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Concepto De Capacidad


Enviado por   •  23 de Febrero de 2014  •  975 Palabras (4 Páginas)  •  395 Visitas

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CONCEPTO DE CAPACIDAD. En el lenguaje común capacidad significa suficiencia, aptitud, aquel que puede llevar a cabo algo.

En Derecho la Capacidad es la medida o porción de la personalidad[1] traducida en la idoneidad para establecer relaciones jurídicas determinadas.

Esa capacidad puede ser absoluta, si permite actuar en toda clase de actos jurídicos y políticos, o relativa, cuando consciente realizar alguno de ellos y otros no.

Así se puede tener capacidad para testar, para contraer matrimonio, para trabajar, para ser elector o elegido, para disponer de los bienes, etc.

La personalidad es el todo, la capacidad parte de ese todo. Por eso un ser humano o un ente tiene o no personalidad, no existen grados, como en la capacidad, ej., capacidad plena (21 años), capacidad relativa (18 años), capacidad parcial, etc.

Clasificacion

La escuela clásica distingue:

1) CAPACIDAD DE GOCE. La Capacidad De Goce es la idoneidad que tiene una persona para adquirir derechos. Cuando una persona nace viva la ley le reconoce derechos, desde que nace goza de esos derechos, por ejemplo se beneficia del derecho al nombre, a tener bienes de su propiedad, etc.

2) CAPACIDAD DE EJERCICIO. La Capacidad De Disfrute o Ejercicio es la idoneidad de una persona para ejercitar personalmente esos derechos. Casi todas las personas tienen capacidad de goce de derechos pero no todas pueden ejercitarlas personalmente. Por ejemplo una persona propietaria de un inmueble pero menor a 21 años tiene Capacidad De Goce pero aun le falta la Capacidad De Ejercicio. Es decir aun no puede vender personalmente su bien inmueble.

INCAPACIDAD

La Incapacidad es el defecto o falta total de la idoneidad para ser titular de derechos, contraer obligaciones y adquirir deberes o para ejercerlos. La incapacidad es la inexistencia de la idoneidad de la persona para tener derechos, deberes y voluntad para relacionarse con terceros y quedar obligado con terceros.

CLASIFICACIÓN DE LA INCAPACIDAD

INCAPACIDAD JURÍDICA O DE DERECHO. Falta de idoneidad de una persona para ser titular de derechos, contraer obligaciones y adquirir deberes.

No existe persona con Incapacidad Jurídica O De Derecho. La ausencia no puede extenderse a su totalidad, por haber desaparecido de las legislaciones la muerte civil. Por incapaz que se suponga a un individuo, cuenta con la derechos: el recién nacido los tiene a los alimentos de sus progenitores y al cuidado de éstos; incluso el condenado a muerte tiene el de ser ejecutado conforme a la ley, y el de no ser antes maltratado inútilmente.

INCAPACIDAD DE OBRAR. Falta de idoneidad de una persona ejercitar los derechos que tiene. Conocida también como incapacidad de ejercicio, incapacidad de hecho y se contrapone a la incapacidad jurídica. La incapacidad de obrar puede referirse a la totalidad de los derechos y a determinada clase de ellos; en el primer caso se habla de incapacidad absoluta, y en el segundo, de incapacidad relativa.

INCAPACIDAD TOTAL

Es la falta total de capacidad, de aptitud para ejercer derechos y contraer obligaciones. Se daba en la antigüedad con la esclavitud y en la edad media con la muerte civil.

Configuraba este estado con la “capitis deminutio” (pérdida de la libertad y de la ciudadanía) en la Roma antigua y con la muerte

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