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Articulo Tercero


Enviado por   •  26 de Enero de 2013  •  1.586 Palabras (7 Páginas)  •  407 Visitas

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Índice

Desarrollo………………………………pag.4-9

Conclusión……………………………..pag.10

Fuentes de consulta……………………pag.11

Preámbulo

Decidí hacer este ensayo enfocado en el artículo tercero y la ley general de la educación ya que el día de mañana seré una maestra la cual tiene que enseñar y guiar a sus alumnos con estos principios y en este ensayo destaque las partes mas importantes y las cuales todo individuo debe saber sobre sus derecho obligaciones y también comente algunas cuestiones en las cuales tenemos muchos problemas y rezagos educativos por no conocer estos temas.

Quise recapitular en este apartado todos estos datos para conocer un poco mas de estos temas y poderlos dominar para en futuro entender todos los problemas que este país.

Artículo tercero

En el artículo tercero de la constitución mexicana habla primeramente que todo individuo tiene derecho a recibir educación. Y también todos los estados, distritos federales y municipios tienen que impartir educación básica como: preescolar primaria y secundaria tanto como la media superior y que estas tienen que ser obligatorias. Esto quiere decir que todo individuo nacido bajo la constitución mexicana tiene el derecho y la obligación de obtener educación.

Y no solo tiene derecho a recibir educación si no también tiene que ser democrática esto significa: que todos los involucrados en la educación tienen derechos.

Al ser democrática la educación básica también significa que no por salir del territorio mexicano propone que la obligación del estado mexicano de dar educación básica: preescolar, primaria y secundaria; está vigente y no cesa por este simple hecho. Ya que la situación actual de México tiene un gran problema con la migración de la población por diversos factores.

Tiene que ser gratuita sin ningún individualismo.

Y tiene que contribuir a la convivencia humana, tiene que dar armonía entre los individuos y tratar de integrarlos y tener un ambiente sano y con respeto entre iguales.

También este artículo además de impartir la educación como lo comente anteriormente debe promover y atender la educación inicial y a la educación superior que aunque estas no sean obligatorias y no esté marcado como un derecho en la constitución debe tratar de dar herramientas para que esté al alcance de todo individuo y apoyara la investigación científica y tecnológica.

Y ya que la educación superior no es obligatoria tiene derecho a que sus instituciones como las universidades la ley otorga autonomía y tendrá la facultad y la responsabilidad de gobernarse así mismas.

Y así como la educación básica tiene la responsabilidad de dar una educación integral.

En este artículo también señala que los padres tienen la obligación de hacer que sus hijos acudan a las escuelas para obtener educación primaria y secundaria.

Esto propone que los padres creen conciencia para que más individuos cursen estas instituciones y acabar cada vez más con la ignorancia y el analfabetismo y evitar que esos niños tengan que trabajar en lugar de estudiar. Los Convenios internacionales, tanto el que nos ocupa como cualquier otro, son ante todo asunto de los Gobiernos. Los Gobiernos los discuten y los firman; es a ellos a quienes incumbe aplicarlos.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares.

Esto quiere decir que en estas instituciones no tendrán un reconocimiento oficial ante el estado pero deben cumplir con las mismas obligaciones con las que rige la educación que imparte el gobierno.

La educación debe ser es laica (ajena a religión), gratuita y obligatoria; contribuye a la igualdad, sin distinguir raza, sexo, religión el estado atiende los módulos según las necesidades del país.

Ley general de la educación

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo primero: Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Es de observancia general en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

La función social educativa de las universidades y demás instituciones de educación superior a que se refiere la fracción VII del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se regulará por las leyes que rigen a dichas instituciones.

Artículo segundo: Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.

La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye

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