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Asunto Civil Manual

jhoan8822 de Septiembre de 2012

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE LA DEFENSA

EJERCITO

COMANDO DE LAS RESERVAS

COMANDO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERJO DE LA DEFENSA

EJERCITO

DECLARACION DE VIGENCIA

Caracas,

Se declara en vigencia la publicación denominada Manual de Campaña "Asuntos Civiles" (MC-41-1) para uso en el Ejército.

DIOS Y FEDERACION

JOSE DEONIDO MURGA CABRICES

Gral de Bgda

Director de Operaciones del Ejército

CAPITULO I

INTRODUCCION

A. GENERALIDADES

1. INTRODUCCION

2. OBJETIVO Y PROPOSITOS

B. CONCEPTOS

1. DEFINICIONES

2. ASPECTOS LEGALES

SECCION "A"

GENERALIDADES

1. Introducción

En la concepción de Seguridad y Defensa, se encuentra implícita la necesidad de tranquilidad para el Desarrol1o Social del país y para ello es indispensable disponer de una capacidad de defensa que permita acrecentar la posibilidad de autodeterminación es perentorio preparar los campos del poder para afrontar una presión dominan¬te que ponga en peligro la permanencia o consecución de los Objetivos Nacionales; en nuestro caso especifico, el militar, con el apoyo de los demás campos para afrontar una Hipótesis de Guerra.

El Ministerio de la Defensa en su organización, contempla la V División de Asuntos Civiles, orientada esencialmente a la planifica¬ción y coordinación en lo relativo al apoyo de los Planes Operacionales de las Fuerzas y a la contribución en los Planes de Desarrollo Nacional, dictando instrucciones a las Fuerzas, en Cuenta No 33 del 17 de Mayo de 1983 para la organización de entes funcionales en su estructura para el desarrollo de estas actividades; en este sentido, los Asuntos Civiles considerándolos como las relaciones entre las Fuerzas Militares, la población civil y sus organizaciones, revisten singular importancia en tres sentidos; en primer lugar, para la contribución en el empleo operacional del Ejército; en segundo, el desarrollo normal de las actividades de las Unidades en Guarnición y en tercer lugar, la cooperación directa e indirecta en acciones para el Desarrollo Nacional.

La creación del Departamento de Asuntos Civiles de la Dirección de Operaciones del Ejército, con la Misión específica de: Estu¬diar, coordinar y planificar la participación en los planes operacionales así como la participación en los planes de Desarrollo Nacional, constituye un hecho muy importante en esta materia que se circunscribía a la enseñanza de una Doctrina foránea en la Escuela Superior del Ejército y a desarrollar acciones aisladas, específicamente de acción cívica, en las Grandes Unidades por parte de los Comandos res¬pectivos.

La importancia radica en que se establecen criterios en cuanto a estos aspectos, esencialmente en función de las realidades operacionales de las áreas de posible empleo de las Unidades Operativas del Ejército.

Este Manual contiene lineamientos generales doctrinarios sobre Asuntos Civiles en apoyo al empleo del Ejército en el contexto de las Hipótesis de Guerra de nuestro País y en el desarrollo de las actividades en tiempo de paz. Lo relacionado con los Asuntos Civi¬les en áreas ocupadas o Teatros extra nacionales, será cuestión de instrucciones especificas al más alto nivel y según Leyes y Trata dos Internacionales vigentes en esta materia. Para su estructuración, se tomó como referencia el Manual de Asuntos Civiles de nuestra Escuela Superior y del Ejército de Argentina, los cuales obede¬cen a doctrinas del Ejército de los Estados Unidos y para su adecuación a la realidad del país se tomaron en cuenta las normas esta¬blecidas en las Leyes Nacionales, Reglamentos, Doctrinas y Políticas del Ministerio de la Defensa en estos aspectos.

En los capítulos encontraremos los siguientes tópicos:

a. Generalidades y Conceptos sobre Asuntos Civiles

b. Actividades Operacionales y de Guarnición de AC

c. Organizaciones de Asuntos Civiles

d. Documentación Operacional y de Guarnición de AC

e. Bibliografía de Referencia.

2. OBJETIVOS Y PROPOSITOS

a. Objetivo General

Normalizar los procedimientos relacionados con las Actividades de Asuntos Civiles en el Ejército, estableciendo fundamentos doctrinarios, a fin de disponer de una infraestructura funcional que facilite el apoyo a los Planes Operacionales y la colaboración de la Fuerza al Desarrollo Nacional.

b. Propósitos del Manual

(1) Disponer de un marco referencial para las fases de planificación y ejecución del apoyo de los Asuntos Civiles, a los diferentes planes de Campaña del Ejército y relacionados con las hipótesis de guerra.

(2) Establecer los criterios esenciales en la colaboración del Ejército al Desarrollo Nacional, en función de los Planes Nacionales y en coordinación con los demás organismos Naciona¬les y Regionales.

(3) Orientar la planificación y ejecución de actividades de De¬fensa Civil, en cuanto al empleo del Ejército en situaciones de calamidades y desastres.

SECCION "B"

CONCEPTOS SOBRE ASUNTOS CIVILES

1. Definiciones

a. Asuntos Civiles

Todos aquellos aspectos de las actividades desarrolladas por las Fuerzas Armadas, que se refieren a las relaciones entre las fuerzas militares por una parte, las autoridades civiles y la población por otra, en tiempos de emergencia o normales dirigidas al apoyo de las Operaciones Militares; la Cooperación al desarro¬llo Nacional; al enfrentamiento de situaciones de calamidades o desastres y el cumplimiento de normas establecidas en acuerdos internacionales.

b. Defensa Civil

Conjunto de actividades basadas en Leyes, Decretos, Disposiciones y Reglamentos aplicados a través de un Ente Coordinar Nacional y que actuando en el campo de la Seguridad y Defensa Nacional, tiene por objeto prevenir, asistir y reparar los daños causa dos por desastres y calamidades naturales o provocadas por el hombre, así como entrenar la población y lograr su concientización sobre la necesidad de reemplazar al personal militar en algunas funciones de seguridad, con el fin de librar a éstos, para el cumplimiento de sus deberes específicos.

c. Cooperación al Desarrollo Nacional

Actividades de cooperación realizadas por las Fuerzas Armadas, enma1cadas dentro del concepto de Seguridad y Ja participación con la comunidad, en la solución de los problemas relaciona¬dos con su bienestar socio - económico, para colaborar con los Organismos Oficiales y Privados, encargados de la ejecución de esta labor en el ámbito Nacional.

d. Apoyo Operacional

Todas aquellas actividades de Asuntos Civiles, mediante las cuales se facilita el cumplimiento de una misión impuesta a un Comandante en su área operacional.

e. Administración Territorial Militar

Administración establecida para controlar las actividades de la población civil de una zona y para regular las relaciones ¬entre ella y la fuerza militar que la ocupa. También se define como la forma de administración, por la cual una fuerza ejerce la autoridad ejecutiva, legislativa y judicial en territorio ocupado o a pedido, en países aliados.

f. Refugiado

Personal civil que por razones de peligro, real o imaginario, ha abandonado su lugar habitual de residencia para buscar seguridad en otra parte.

g. Desplazado

Personal civil que por efecto de las operaciones militares es obligado a abandonar su residencia habitual.

h. Evacuado

Personal civil, retirado del lugar de su residencia por disposición militar, ya sea por razones de su propia seguridad o por necesidades de la operación táctica.

i. Definición de Acción Cívica

Conjunto de actividades desarrolladas con carácter temporal que realizan las Fuerzas Armadas con el aprovechamiento de sus recursos, de personal y material, en colaboración con autoridades o grupos civiles, a fin de contribuir al desarrollo económi¬co, social y cultural del país, sin detrimento de su misión específica.

2. Aspectos Legales de los Asuntos Civiles

a. Constitución Nacional

El Nacimiento Jurídico de las Fuerzas Armadas como Institución del Estado, tiene su origen en el Articulo 132 de la Cons¬titución Nacional, el cual establece “Las Fuerzas Armadas Nacionales forman una institución apolítica, obediente y no deli¬berante organizada por el Estado para asegurar la Defensa Nacional, la estabilidad de las instituciones democráticas y el res peto a la Constitución y a las Leyes, cuyo acatamiento estará siempre por encima de cualquier obligación. Las Fuerzas Armadas Nacionales estarán al servicio de la República,

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