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CONVENIO DE SUSTITUCIÓN PATRONAL


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2017  •  Ensayos  •  711 Palabras (3 Páginas)  •  584 Visitas

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CONVENIO DE SUSTITUCIÓN PATRONAL

DECLARACIONES

1.- Declara el patrón actual, RECUPERADORA DE METALES PADILLA S.A. DE C.V. representado por su administrador general único la C. EMILIA COBIÁN GARCÍA, estar legalmente constituida de conformidad con las leyes Mexicanas, la cual manifiesta que es su voluntad celebrar el presente convenio laboral DE SUSTITUCIÓN PATRONAL respecto de la empresa propiedad de la persona física MARIO ALBERTO PADILLA COBIÁN con actividad de compraventa, comercialización y reciclaje de todo tipo de desperdicios como chatarra, fierro, plásticos, cartón y metales encontrarse legalmente establecido ante la Secretaría de Hacienda, así como ante el Instituto Mexicano del Seguro Social e INFONAVIT, misma que se encuentra establecida en la finca número 3699 en Av. 8 de Julio en la Colonia Polanquito en Guadalajara, Jalisco, y dicho convenio lo celebramos bajo las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERO.- El patrón actual y el patrón anterior por así convenir a sus intereses obrero patronales celebran el presente convenio en el cual la nueva empresa se va dedicar a la misma actividad de la sustituida.

SEGUNDA.- El patrón actual y el patrón anterior por así convenir sus intereses obrero patronales celebran el presente convenio en el cual se va utilizar la misma maquinaria y los mismos trabajadores, toda vez que la actividad es la misma y que además las relaciones obrero patronales jamás se interrumpieron, para tal efecto el patrón actual reconoce la antigüedad y obligaciones respecto de todos y cada uno de los trabajadores que al momento del presente convenio se celebra se encuentran vigentes.

TERCERO.- Toda vez que el presente convenio fue de sustitución patronal el patrón anterior le traspasa al patrón sustituto los derechos de la licencia municipal al nuevo patrón sustituto para efecto de que él se haga responsable ante la autoridad municipal gestione los subsecuentes permisos o licencias bajo su denominación en el entendido que es un patrón sustituto, en los mismos términos que el patrón sustituto asume la obligación de las prestaciones de seguridad social de los trabajadores y como consecuencia se compromete a respetarles la antigüedad que habían generado con el patrón sustituido en virtud de no existir interrupción a las relaciones laborales no finiquito hacia los trabajadores.

CUARTO.- Para todos los efectos que haya ha lugar en el presente convenio, el patrón sustituto reconoce la existencia de un contrato colectivo de trabajo celebrado con el sindicato denominado FRANCISCO SILVA ROMERO DE EMPLEADOS Y AGENTES VENDEDORES EN CENTROS COMERCIALES DE LA REPUBLICA MEXICANA representado por su Secretario general por la Lic. Flor Marcela González Bambilla y por la otra parte con el C. Mario Alberto

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