Constitucionalismo
guiselluna8 de Febrero de 2015
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En éste trabajo, realizaremos una labor comparativa de las siguientes constituciones españolas: Constitución de 1808, Constitución de 1931 y, finalmente, Constitución de 1978.
Antes de comenzar dicha actividad comparativa, considero oportuno efectuar una breve contextualización histórica cronológica de cada una de ellas.
La primera constitución española fue la Constitución de 1808 o también conocida como “Acta de Bayona”, aprobada en una ciudad francesa con el mismo nombre el 8 de julio de 1808 y jurada por José I de España (hermano de Napoleón Bonaparte). Dicha constitución tuvo como objetivo principal modernizar las estructuras de España, trasladando a éste país modelos vigentes en Francia. Además, conviene resaltar que, a pesar de sus influencias, potenciaba a la burguesía y disminuía el absolutismo, motivo por el cual se vislumbraba una ideología liberal. Finalmente, los levantamientos del dos de mayo y la posterior Guerra de la Independencia Española, impidieron que dicha constitución llegase a entrar en vigor. Un último dato es que, en realidad, no se considera una Constitución sino una carta otorgada, puesto que no fue elaborada por los representantes de la Nación.
La siguiente constitución que analizaremos, es la Constitución de 1931. El 14 de abril de 1931 se proclamó la Segunda República española y se formó un Gobierno Provisional, presidido por Alcalá Zamora conpersonalidades de los partidos firmantes del Pacto de San Sebastián. Las Cortes Constituyentes elaboraron en diciembre una nueva Constitución: la Constitución de 1931, la cual Definía a España como " una república democrática de trabajadores de todas clases que se organiza en régimen de libertad y justicia" y como un Estado único, pero con autonomía de las regiones. Además, el Estado se declaraba laico, separándose así Estado e Iglesia.
En mayo de 1936 Alcalá Zamora fue sustituido por Azaña como presidente de la república y Casares Quiroga fue nombrado presidente del gobierno. La vida política se radicalizó; los militares de la Falange Española realizaron diversos actos violentos para desestabilizar la situación. Las circunstancias tornaron insostenibles tras el asesinato de Calvo Sotelo por un ajuste de cuentas y en Melilla, el 17 de julio de 1936, hubo un alzamiento militar que dio lugar a la Guerra Civil y, como consecuencia, al final de la Constitución de 1931.
Para finalizar ésta labor de contextualización, examinaremos el entorno que dio aparición a la constitución vigente hoy en día en el Estado español, la constitución de 1978.
En noviembre de 1975, se anunció la muerte de Francisco Franco, jefe del Estado Español y dos días más tarde el Rey Juan Carlos juraba su cargo ante las Cortes.
En julio de 1976, se designó legalmente un gobierno bajo la presidencia de Adolfo Suárez González y meses más tarde envió a las Cortes unProyecto de Ley sobre la Reforma Política, que ponía en manos de los representantes del pueblo la potestad legislativa y reconocía los derechos humanos fundamentales.
Ya en junio de 1977, se eligieron los miembros de las Cortes democráticas y su principal tarea fue la redacción de un texto constitucional. Cuando fue aprobado, pasó para su discusión al Senado, donde primero se lo trato en la Comisión Constitucional y luego por todo el cuerpo en su conjunto. El texto definitivo fue reelaborado por una comisión mixta, que finalmente logró la aprobación de ambas cámaras. Finalmente, día 6 de diciembre de 1978 la gran mayoría de los votos dio el sí definitivo por referéndum al texto constitucional que a día de hoy sigue vigente.
Una vez realizada ésta introducción dónde contextualizamos las constituciones a estudiar, comenzaremos con la comparación entre ellas. Los elementos a comparar serán los siguientes: Ideología, soberanía, división de poderes, relación entre poderes, formación de las Cortes, sufragio, Derechos y, por último, su carácter confesional.
• IDEOLOGÍA.
Para comenzar nuestro análisis, estudiaremos la ideología de cada una de ellas.
Por una parte, la primera Constitución Española era de carácter liberal ya que, como dijimos anteriormente, otorgaba más poder a la burguesía y disminuía el absolutismo.
Porotra parte, la Constitución Española de 1931 se consideró Progresista, ya que eran partidarios del progreso y del cambio social; Democrática, debido a que la titularidad del poder se depositaba en el pueblo; Republicana ya que no existía la figura del rey y, por último, Unitaria porque se extiende su poder a lo largo de todo el territorio.
Por último, el carácter ideológico presente en la Constitución de 1978 es Consensuada ya que nació del acuerdo de todos los grupos políticos de la Asamblea constituyente; Monárquica debido a que existe la figura del Rey; Parlamentaria porque las normas y decisiones emanadas del parlamento regulan no sólo el funcionamiento del Estado sino también la actuación y funciones del propio rey; Progresista y, finalmente, Autonómica ya que considera que la autonomía política no atenta contra la unidad del Estado. De éste modo, en el Estado de las Autonomías hay descentralización administrativa y también ejecutiva, por lo tanto, las comunidades autónomas tienen derecho a gobernarse a sí mismas.
• SOBERANÍA.
Entendemos como soberanía aquella facultad que posee cada estado de ejercer el poder sobre su sistema de gobierno, su territorio y su población.
Teniendo esto en cuenta, diremos que la Constitución de Bayona tenía una soberanía Nacional, es decir, la nación tenía el derecho exclusivo para ejercer, mediante sus representantes, la completa autoridad sobre su territorio y laspersonas que lo habitan.
Por otro lado, tanto la Constitución de 1931 como la constitución vigente en el Estado español hoy en día, eran de soberanía Popular, es decir, hace residir la soberanía en el pueblo, formado por la totalidad del cuerpo social.
• DIVISION DE PODERES.
La separación o división de poderes es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto.
Los tres poderes primordiales del Estado son: poder Ejecutivo, que consiste en dictar y hacer cumplir las leyes; poder Legislativo, que consiste en la aprobación de normas con rango de ley y, para finalizar, el poder Judicial, el cual es el encargado de administrar la justicia en la sociedad.
Por una parte, en La Constitución de 1808, presentaba un poder Legislativo, por iniciativa real; poder Ejecutivo, que corresponde al Rey y sus ministros y, por último, el poder Judicial, que es independiente, pero el rey nombra a los jueces. Pese a establecerse un conjunto de instituciones, no puede hablarse de división de poderes ya que las atribuciones del monarca eran muy amplias.
Por otro lado, la Constitución de 1931, presentaba división de poderes: Poder Ejecutivo, que cae en el gobierno; poder Legislativo, que recae en el pueblo por medio de las Cortes y poder Judicial, el jurado y los jueces.
Por último, la Constitución de 1978, también presenta división depoderes: el poder Legislativo que recae en las Cortes, el poder Ejecutivo que recae en el Gobierno y, por último, el poder Judicial que, a diferencia de la Constitución de 1931, recae en los Tribunales.
• RELACION ENTRE PODERES.
Cuando nos referimos a la “relación entre poderes”, aludimos al vínculo que se crea entre los poderes anteriormente mencionados.
En el Acta de Bayona, no podemos hablar de las relaciones entre poderes ya que, como se indicó anteriormente, todo el poder se centra en el monarca. De éste modo, decimos que existe una “Unidad de poder”.
Por lo contrario, tanto en la Constitución de 1931 como en la Constitución hoy vigente, podemos hablar de “Colaboración entre poderes”, ya que, de manera excepcional y accesoria, los diversos órganos gubernamentales pueden participar en las actividades pertenecientes a otra función ajena a la suya.
• FORMACIÓN DE LAS CORTES.
En la Constitución de 1808, las Cortes se estructuraba en 3 estamentos: Alto clero, Nobleza y Pueblo.
Por otra parte, en la Constitución de 1931, la Corte era Unicameral al componerse de una única cámara: el Congreso de Diputados (4 años).
Por último, en la Constitución de 1978, la Corte es bicameral, al estar integrada por dos cámaras: el Senado, considerado la Cámara alta (4 años) y el Congreso de Diputados, conocido como la Cámara baja (4 años).
• SUFRAGIO.
Cuando hablamos de “sufragio”, nos referimos al derecho político yconstitucional a votar los cargos públicos.
Dicho esto, en la Constitución de 1808, había un sufragio Censitario, por lo tanto, votaban solo hombres que cumpliesen una serie de requisitos de nivel de instrucción, de renta y de clase social
Por lo contrario, tanto en la Constitución de 1931 como en la Constitución de 1978, hay un sufragio Universal, el cual consiste en el derecho a voto de toda la población adulta de un Estado, independientemente de su raza, sexo, creencias o condición social.
• DERECHOS.
Por una parte, en la Constitución de Bayona, los derechos estaban influenciados por la Revolución francesa: se regulaban derechos de los inicios del liberalismo burgués,
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