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Analizar los distintos tipos de riesgo que trae consigo la auditoría aplicada en el municipio de Othón P


Enviado por   •  13 de Junio de 2018  •  Ensayos  •  1.248 Palabras (5 Páginas)  •  154 Visitas

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ANTECEDENTES DEL PROBLEMA

En 1453 el tribunal mayor de cuentas, constituido por las Cortes Españolas, tenían la tarea concretar de inspeccionar las cuentas de la Hacienda Real de la propia España. Años después serviría para vigilar a los conquistadores que debían enviar a la metrópolis el denominado “quinto real”, es decir, el 20% de las ganancias que obtenían en oro, plata piedras preciosas y objetos valiosos. Luego en 1521 el pueblo azteca contaba con procedimientos muy elementales para contabilizar los bienes que provenían de los impuestos que rendían sus súbditas, el tribunal mayor de cuentas funciono durante tres siglos, y no fue hasta el 4 de Octubre de este año que nuestra carta magna estableció la facultad exclusiva del congreso general para fijar los gastos generales de la nación, establecer las contribuciones necesarias, determinar su inversión y tomar anualmente las cuentas de gobierno. A fin de reglamentar el artículo 50 de la constitución ese año, se expidió el decreto por el que se suprimió el tribunal mayor de cuentas y se creó la contaduría mayor de hacienda, dependiente de la Cámara de Diputados, cuyo objetivo sería investigar, practicar y vigilar la glosa de las cuentas que anualmente debían presentar el titular del Departamento de Hacienda y Crédito Público. En 1955 el Colegio de contadores Públicos de México, cambia de su denominación por la de “Instituto Mexicanos de Contadores Públicos”.

El 28 de noviembre de 1993 el Ejecutivo Federal presento una iniciativa de reformas a los artículos 73,  74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya finalidad consistía en crear un nuevo órgano fiscalizador de la gestión gubernamental, en sustitución de la Contaduría Mayar de la Hacienda, el cual se denominaría Auditoria Superior de la Federación. Entre algunos de los objetivos de la iniciativa destacaron: la modernización en su función política, el ejercicio de la transparencia y puntualidad en la rendición de cuentas del uso de los recursos públicos; fungir como un auténtico órgano de auditoria superior independiente del Ejecutivo, con autonomía técnica e imparcialidad en sus decisiones y que fuera reconocido por la ciudadanía en general.

En 1999, el 30 de julio en el Diario Oficial de la Federación se publicó las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la Unión, dieron origen a la Auditoria Superior de la Federación. El 1 enero del 2000 entro en funciones la Auditoria Superior de la Federación, sustituyendo a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados del H, Congreso de la Unión, luego el 20 de diciembre del mismo año la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprobó la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. El 5 de septiembre del 2001 se expide el Reglamento Interior de la Auditoria Superior de la Federación.

PROBLEMÁTICA

La auditoría gubernamental nació como una necesidad encargada de revisar, analizar, diagnosticar y evaluar las operaciones de las dependencias y entidades de la administración pública federal, con objeto de verificar si los estados financieros presentan la situación financiera correctamente, así como si han cumplido con las disposiciones legales aplicables. En México, se rigen por una serie de leyes y reglamentos, los cuales emanan de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Una de las cuestiones más importantes son los riesgos que traen consigo la auditoría, ya que, el auditor puede dar una opinión inapropiada cuando la información financiera está elaborada de manera errónea. En estos casos se toman en cuenta 3 tipos de riesgo de suma importancia, los cuales se complementan entre sí; el primero es el riesgo inherente, que se encuentra en la actividad de la entidad para presentar su proceso contable que se obtiene de las cuentas anuales; el segundo es el riesgo de control interno, donde existe la posibilidad de que los sistemas de control interno de la entidad no detecten los errores de tales procesos contables; y por último, está el riesgo de detección, en donde por no tener puesto de manifiesto aquellos errores que exista, no fuera detectado a su vez por la aplicación de las pruebas adecuadas de auditoría. Por estos riesgos, el auditor deberá de prestar más atención en aquellos aspectos donde los riesgos inherentes y de control sean mayores para así poder disminuir el riesgo de detección, esto se refiere a que cuánto menos sean los riesgos inherentes y de control interno, las pruebas de auditoría deberán tener menor alcance, ya que si algo anda mal esto podría ser perjudicial tanto para la institución como para el auditor; porque al no ser detectados podría abarcar a un grado que hasta la institución al igual que el auditor podrían tener problemas legales por no haber hecho un análisis de forma eficiente. Todo esto viene de la mano y puede traer consigo fraudes dentro de las instituciones, ya que, si el auditor no se percata, esto se podría tomar como un “error” y sería más difícil identificarlo. Por lo tanto, nos centraremos en el municipio de Othón P. Blanco, puesto que en el 2015 se identificó que en la auditoría que aplicó la Auditoría Superior del Estado de Quintana Roo (ASEQROO), realizó cinco observaciones por un monto de 135 millones de pesos, de los cuales, sólo cuatro fueron solventados, dando como resultado una desviación de millón y medio de pesos destinadas a obras públicas, provenientes del Fondo de Infraestructura Social (FIMS).

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