ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Amparo Indirecto


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  775 Palabras (4 Páginas)  •  207 Visitas

Página 1 de 4

QUEJOSO: XXXXXXXXXX

C. Juez de Distrito en Turno

Presente:

C. XXXXXXXXX, promoviendo en mi propio derecho, señalo domicilio para recibir todo tipo de notificaciones XXXXXXXXXXXXX, así como también autorizo a los Licenciados en Derecho XXXXXXXXXXX para que en mi nombre reciban todo tipo de notificaciones, con el debido respeto expongo:

Por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 14, 16, 20 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 107 Fracción III inciso b) de la Nueva Ley de Amparo, vengo a solicitar AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA LEY FEDERAL, en contra de una ORDEN DE APREHENSIÓN girada en mi contra, por las autoridades mas adelante citadas y la cual amenaza con violentar mis garantías individuales, garantías expresadas dentro de Nuestra Carta Magna, y con fundamento en el articulo 108 de la nueva Ley de Amparo expongo lo siguiente:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.-

II.- NOMBRE DEL TERCERO PERJUDICADO.- Bajo protesta de decir verdad, se manifiesta que NO EXISTE UN TERCERO PERJUDICADO.

III.- AUTORIDAD RESPONSABLE.-

a) C. Agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia número 23 con dirección en Insurgentes número 1234, Colonia insurgentes, Delegación Tlalpan, Código Postal 12450

IV.- ACTO RECLAMADO.-

a) La Ilegal Orden de Aprehensión dictada en mi contra;

b) Por segundo acto reclamado se tenga la Ejecución de la Orden de Aprehensión que se quiere ejecutar en mi contra.

Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación son los siguientes:

ANTECEDENTES

I.- Con fecha veintidós de noviembre del presente año, mis vecinos de nombre Rafael Medina Medina y su esposa Leticia Manzano Valdez, me informaron que un par de sujetos a bordo de un vehículo Dodge Charger con placas 345-GHT, se encontraban afuera de mi domicilio llamando a la puerta y debido a que nadie se encontraba tocaron a su puerta, cuando la pareja atendió al llamado se presentaron con ellos como Agentes del Ministerio Público y les preguntaron si tenían conocimiento de quienes vivía en la casa de junto, al contestar ellos que si lso agentes les preguntaron si en efectivamente vivía yo, a lo que ellos le respondieron que efectivamente, ahí es mi domicilio, al momento en que mis vecinos le preguntaron cual era el motivo de su pregunta, los sujetos le indicaron que tenían una orden de presentación en mi contra, bajo la averiguación previa 1893/2014 en el Ministerio Público adscrito a la Agencia número 23, una vez que los individuos contestaron esto a la pareja, se retiraron sin mas que decir;

II.- Al día de hoy y con el temor de que sea privado de mi libertad, solicito EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA LEY FEDERAL, toda vez que yo no he cometido ningún delito de ningún tipo, como se demostrara en su momento procesal oportuno.

IV.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLENTADOS.- Como ya fueron mencionados antiguamente los preceptos otorgados por La Carta Magna que se me están viendo violentados son los del artículo 14, 16, 20 fracción B y 12, ya que no cuentan con una aplicación jurídica correcta.

V.- CONCEPTOS DE VIOLACION.-

ARTÍCULO 14.- “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. “

De acuerdo a lo anterior, en los Estados Unidos Mexicanos, para que cualquier individuo sea privado de la libertad, es necesario que con anterioridad a que le sea privado su derecho, se le llevara un juicio ante los tribunales previamente establecidos y ya que en mi caso, ni siquiera tengo conocimiento de que es lo que se me esta siendo acusado y se me fue omitido el derecho de formular una defensa oportuna para evitar llegar a esta instancia; dicha omisión me violenta mis garantías como individuo;

ARTÍCULO 16.- “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.”

“No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.”

“En los casos de delito flagrante, cualquier persona puede detener al indiciado poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad inmediata y esta, con la misma prontitud, a la del Ministerio Publico”.

...

Descargar como  txt (4.8 Kb)  
Leer 3 páginas más »
txt