CONFEDERACIONES
hulksuperhulk13 de Agosto de 2013
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3.9 FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES
Artículos 381, 382, 383, 384 y 385
INTRODUCCION
En este apartado hablaremos sobre las obligaciones y derechos de las FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES DE LOS TRABAJADORES como está constituido un sindicato
Son uniones de organizaciones sindicales, constituidas para el estudio, mejoramiento y defensa de los intereses comunes de los trabajadores y patronos.
• SINDICATOS: Asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
• FEDERACIÓN: Unión de Sindicatos con las finalidades de orientación y asesoría.
• CONFEDERACIÓN: Alianza establecida entre tres o más federaciones para dar cohesión al movimiento sindical, orientándolo y asesorándolo. De esta manera se integra una red extensa de sindicatos, debidamente ordenaos y comandados por un poder central que ejerce la directiva de la confederación y que se utiliza para dotar de poderío a la organización sindical.
AUTORIZACIÓN y REGISTRO
Dentro de la Ley Federal de Trabajo en el Art. 381
Se les exige su Registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el Art. 184 con la siguiente documentación:
• Copia autorizada de la asamblea constitutiva.
• Una lista con la denominación y domicilio de sus miembros.
• Copia autorizada de los estatutos.
• Copia autorizada del acta de asamblea en que se haya elegido la directiva.
La documentación será autorizada por el secretario general, el de organización y el de actas, salvo que los estatutos dispongan otra cosa.
FINALIDAD
Integrar una fuerza real convenida y solidaria entre los miembros de un sindicato perteneciente a una federación y confederación, a fin de utilizar ese poder para afiliarse o contar con el apoyo de otros organismos sindicales internacionales.
CONSTITUCIÓN
No exigen requisitos especiales al contrario de los sindicatos.
El nacimiento de las federaciones y confederaciones está determinado por el mismo principio de la libertad sindical.
Se pueden formar libremente sin necesidad de autorización previa, y de la misma manera, retirarse de ellas en cualquier tiempo, no importando que haya pacto en contrario.
ESTATUTOS
• Denominación que le distinga de los demás;
• Domicilio;
• Objeto;
• Duración. Faltando esta disposición se entenderá constituido el sindicato por tiempo Indeterminado;
• Condiciones de admisión de miembros;
• Obligaciones y derechos de los asociados;
• Motivos y procedimientos de expulsión y correcciones disciplinarias. En los casos de expulsión se observarán las normas siguientes:
a) La asamblea de trabajadores se reunirá para el solo efecto de conocer de la expulsión.
b) Cuando se trate de sindicatos integrados por secciones, el procedimiento de expulsión se llevará a cabo ante la asamblea de la sección correspondiente, pero el acuerdo de expulsión deberá someterse a decisión de los Trabajadores de cada una de las secciones que integren los sindicatos.
c) El trabajador afectado será oído en defensa, de conformidad con las disposiciones contenidas en los estatutos.
d) La asamblea conocerá de las pruebas que sirvan de base al procedimiento y de las que ofrezca el afectado.
e) Los trabajadores no podrán hacerse representar ni emitir su voto por escrito.
f) La expulsión deberá ser aprobada por mayoría de las dos terceras partes del total de los miembros del sindicato.
g) La expulsión sólo podrá decretarse por los casos expresamente consignados en los estatutos, debidamente comprobados y exactamente aplicables al
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