto es abstención.

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