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Canon Peru


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2013  •  1.505 Palabras (7 Páginas)  •  444 Visitas

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Canon minero

Según el ordenamiento jurídico , el canon minero es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos Regionales y locales(municipales provinciales y distritales )del total de ingresos y rentas obtenidos por el estado por la explotación económica de los recursos mineros (metálicos y no metálicos).

en ese sentido, efectuada la recaudación y regulación anual del impuesto a la renta, el estado transfiere el 50% de los ingresos captados por dicho concepto a la zonas en donde se explotó el recurso minero. Este porcentaje se aplico recién desde el 2003, siendo antes del 20%.

El monto de la trasferencia es depositado en cuentas especiales del banco de la nación. Cabe señalar que los montos transferidos no revierten al estado.

El canon minero es el más importante de los seis tipos de canon existente en el Perú (minero, petrolero, gasfitero hidroenergetico, forestal y pesquero), debido al volumen de recursos que genera para las zonas donde se distribuye.

Desde junio del 2007 el canon minero generado en un año se distribuye en ia sola cuota en el año siguiente a su recaudación. Usualmente el pago se hace en junio o julio, luego de la regularización del impuesto a la renta (que genera su base de cálculo ). Antes de junio del julio del 2007 las transferencias del canon minero se hacían a lo largo de un año en doce cuotas iguales, desde julio del año siguiente al año de generación de los recursos

CANON MINERO

¿Qué es el Canon Minero?

Según el ordenamiento jurídico peruano, el Canon Minero es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y distritales) y los Gobiernos Regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos mineros (metálicos y no metálicos). Así, efectuada la recaudación del Impuesto a la Renta, el Estado por intermedio de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) transfiere un porcentaje de los ingresos captados por dicho concepto a las zonas en donde se explotó el recurso minero.

El monto de la transferencia será depositado en Cuentas Especiales, las cuales se abrirán en el Banco de la Nación. Cabe señalar que los montos transferidos no revierten al Estado.

Entre enero de 1997 y mayo del 2002, el Canon Minero estuvo constituido por el 20% del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría pagado por los titulares de la actividad minera. Sin embargo, a partir de junio del 2002 dicho porcentaje se incrementó a 50% según lo establecido la Ley de Canon (Ley N° 27506) y su Reglamento (D.S.N° 005-2002-EF)

El Canon Minero es el más importante de los seis tipos de canon existentes (minero, petrolero, gasífero, hidroenergético, forestal y pesquero), por el enorme volumen de recursos que genera para las zonas donde se distribuye.

No obstante, el Canon Minero generado en un año determinado se distribuye desde junio del año siguiente a su recaudación, hasta mayo del año subsiguiente. Es decir, la distribución se hace con 18 meses de retraso.

Como ejemplo, en el 2004 se generó S/. 1,158.5 millones por concepto de Canon Minero, los que están siendo distribuidos en 12 cuotas mensuales iguales desde junio del 2005 hasta mayo del 2006. Por tanto, el Canon que se generó en determinado ejercicio fiscal (año) jamás podrá coincidir con el canon distribuido a los beneficiarios en ese mismo año, lo que resulta constante fuente de malentendidos. A continuación se presenta un cuadro que demuestra lo anterior.

Canon Minero Generado y Distribuido

1997-2007 (Miles de Soles)

Año Canon Generado Canon Distribuido

1997 136,924 110,937

1998 52,684 169,428

1999 68,665 86,514

2000 90,288 55,361

2001 168,537 81,278

2002 369,606 116,244

2003 532,000 285,825

2004 1,158,500 451,289

2005 2,166,293 898,955

2006 4,254,379 1,746,379

2007(*) 5,156,632

Nota: Se transfino el Canon Minero Generado por el 2006 en una sola cuota en junio del 2007. La distribución usual es en 12 cuotas iguales, desde junio del siguiente año al de la generación del Canon.

Fuente: MEF

Base Legal

• Creado por la Ley General de Minería, según D.S.N° 014-92-EM y D.S.N° 1 88-95-EF.

• Modificado por la Ley de Canon, Ley N° 27506.

• Reglamentado por D.S.N° 005-2002-U.

• Ley N° 26922 - Ley Marco de Descentralización.

• Directiva N° 011-2005-EF-76.01 (Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el año fiscal 2006)

• Directiva N° 013-2005-EF-76.01 (Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el año fiscal 2006)

¿Cómo se distribuye?

Los criterios

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