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Caso: Falta cometida de policía al presentarse al servicio con retardo


Enviado por   •  16 de Febrero de 2020  •  Tareas  •  714 Palabras (3 Páginas)  •  124 Visitas

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DERECHO DE POLICIA

UNIDAD III

MEDIDAS CORRECTIVAS

PRESENTADO POR

EDINSON VLADIMIR TARAZONA SUÁREZ

PRESENTADO A

JAIRO BORJA MEDINA

POLICIA NACIONAL DE COLOMBIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE ESCUELAS

2017

ACTIVIDAD EVALUATIVA DOS

Instrucciones:

El estudiante deberá tener en cuenta las definiciones, conceptos, evolución del Derecho de Policía y las MEDIDAS CORRECTIVAS A APLICAR para desarrollar la actividad.

Respecto a las siguientes medidas correctivas deberá presentar un caso donde aplique la medida, indicando cuáles los hechos (casos imaginarios o reales), señalando qué autoridad le compete, ya sea Comandante de Estación, subestación o CAI; Cualquier uniformado de policía, alcalde municipal u otra autoridad, aclarando las razones jurídicas para imponer la medida, así:

  1. Amonestación:

Caso: Falta cometida de policía al presentarse al servicio con retardo.

Autoridad Competente: Compete a los comandantes de estación o subestación de policía.

  1. Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.

Caso: Cuando un ciudadano realiza bromas a la línea 123, utilizando inadecuadamente el sistema de número único de seguridad y emergencia. La medida correctiva inicial es multa general tipo 4 y la medida correctiva siguientes es participar en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.

Autoridad Competente:

Una patrulla de la Policía Nacional acudirá al lugar para corregir el comportamiento, elaborará un informe de policía, impondrá la medida correctiva mediante orden de comparendo solicitando su participación en un programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia hasta por seis horas y le señalará la multa por vulnerar el derecho colectivo a un ambiente sano.

  1. Disolución de reunión o actividad que involucra aglomeraciones de público no complejas.

Caso: Actividades con exceso de ruido, cualquier ciudadano que atente contra la tranquilidad de la comunidad con sus equipos de sonido a alto volumen terminar su reunión o actividad y pagar una multa tipo 3.

Autoridad Competente: Alcaldía /  Policía ambiental.

  1. Expulsión de domicilio.

Caso: Para neutralizar esta situación amenazante y poder organizar una asistencia, la policía (formalmente, el Alcalde) puede imponer una orden de expulsión del domicilio familiar. Esta orden se impone cuando alguna persona de esa familia supone un peligro para su pareja, sus hijos u otros habitantes del domicilio familiar.

Autoridad Competente: Alcalde Municipal.

  1. Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas.

Caso: Si un ciudadano tiene comportamientos contrarios a la convivencia en un escenario deportivo por ejemplo un partido de fútbol en estadios incita a confrontaciones violentas, se le prohíbe el ingreso a futuras actividades en estos sitios,  entre 6 meses y 3 años, con el fin de que el infractor se abstenga de repetir este tipo de conductas.

Autoridad Competente: Quienes aplican la medida son los Inspectores de la Policía

  1. Decomiso.

Caso: Cuando personas comercializan o distribuyen alimentos perecederos en vía pública sin cumplir con los requerimientos estipulados para tal fin.

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