ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Art 18 Constitucional


Enviado por   •  30 de Junio de 2015  •  582 Palabras (3 Páginas)  •  226 Visitas

Página 1 de 3

Artículo 18. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a

prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la

extinción de las penas y estarán completamente separados.

El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos

humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el

deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y

procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la

ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados

a los hombres para tal efecto.

La Federación, los Estados y el Distrito Federal podrán celebrar convenios para

que los sentenciados por delitos del ámbito de su competencia extingan las penas

en establecimientos penitenciarios dependientes de una jurisdicción diversa.

La Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus

respectivas competencias, un sistema integral de justicia que será aplicable a

quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las

leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de

edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta

Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por

su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas

menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en

la ley, solo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.

La operación del sistema en cada orden de gobierno estará a cargo de

instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e

impartición de justicia para adolescentes. Se podrán aplicar las medidas de

orientación, protección y tratamiento que amerite cada caso, atendiendo a la

protección integral y el interés superior del adolescente.

Las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este

sistema, siempre que resulte procedente. En todos los procedimientos seguidos a

los adolescentes se observará la garantía del debido proceso legal, así como la

independencia entre las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan

las medidas. Éstas deberán ser proporcionales a la conducta realizada y tendrán

como fin la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno

desarrollo de su persona y capacidades. El internamiento se utilizará solo como

medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse

únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com